Resolución exenta número 759, de 2026.- Modifica resolución Nº 741 exenta, de 2026
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.446 Lunes 11 de Mayo de 2026 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2804904 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región Metropolitana MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N 741/2026 EN EL SENTIDO QUE INDICA (Resolución) Núm. 759 exenta. - Santiago, 22 de abril de 2026.
Vistos: La Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución Nº 36, de 2024, modificada por la resolución Nº 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta Nº 3.513, de 1995, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara a Chile país libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), y sus modificaciones posteriores; la resolución exenta Nº 741/2026, de fecha 18 de abril de 2026, de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Agrícola y Ganadero; y la resolución exenta RA Nº 110664/1325/2026, de 14 de abril de 2026, que designa Director Regional Metropolitano (S) del Servicio Agrícola y Ganadero. Considerando: 1.
Que, mediante resolución exenta Nº 741/2026, de fecha 18 de abril de 2026, se establecieron regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied) para el mercado de China. 2.
Que, en el considerando Nº 2 de la citada resoluciónse incurrió en un error material al consignar que la detección de la plaga ocurrió con fecha 9 de abril de 2026, siendo lo correcto 8 de abril de 2026.3.
Que, el artículo 62 de la ley Nº 19.880 dispone que la autoridad administrativa podrá, en cualquier momento, rectificar los errores puramente materiales o de hecho que aparezcan de manifiesto en un acto administrativo, sin alterar el fondo de la decisión adoptada. Resuelvo: 1.
Modifíqueseel considerando Nº 2 de la resolución exenta Nº 741/2026, de 18 de abril de 2026, en los siguientes términos: Dice: “Que, con fecha 9 de abril de 2026, se ha detectado la presencia de ejemplares del insecto en el área urbana de la comuna de Cerro Navia. ” Debe decir: “Que, con fecha 8 de abril de 2026, se ha detectado la presencia de un ejemplar del insecto en el área urbana de la comuna de Cerro Navia. ” 2. Que, lo no modificado por la presente resolución rige en todo lo demás en la forma establecida en la resolución exenta Nº 741/2026, de 18 de abril de 2026. Anótese, comuníquese y publíquese. - Juan Miguel Valenzuela Espinoza, Director Regional (S), Servicio Agrícola y GanaderoRegión Metropolitana de Santiago. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2804904 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl