Columnas de Opinión: Regularidad migratoria
Columnas de Opinión: Regularidad migratoria Durante 2024, de cada 100 estudiantes en la región de Tarapacá, casi 12 (11,7% ) contaron con un Identificador Provisorio Escolar (IPE), según datos de la Subsecretaría de Educación. Aunque el IPE permite la inscripción de niños, niñas y adolescentes (NNA) extranjeros sin RUN en el sistema educativo, no implica regularidad migratoria. La cifra refleja una urgencia: avanzar hacia políticas migratorias con enfoque de derechos de niñez y adolescencia. Las causas que perpetúan la irregularidad migratoria en NNA son múltiples. Primero, las barreras documentales para obtener residencia temporal. Aunque el Servicio Nacional de Migraciones habilito en 2022 la residencia para NNA, esta exige documentos de difícil acceso, comoactas de nacimiento legalizadas y apostilladas, cédulas de identidad o pasaportes, entre otros. Segundo, el contexto de movilidad humana forzada que caracteriza a la región. Un número significativo de NNA migrantes llega en condiciones de alta precariedad y exclusión (UNICEF, 2023). recurriendo a rutas irregulares para cruzar fronteras. En el trayecto, no es raro que pierdan los documentos exigidos, o les sea imposible obtenerlos. En crisis humanitarias, especialmente para ciertas nacionalidades, estos requisitos se toman inalcanzables. Tercero, el déficit de información y orientación jurídica.
Aunque existen esfuerzos de organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil, persisten brechas significativas que impiden a las familias migrantes conocer y acceder a los procedimientos de regularización A ello se suma el preocupante aumento de reconducciones de NNA en frontera. Mientras que en 2024 se registraron 3 casos, entre eneroy junio de 2025 la cifra ascendió a 128, según datos de PDL. La reconducción, regulada en el artículo 131 de la Ley de Migraciones, ordena el reembarque inmediato de personas extranjeras sorprendidas intentando ingresar eludiendo el control migratorio. Sin embargo, la propia ley prohíbe aplicar sanciones migratorias a NNA, lo que vuelve estas prácticas contrarias tanto a la normativa nacional como a los estándares internacionales de derechos humanos. Incorporar el interés superior del niñola y adoptar un enfoque de derechos humanos es una obligación jurídica internacional para Chile.
Esta obliga a una transformación de la política migratoria que flexibilice los requisitos documentales exigidos a NNA para acceder a la residencia e impida que se les impongan medidas sancionatorias contrarias a la protección integral, como las reconducciones. Además, es una deuda ética inaplazable con quienes, desde su llegada, enfrentan barreras que perpetúan su exclusión. Las causas que perpetúan la irregularidad migratoria en NNA son múltiples". Dra. Juliana Diaz Pantoja, académica Escuela de Derecho Iquique Universidad de Tarapacá. OPINIÓN Las causas que perpetúan la irregularidad migratoria en NNA son múltiples". Dra. Juliana Diaz Pantoja, académica Escuela de Derecho Iquique Universidad de Tarapacá