Resolución exenta número 161, de 2026.- Prorroga resolución Nº 640 exenta, de 2025, que prohíbe circulación de vehículos motorizados en tramos y vías que indica, de la comuna de Caldera, Región de Atacama
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.441 Martes 5 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2804796 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PRORROGA RESOLUCIÓN Nº 640 EXENTA, DE 2 DE DICIEMBRE DE 2025, QUE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMOS Y VÍAS QUE INDICA, DE LA COMUNA DE CALDERA, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 161 exenta. - Copiapó, 15 de abril de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 ; en los artículos 107 y 113 del DFLNº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la resolución exenta Nº 640, de 2 de diciembre de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama; en formulario de prohibición de circulación vehicular de fecha 14 de abril de 2026, y antecedentes presentados por don Carlos Lemus Ruz; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, mediante resolución exenta Nº 640, de 2 de diciembre de 2025, de esta Secretaría Regional Ministerial, se prohibió la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en media calzada y sentido bidireccional, hasta las fechas señaladas, en todo horario, en los tramos de las vías de la comuna de Caldera, que se indican en la siguiente tabla: PERIODO DE TRAMO CALZADA INTERVENCIÓN Calle/Avda. /Ruta a Nº Comuna suspender Desde Hasta Inicio Término Media Completa (calle/Avda. /Km) (calle/Avda. /Km) (dd-mm-aa) (dd-mm-aa) 1 RUTA 5 Caldera 888,700 931,717 27/05/2026 X 2 C 10 Caldera 0,000 55,900 27/05/2026 X 3 C 302 Caldera 0,000 33,912 27/05/2026 X 4 C 354 Caldera 0,000 4,809 27/05/2026 X 5 C 358 Caldera 10,980 31,84 27/05/2026 X Desde fecha de 6 C 327 Caldera 39,510 47,579 27/05/2026 X publicación 7 C 351 Caldera 0, ,000 25,950 27/05/2026 X en Diario Oficial 8 C 292 Caldera 0,000 7,159 04/04/2026 X 9 C 314 Caldera 0,000 6,677 08/04/2026 X 10 C 320 Caldera 0,000 2,213 12/04/2026 X 11 C 449 Caldera 0,000 39,388 21/04/2026 X 12 C 318 Caldera 0,000 15,922 27/04/2026 X Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2804796 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.441 Martes 5 de Mayo de 2026 Página 2 de 2 2.
Que, mediante formulario de solicitud de prohibición de circulación vehicular, de fecha 14 de abril de 2026, don Carlos Lemus Ruz, en representación de la empresa "Constructora de Pavimentos Asfálticos Bitumix S.A. ",RUT 84.060.600-7, solicitó a esta Secretaría Regional, la extensión del plazo de prohibición de circulación de vehículos motorizados respecto de los tramos Nº 11 y Nº 12, indicados en tabla del resuelvo Nº 1, de la mencionada resolución exenta Nº 640, hasta los días 22 y 28 de octubre de 2026, respectivamente, argumentando que el contrato que posee con la Dirección de Vialidad, tiene como fecha de término el día 1 de mayo de 2027, lo cual consta en la resolución Nº 7, de 10 de mayo de 2023, de la Dirección de Vialidad de la Región de Atacama. 3. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular. 4.
Que, en consecuencia, se mantiene la causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prorrógase la prohibición de circulación de vehículos motorizados en los términos indicados en la resolución exenta Nº 640, de fecha 2 de diciembre de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama, hasta los días 22 y 28 de octubre de 2026, respectivamente, conforme al detalle indicado en tabla del resuelvo Nº 2, de la presente resolución exenta. 2.
Modifícase el resuelvo 1º de la citada resolución exenta Nº 640, en el sentido de sustituir en la tabla las filas Nº 11 y Nº 12, por las siguientes: PERIODO DE TRAMO CALZADA INTERVENCIÓN Calle/Avda. /Ruta a Nº Comuna suspender Inicio Término Desde Hasta (dd-mmaa) (dd-mm-aa) Media Completa (calle/Avda. /Km) (calle/Avda. /Km) Desde fecha 11 C-449 Caldera 0,000 39,388 22/10/2026 X de publicación en Diario 12 C-318 Caldera 0,000 15,922 28/10/2026 X Oficial. 3. En lo no modificado, rige plenamente la resolución exenta Nº 640, de 2 de diciembre de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Javier Ignacio Díaz Toro, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2804796 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl