Resolución exenta número 206, de 2026.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en tramo de la vía que indica, de la comuna de Copiapó
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.455 Viernes 22 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2811022 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE LA VÍA QUE INDICA, DE LA COMUNA DE COPIAPÓ, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 206 exenta. - Copiapó, 4 de mayo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 ; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la solicitud de prohibición de circulación de vehículos de fecha 29 de abril 2026, y antecedentes presentados por don Álvaro Sepúlveda Lamas en representación de la empresa Lavel Ingeniería SpA; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud ingresado a esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, con fecha 29 de abril de 2026, don Álvaro Sepúlveda Lamas, en representación de la empresa Lavel Ingeniería SpA, RUT 76.160.478-3, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de la obra “Conservación y Reposición de Vías yEntorno, 2024, Calle Diego de Almagro, Etapa 2, Copiapó”, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en todo horario, en tramos y vías de la comuna de Copiapó, que se indican en la tabla del resuelvo Nº 1.2.
Queel solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: a) Resolución exenta Nº 1.859 de fecha 4 de junio de 2025, que Acepta oferta, adjudica y contrata Ip 01/2025, conservación y reposición de vías y entorno, 2024, calle Diego de Almagro, Copiapó, Etapa 2. b) Plan de Desvío y Señalización para Etapa 1, Proyecto “Restitución de Colectores Avda. Diego de Almagro Comuna de Copiapó”. 3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. 4.
Que, el DFL Nº 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, respectivamente, que: “Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.”. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2811022 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.455 Viernes 22 de Mayo de 2026 Página 2 de 2 “El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.”. 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en calzada completa, en todo horario, hasta fechas de término según cuadro adjunto, en las siguientes vías de la comuna de Copiapó: TRAMO Nº Calle/avda. /Ruta a suspender Desde Hasta Término (calle/avda. / Km) (calle/avda. / Km) (dd-mm-aa) Avda. Diego de Almagro calzada 1 Calle Leonidas Pérez Pasaje Villa El Sol 31-05-2026 norponiente Avda. Diego de Almagro calzada 2 Pasaje Villa El Sol Av. Los Carrera 31-05-2026 suroriente 2. En los tramos señalados, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicados en dichos tramos. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vías de circulación las señaladas en el resuelvo Nº 1, deberán adoptar las medidas alternativas presentes para el tránsito por el sector, mientras que los servicios de transporte público de pasajeros no se verán afectados con la medida. 4.
El responsable a cargo de las obrasdeberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en los tramos indicados en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía”, Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ( www.conaset.cl ), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Javier Ignacio Díaz Toro, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2811022 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl