Autor: El domicilio del ministro Héctor Mery fue allana-
Recurso de ministro del TC Héctor Mery abre debate por incautaciones a testigos
Recurso de ministro del TC Héctor Mery abre debate por incautaciones a testigos OLIVER RODRÍGUEZ A una semana de que allanaran su domicilio, el ministro del Tribunal Constitucional (TC) Héctor Mery ingresó un recurso de amparo buscando la ilegalidad de dicha diligencia encabezada por la Fiscalía Regional de OHiggins, en la que se llevaron su teléfono, a raíz de la indagatoria por presuntas gestiones en nombramientos judiciales, una arista derivada del caso Audio.
La acción fue ingresada por la defensa del titular de la magistratura, quien es representado por los abogados Matías Künsemüller, Jorge Ponce y Fernando Garreaud, y apunta a la “vaga información contenida en la resolución judicial, que le da el trato de imputado a nuestro representado en una causa desformalizada, donde no se avizora ni mínimamente que alguna conducta desplegada se comunique con un hecho delictivo”. En esta línea, además plantean que tras tomar conocimiento con el fiscal de la causa, Javier von Bischoffhausen, este “nos confirmó que el señor Mery Romero no tiene calidad de imputado en la causa, sino que es testigo en la misma”. Sin embargo, dice el abogado, “la resolución lo señala como imputado.
En esta lógica, ¿cómo podría estar debidamente argumentada la resolución que autoriza la diligencia si el fiscal que la pide y el juez que la otorga parten de presupuestos fácticos tan distintos?”. Consultado, Carlos Gajardo, exfiscal, apunta que “la fiscalía puede solicitar la incautación sin aviso previo de un objeto que esté en poder de un tercero (testigo no imputado) si se justifica la necesidad de dicho objeto para la investigación.
No se vulnera, a mi juicio, ninguna garantía con una incautación de este tipo si se cumplen los requisitos legales de necesidad para la investigación”. Se le debió apercibir previamente En tanto, para el también exfiscal Marcelo Sanfeliú, en el caso de los testigos, se procede de otra forma: “En lugar de ordenar la incautación o incluso previo a ello, el juez de garantía debe apercibir a esa persona (que puede ser un testigo) para que entregue los objetos o documentos. Incluso si se niega, puede decretar medidas de apremio como multas o incluso arresto hasta por 24 horas.
Cuestión que al parecer, en este caso no ocurrió”. En esta línea, agrega que “si el fiscal reconoce que se trata de un testigo y no un imputado, debió seguirse el procedimiento que la ley establece, lo que no habría ocurrido en este caso”. Por su parte, Cristián Riego, académico de Derecho Penal UDP, asegura: “De lo que yo entiendo hay dos problemas distintos.
Uno es si se le puede incautar el teléfono a una persona que no es imputada sino testigo, y me parece un problema sencillo, evidentemente sí, una persona que no sea imputado se le puede incautar el teléfono, la correspondencia, se puede allanar su casa, se puede vulnerar su privacidad para obtener información que sea pertinente al esclarecimiento de un hecho delictivo”. No obstante, añade que “la orden del juez habría dicho que esta persona era imputada y no lo era, bueno, ahí podría haber un problema con la orden.
Si el juez creyó que esta persona era imputada y ese es uno de los elementos que tuvo en cuenta para autorizar la incautación de su teléfono y resulta que no lo era, ahí podría haber un problema”. do el lunes 24 de marzo, desde donde se llevaron su teléfono. Se pesquisan presuntas gestiones en nombramientos judiciales, en una indagatoria derivada del caso Audio. TELÉFONO La Fiscalía y la Policía de Investigaciones incautaron el teléfono celular del magistrado. Defensa del magistrado presentó acción de amparo:. Resolución lo identifica como imputado, lo que fue descartado por el propio fiscal. Se impugna la legalidad de la pesquisa. Defensa del magistrado presentó acción de amparo: