Extracto de resolución exenta número 1.359, de 2024.- Aplica multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.064 Sábado 1 de Febrero de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2599035 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN Res. Ex.
Nº 1.359/2024 de 28/10/2024, se resolvió la causa rol 2415592; Vistos: Las facultades como Director Regional del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la resolución exenta RA Nº 240/2037/2023, del SAG; Ley Nº 18.755 /1989 Orgánica del SAG y sus posteriores modificaciones; el DFL Nº 1/2000 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880 /2003 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; ADC Nº 15001452 de 29/08/2024 y; la resolución Nº 7/2.019 de la C.G.R. ; Considerando: ADC Nº 15001452 de 29/08/2024, cursada a doña Rocío Belén Ramírez Delgado, con domicilio desconocido, por haberse comprobado la siguiente infracción: “En fiscalización en el puesto Nº 1, de la Feria Itinerante Nueva Esperanza, se encuentran productos agrícolas de ingreso clandestino, específicamente paltas variedad fuerte peruana. La denunciada entrega información acerca del lugar de compra y entrega, sin inconvenientes, los productos que fueron interceptados, los cuales tampoco presentan documentación tributaria.
Los productos son: 14,500 kg de palta fuerte peruana”. ; Certificado de no comparecencia de la denunciada. ; Que, conforme a los antecedentes reunidos y a la ponderación antes señalada, se considera que la denunciada ha infringido lo dispuesto en el decreto ley 3.557/1.981 que Establece Disposiciones Sobre Protección Agrícola; resolución exenta Nº 3.815/2004, que establece normas para la importación de artículos reglamentados o mercaderías peligrosas para los vegetales; el decreto exento Nº 510/2016 del Ministerio de Agricultura, que Habilita Puertos Para la Importación de Mercancías Sujetas a Revisión del Servicio Agrícola y Ganadero, y deroga decreto Nº 156 exento, de 1998; por lo que se procederá a aplicar sanción.
Resuelvo: 1. - Aplíquese a doña Rocío Belén Ramírez Delgado una multa de 37,50 UTM, vigentes a la fecha de pago; 2. - Procédase a la destrucción de los productos: 14,500 kg de palta fuerte peruana, para su posterior destrucción. ; 3. - Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 4. El infractor podrá pedir al Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su notificación. Firma: Álvaro Alegría Matus, Director SAGRegión de Arica y Parinacota. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2599035 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl