Decreto exento número 5, de 2025.- Modifica decreto Nº 18 exento de 2023 y deroga resolución Nº 527 exenta de 2010, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.083 Lunes 24 de Febrero de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2612464 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría de las Culturas y las Artes MODIFICA DECRETO EXENTO Nº 18 DE 2023, DEL MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Y DEROGA RESOLUCIÓN EXENTA Nº 527, DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES Núm. 5 exento. - Valparaíso, 29 de enero de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el artículo 8º de la ley Nº 18.985, que aprueba el texto de la Ley de Donaciones con Fines Culturales; en el decreto Nº 71 de 2014, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la ejecución de lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 18.985 ; en la resolución exenta Nº 527 de 2010, del entonces Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; y en la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1.
Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 18.985, que aprueba el texto de la Ley de Donaciones con Fines Culturales, los proyectos beneficiados por dicho cuerpo legal, para ser susceptibles de recibir donaciones privadas sujetas a la franquicia tributaria establecida en dicha normativa, deben ser aprobados por el Comité Calificador de Donaciones Privadas, en armonía con lo establecido en el artículo 20º del decreto Nº 71 de 2014, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento del mencionado cuerpo legal. 2.
Que, de conformidad al artículo 3º, numeral 14 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, es función de esta Secretaría de Estado promover la inversión y donación privada en el ámbito de las culturas, las artes y el patrimonio. 3.
Que, de conformidad al mérito de lo expuesto, corresponde al/a la Ministra/o de las Culturas, las Artes y el Patrimonio llevar a efecto los acuerdos adoptados por el Comité Calificador de Donaciones Privadas, dictando el correspondiente acto administrativo. 4.
Que, mediante la resolución exenta Nº 527 de 2010, del entonces Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, la Ministra Presidenta de éste delegó en el Secretario Ejecutivo del Comité Calificador de Donaciones Privadas la facultad de llevar a efecto los acuerdos del indicado Comité. 5.
Que, mediante el decreto exento Nº 18 de 2023, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, la Ministra delegó en el Secretario Ejecutivo del Comité Calificador de Donaciones Privadas las facultades que en dicho acto administrativo se señalan. 6.
Que, la ampliación de las facultades del/de la Ministra/o de las Culturas, las Artes y el Patrimonio delegadas en el/la Secretario/a Ejecutivo/a del Comité Calificador de Donaciones Privadas hará más expedito y fluido el funcionamiento de dicha unidad, así como el ejercicio de las atribuciones del Ministerio relativas a la Ley de Donaciones con Fines Culturales. 7. Que, resulta conveniente consolidar en un solo acto administrativo la delegación de facultades del/de la Ministra/o de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en el/la Secretario/a Ejecutivo/a del Comité Calificador de Donaciones Privadas. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2612464 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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