Resolución exenta número 136, de 2026.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados, en tramo y vía que indica de la comuna de Vallenar, Región de Atacama
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.432 Jueves 23 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2799714 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍA QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 136 exenta. - Copiapó, 6 de abril de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 18.059 ; los artículos 107 y 113 del DFLN 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones N 39, de 1992 y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la solicitud de prohibición de circulación de vehículos, de fecha 11 de marzo de 2026, y antecedentes presentados por don Iván González Ledezma; la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud de "Prohibición de Circulación", de fecha 11 de marzo de 2026, presentada en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama, don Iván González Ledezma, en representación de la empresa constructora "Krade SpA", RUT76.506.336-1, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de las obras de "Renovación Infraestructura Red de Agua Servida de la Calle Baburizza entre Colón y Brasilia - Vallenar", la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, desde el 23 de marzo de 2026, hasta el 17 de abril de 2026, en todo horario, en la siguiente vía y tramo de la comuna de Vallenar: - Calle Pascual Baburizza a calzada completa, desde calle Colón hasta calle Brasilia. 2.
Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: a) Informe para pago de derechos de inspección pavimentos N 13/2026. b) Informe de Impacto Vial, de 10 de marzo de 2026. c) Certificado N DTT - C00148 - 2026, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Vallenar. 3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando anterior. 4.
Que, el DFLN 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente. " Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2799714 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.432 Jueves 23 de Abril de 2026 Página 2 de 2 "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda. " 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFLN 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, hasta el 17 de abril de 2026, en todo horario, en la siguiente vía y tramo de la comuna de Vallenar: - Calle Pascual Baburizza a calzada completa, desde calle Colón hasta calle Brasilia. 2. En el tramo señalado, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación la señalada en el Resuelvo N 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de transporte público que circulen por Américo Vespucio, deberán utilizar el circuito: "Nueva Freirina - Brasilia, para incorporarse nuevamente a Pascual Baburizza, y los vehículos que transiten por calle Colón, deberán circular por calle Nueva Freirina - Brasilia y reincorporarse a Pascual Baburizza". 4.
El responsable a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ( www.conaset.cl ), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFLN 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Javier Ignacio Díaz Toro, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2799714 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl