Extracto de resolución exenta número 1.087, de 2024.- Aplica multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.064 Sábado 1 de Febrero de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2599063 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN Res. Ex.
Nº 1.087/2024, de 27/08/2024, se resolvió la causa Rol 2415376; Vistos: Las facultades como Director Regional del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la resolución exenta RA Nº 240/2037/2023, del SAG; ley Nº 18.755 /1989 Orgánica del SAG y sus posteriores modificaciones; el DFL Nº 1/2000 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880 /2003 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Parte Policial Nº 27 de 01/06/2024, de Carabineros de Chile, 4ªComisaría Chacalluta (F), Retén Chucuyo (F), yla resolución Nº 7/2019 de la C.G.R. ; Considerando: Parte Policial Nº 27 de 01/06/2024, de Carabineros de Chile, 4ªComisaría Chacalluta (F), Retén Chucuyo (F), cursada a don Vladimir García Jurado, con domicilio desconocido, en relación a: "Control vehicular, en la Ruta Internacional 11-CH, en km. 159, donde se procede a fiscalizar a un vehículo tipo camioneta marca Hyundai, modelo Porter, color azul, PPU JBGL-70, y al realizar la inspección al habitáculo del móvil, se encuentran sacos de nylon que contenían frutas y verduras, ingresadas de forma ilegal por un paso no habilitadodesde Perú.
Los productos son: 15 Kg. de plátano, 2 kg. de ají, 4 kg. de locoto, 15 kg. de mandarina, 5 kg. de maní crudo sin procesar, 30 kg. de papa oca, 1 kg. de quirquiña (condimento), 2 kg. de trigo, 2 kg. de ají color, 3 kg. de harina (pito), 10 kg. de camote y 25 kg. de longaniza”. Res. Ex. Nº 651 de 10/06/2024, de esta Dirección Regional, que, en el Orden Sanitario, ordena la Destrucción de los Productos que se indica. Acta Destrucción de 11/06/2024. Certificado de no comparecencia del denunciado.
Que, conforme a los antecedentes reunidos y a la ponderación antes señalada, se considera que el denunciado ha infringido el decreto ley 3.557 de 1981 que establece Disposiciones sobre Protección Agrícola; la resolución exenta Nº 3.815 de 2004, que establece normas para la importación de artículos reglamentados o mercaderías peligrosas para los vegetales y el decreto exento Nº 510/2016 del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la Importación de Mercancías sujetas a Revisión del Servicio Agrícola y Ganadero, y deroga decreto Nº 156 exento, de 1998; resolución exenta Nº 3.397, de 13/11/1997, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que fija exigencias sanitarias para la internación de Carnes de Cerdo Enfriadas o Congeladas; resolución exenta Nº 2.224, de 12/04/2021, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que modifica la resolución exentaNº 3.138, de 28/10/1999, que establece Requisito de Habilitación para Establecimientos de Producción Pecuaria que deseen Exportar Animales o sus Productos a Chile; y el DFL RRA Nº 16/1963, sobre Protección y Sanidad Animal; por lo que se procederá a aplicar sanción.
Resuelvo: 1. - Aplíquese a don Vladimir García Jurado una multa de 200 UTM, vigentes a la fecha de pago; 2. - Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 3. - El infractor podrá pedir al Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su notificación. Firma: Álvaro Alegría Matus, Director SAG, Región de Arica y Parinacota. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2599063 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl