Resolución exenta número 247, de 2026.- Prorroga resolución N° 640 exenta, de 2025, que prohíbe circulación de vehículos motorizados en tramos y vías que indica, de la comuna de Caldera
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.460 Jueves 28 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2815163 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PRORROGA RESOLUCIÓN N 640 EXENTA, DE 2 DE DICIEMBRE DE 2025, QUE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMOS Y VÍAS QUE INDICA, DE LA COMUNA DE CALDERA, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 247 exenta. - Copiapó, 18 de mayo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 ; en los artículos 107 y 113 del DFLNº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N 39, de 1992, y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que delegan facultades; en las resoluciones exentas N 640, de 2 de diciembre de 2025, y N 161, de 15 de abril de 2026, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama, que prohíben circulación de vehículos motorizados según detallan; en Formulario de Prohibición de Circulación Vehicular, de fecha 12 de mayo de 2026, y antecedentes presentados por don Carlos Lemus Ruz; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, mediante resolución exenta N 640, de 2 de diciembre de 2025, modificada por resolución exenta N 161, de 15 de abril de 2026, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial, se prohibió la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en media calzada y sentido bidireccional, hasta las fechas señaladas, en todo horario, entre otros, en los tramos de las vías de la comuna de Caldera, que se indican en la siguiente tabla: PERÍODO DE TRAMO CALZADA INTERVENCIÓN Calle/avda. / Desde Ruta a Comuna Hasta Inicio Término (calle/avda. / suspender (calle/avda. / Media Completa (dd-mm-aa) (dd-mm-aa) Km) Km) RUTA 5 CALDERA 888,700 931,717 27/11/2025 27/05/2026 X C-10 CALDERA 0,000 55,900 27/11/2025 27/05/2026 X C-302 CALDERA 0,000 33,912 27/11/2025 27/05/2026 X C-354 CALDERA 0,000 4,809 27/11/2025 27/05/2026 X C-358 CALDERA 10,980 31,84 27/11/2025 27/05/2026 X C-327 CALDERA 39,510 47,579 27/11/2025 27/05/2026 X C-351 CALDERA 0,000 25,950 27/11/2025 27/05/2026 X 2. Que, mediante Formulario de solicitud de Prohibición de Circulación Vehicular, de fecha 12 de mayo de 2026, don Carlos Lemus Ruz, en representación de la empresa “Constructora de Pavimentos Asfálticos Bitumix S.A. ”,RUT84.060.600-7, solicitó a esta Secretaría Regionalla Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815163 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.460 Jueves 28 de Mayo de 2026 Página 2 de 2 extensión del plazo de prohibición de circulación de vehículos motorizados en los tramos N 1hasta el tramo N 7, de la tabla del resuelvo N 1, de la mencionada resolución exenta N 640, extendiéndolo desde el día 28 de mayo de 2026hasta el día 28 de diciembre de 2026, argumentando que el contrato que posee con la Dirección de Vialidadtiene como fecha de término el día 1 de mayo de 2027, lo cual consta en la resolución N 7, de 10 de mayo de 2023, de la Dirección de Vialidad de la Región de Atacama. 3. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular. 4.
Que, en consecuencia, se mantiene la causa justificada en los términos del artículo 113del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prorrógase la prohibición de circulación de vehículos motorizados en los términos indicados en la resolución exenta N 640, de fecha 2 de diciembre de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama, hasta el día 27 de mayo de 2026, conforme al detalle indicado en la tabla del resuelvo N 2de la presente resolución exenta. 2.
Modifícase el resuelvo 1 de la citada resolución exenta N 640, modificada por resolución exenta N 161, de 15 de abril de 2026, en el sentido de sustituir en la tabla las filas N 1 hasta la fila N 7, por las siguientes: PERÍODO DE TRAMO CALZADA Calle/avda. / INTERVENCIÓN N Ruta a Comuna Desde Hasta Inicio Término (calle/avda. / (calle/avda. / Media Completa suspender (dd-mm-aa) (dd-mm-aa) Km) Km) 1 RUTA 5 CALDERA 888,700 931,717 27/05/2026 X 2 C-10 CALDERA 0,000 55,900 27/05/2026 X 3 C-302 CALDERA 0,000 33,912 27/05/2026 X Desde la fecha 4 C-354 CALDERA 0,000 4,809 27/05/2026 X de publicación en Diario 5 C358 CALDERA 10,980 31,84 27/05/2026 X Oficial 6 C327 CALDERA 39,510 47,579 27/05/2026 X 7 C-351 CALDERA 0,000 25,950 27/05/2026 X 3. En lo no modificadorige plenamente la resolución exenta N 640, de 2 de diciembre de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Javier Ignacio Díaz Toro, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Atacama. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815163 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl