Extracto de resolución exenta número 1.416, de 2024.- Aplica multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.064 Sábado 1 de Febrero de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2599030 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN 1. - Res. Ex.
Nº 1.416/2024 de 12/11/2024 se resolvió la causa Rol 2415488;Vistos: Las facultades como Director Regional del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la resolución exenta RA Nº 240/2037/2023, del SAG; ley Nº 18.755 /1989 Orgánica del SAG y sus posteriores modificaciones; el DFL Nº 1/2000 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880 /2003 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; ADC Nº 150003150 de fecha 20/07/2024 y; la resolución Nº 7/2.019 de la C.G.R. ; Considerando: ADC Nº 150003150 de fecha 20/07/2024, en contra de doña Viviana Nina Mejía, con domicilio desconocido, por haber incurrido en el siguiente hecho: Mediante una fiscalización en la ruta 11-CH a la altura del Km. 50 del Valle de Lluta al vehículo PPU SZKK-92, se procede a interceptar productos agropecuarios con ingreso clandestino, los cuales presentan rotulación de origen boliviano, además, no presenta documentación de respaldo.
Los productos son: 560 kilos de papas; 50 kilos de ñame; 30 kilos de lima; 30 kilos de mandarinas; 10 kilos de miel de abeja; 60 kilos de plátanos; 5 kilos de queso fresco; 30 kilos de hoja de coca; 50 kilos de maní crudo; 30 kilos de maíz; 10 kilos de carne cruda; 10 kilos de locotos; 50 kilos de arroz sin procesar”. ; Res. Ex.
Nº 909, de 22/07/2024, de esta Dirección Regional, que, en el Orden Sanitario, Ordena la Destrucción de los Productos que se indican, considerando que se encontró la presencia de la plaga Ceratitis capitata (W. ).; Acta de Destrucción de 29/07/2024. ; Certificado de no comparecencia de la denunciada. ; Que, conforme a los antecedentes reunidos y a la ponderación antes señalada, se considera que la denunciada ha infringido el decreto ley 3.557/1.981, del Ministerio de Agricultura, que Establece Disposiciones Sobre Protección Agrícola y sus posteriores modificaciones; la resolución exenta Nº 3.815/2004, que Establece Normas para la Importación de Artículos Reglamentados o Mercaderías Peligrosas Para los Vegetales; el decreto exento Nº 510/2016 del Ministerio de Agricultura, que Habilita Puertos para la Importación de Mercancías Sujetas a Revisión del Servicio Agrícola y Ganadero, y Deroga decreto Nº 156 exento, de 1998; el DFL RRA Nº 16 de 1963, Sobre Protección y Sanidad animal; la Res. Ex.
Nº 2.224 de 12/04/2021 de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que modifica la resolución exenta Nº 3.138 de 28/10/1.999, que Establece Requisito de Habilitación Para Establecimientos de Producción Pecuaria que Deseen Exportar Animales o sus Productos a Chile; la Res. Ex.
Nº 850 de 4/02/2019, que Fija Exigencias Sanitarias para la Internación a Chile de Miel de Abeja y Deroga resolución Nº 2.531/1994; resolución exenta Nº 1.194/2.001, de la Dirección Nacional de SAG, Que Fija Exigencias Sanitarias para la Internación de Leche y Productos Lácteos; la resolución exenta Nº 2.381 de 11/08/1997 de la Dirección Nacional de Servicio Agrícola y Ganadero, que fija Exigencias Sanitarias para la Internación de Carnes de Llama Enfriadas o Congeladas; por lo que se procederá a aplicar sanción. Resuelvo: 1. - Aplíquese a doña Viviana Nina Mejía una multa de 175 UTM, vigentes a la fecha de pago; 2. - Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 3. El infractor podrá pedir al Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su notificación. Firma: Álvaro Alegría Matus, Director SAG, Región de Arica y Parinacota. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2599030 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl