Resolución exenta número 438, de 2026.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en vías que indica, en la comuna de Rancagua
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.453 Martes 19 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2809781 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región del Libertador General Bernardo OHiggins PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS QUE INDICA, EN LA COMUNA DE RANCAGUA (Resolución) Núm. 438 exenta. - Rancagua, 30 de abril de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 18.059 ; los artículos 107 y 113 del DFL N 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones N 39, de 1992 y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; correo electrónico de fecha 15 de abril de 2026 ingresado a esta Secretaría Regional Ministerial; correos electrónicos de fecha 17 de abril de 2026 emitidos por la División de Transporte Público de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Dirección de Tránsito y Transporte Público de la I.
Municipalidad de Rancagua y la Unidad Operativa de Control de Tránsito de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa aplicable. Considerando: 1. Que, mediante solicitud de fecha 15 de abril de 2026, presentada por la Sra.
Rossana Rosinelli Contreras, en representación de la empresa Metrogas S.A., Rut 96.722.460-K, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, con motivo de la ejecución de los trabajos de empalme a red de gas natural, autorización para la suspensión de tránsito, a efectuarse desde el 4 de mayo de 2026 hasta el 2 de julio de 2026, en horario de 09:00 hrs. a 17:30 hrs., en las siguientes vías de la comuna de Rancagua: F ECHA HORA VÍA/EJE DESDE HASTA CALZADA INICIO FIN INICIO FIN Av. Calle Calle La Media 04/05/2026 02/07/2026 09:00 17:30 Bombero Fortuna calzada Manantiales Villalobos 2.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando anterior. 3.
Que, el DFL N 1 de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente. " "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2809781 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.453 Martes 19 de Mayo de 2026 Página 2 de 2 Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda". 4.
Que, la División de Transporte Público de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, mediante correo electrónico, de fecha 17 de abril de 2026, señalado en Visto, indicó que no existen inconvenientes con el corte de tránsito. 5. Que, la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Rancagua, mediante correo electrónico, de fecha 17 de abril de 2026, señalado en Visto, indicó que no existen inconvenientes con el corte de tránsito. 6.
Que, la Unidad Operativa de Control de Tránsito de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, mediante correo electrónico, de fecha 17 de abril de 2026, señalado en Visto, indicó que no existen inconvenientes con el corte de tránsito. 7.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFLN 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, con motivo de la ejecución de los trabajos de empalme a red de gas natural, a efectuarse desde el 4 de mayo de 2026 hasta el 2 de julio de 2026, en horario de 09:00 hrs. a 17:30 hrs., en las siguientes vías de la comuna de Rancagua: FECHA HORA VÍA/EJE DESDE HASTA CALZADA INICIO FIN INICIO FIN Av. Calle Calle La Media 04/05/2026 02/07/2026 09:00 17:30 Bombero Fortuna calzada Manantiales Villalobos 2. En los tramos señalados, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dichos tramos. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación la señalada en el Resuelvo N 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de transporte público no serán afectados por la medida. 4.
Que, la empresa Metrogas S.A., será responsable de las coordinaciones necesarias de manera de asegurar el cumplimiento de las siguientes disposiciones: a) Se deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en los tramos indicados en la presente resolución y se señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad con lo dispuesto en el DFLN 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Julio Gutiérrez Sepúlveda, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Libertador General Bernardo O´Higgins. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2809781 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl