Decreto número 20, de 2026.- Determina proyectos de alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios que indica, a los que se aplicará la ley N° 21.783, que exime de trámites y reduce plazos para la alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevo
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 1 de 5 Normas Generales CVE 2781957 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Subsecretaría de Justicia DETERMINA PROYECTOS DE ALTERACIÓN, AMPLIACIÓN, REPARACIÓN O CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS QUE INDICA, A LOS QUE SE APLICARÁ LA LEY N 21.783, QUE EXIME DE TRÁMITES Y REDUCE PLAZOS PARA LA ALTERACIÓN, AMPLIACIÓN, REPARACIÓN O CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS Núm. 20. - Santiago, 28 de enero de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 3, de 2016, de esta Secretaría de Estado; en el decreto supremo N 137, de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto ley N 2.859, de 1979, que fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; en la ley N 21.636, que establece reglas especiales tratándose de la construcción, alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios y modifica otros cuerpos legales; en la resolución exenta N 1.902, de 16 de diciembre de 2024, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba propuesta de ampliación de cárcel Santiago 1, ubicada en la comuna de Santiago, de la Región Metropolitana de Santiago, en el marco del artículo primero de la ley N 21.636, que establece reglas especiales tratándose de la construcción, alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios, y modifica otros cuerpos legales; en la ley N 21.783, que exime de trámites y reduce plazos para la alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios; en el decreto supremo N 460, de 2011, del Ministerio de Justicia, que crea un establecimiento penitenciario en la comuna de Antofagasta y dispone su funcionamiento; en el decreto supremo N 17, de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que suprime el establecimiento penitenciario denominado "Complejo Penitenciario de Concepción" creado mediante decreto 1.192 de 1988; crea el establecimiento penitenciario denominado "Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) Concepción"; crea el establecimiento penitenciario denominado "Complejo Penitenciario Biobío"; crea el "Centro Penitenciario Femenino (CPF) Concepción" y dispone sus funcionamientos; en el decreto supremo N 91, de 2024, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que crea Complejo Penitenciario de Talca; en el decreto supremo N 1.212, de 2005, del Ministerio de Justicia, que crea un establecimiento penitenciario en la comuna de Alto Hospicio y dispone su funcionamiento; en el decreto supremo N 1.213, de 2005, del Ministerio de Justicia, que crea un establecimiento penitenciario en la comuna de Rancagua y dispone su funcionamiento; en el decreto supremo N 1.214, de 2005, del Ministerio de Justicia, que crea un establecimiento penitenciario en la comuna de La Serena y dispone su funcionamiento; en el decreto supremo N 381, de 2007, del Ministerio de Justicia, que crea un establecimiento penitenciario en la comuna de Valdivia y dispone su funcionamiento; en el decreto supremo N 382, de 2007, del Ministerio de Justicia, que crea un establecimiento penitenciario en la comuna Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781957 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 2 de 5 de Puerto Montt y dispone su funcionamiento; en el decreto supremo N 58, de 2007, del Ministerio de Justicia, que crea un establecimiento penitenciario en la comuna de Santiago y dispone su funcionamiento; en la resolución exenta N 2.189, de 17 de julio de 2025, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprobó el Plan Maestro de Infraestructura Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el oficio ordinario N 1603, de 3 de noviembre de 2025, del Director Nacional de Gendarmería de Chile; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.
Considerando: 1 Que, con fecha 11 de diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial la ley N 21.783, que exime de trámites y reduce plazos para la alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios, estableciendo en su artículo primero dicho cuerpo normativo, que será aplicable a aquellos proyectos de alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios que el Presidente de la República determine mediante un decreto supremo debidamente fundado. 2 Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 2 del decreto con fuerza de ley N 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a esta Cartera corresponde, entre otras funciones, formular políticas, planes y programas sectoriales respecto del tratamiento penitenciario y la rehabilitación del condenado. 3 Que, asimismo, de acuerdo con el literal h) del artículo 2 del mismo cuerpo normativo, le corresponde: "h) Controlar el cumplimiento de las políticas, planes y programas sectoriales y evaluar sus resultados". Finalmente, en conformidad con literales l) y o) de la misma norma citada, al Ministerio le corresponde "l) Programar y proponer la adquisición, construcción, adecuación y habilitación por el Fisco de inmuebles para los tribunales de justicia, el Ministerio y sus servicios dependientes"; y "o) Crear establecimientos penales y de tratamiento y rehabilitación penitenciarios". 4 Que, a su vez, compete a Gendarmería de Chile, de acuerdo con lo prescrito en el literal i) del artículo 3 del decreto ley N 2.859, de 1979, del Ministerio de Justicia, que fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, "Contratar, directamente, el planeamiento, estudio, proyección, construcción, ampliación, reparación y conservación de los inmuebles donde funcionen los establecimientos penitenciarios del país, cualquiera sea el monto que la ejecución de dichas obras importe.". 5 Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en coordinación con Gendarmería de Chile, evaluó la necesidad de contar con un instrumento que guiara las acciones de mediano y largo plazo en materia de infraestructura penitenciaria, por lo cual se aprobó el "Plan Maestro de Infraestructura Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos", mediante resolución exenta N 2.189, de 17 de julio de 2025, de esta Secretaría de Estado, cuyo propósito es maximizar la capacidad del sistema existente; mejorar las condiciones de vida y de trabajo al interior de las cárceles; optimizar los recursos públicos, mediante una hoja de ruta clara que permita priorizar inversiones, optimizar recursos y fortalecer las capacidades institucionales.
Lo anterior, considerando las plazas disponibles conforme a diseño en relación con las plazas efectivamente ocupadas, en régimen de control cerrado, encontrándonos con sobrepoblación en algunos establecimientos penitenciarios, y en otros alcanzando niveles de población al límite de su capacidad, con proyección de ocupación en aumento. 6 Que, conforme a lo precedentemente señalado, los proyectos, seleccionados para la aplicación del artículo 1 de la ley N 21.783, conforme al Plan Maestro de Infraestructura Penitenciaria en una primera etapa, son aquellos que, en atención a la información provista por Gendarmería de Chile sobre niveles de sobrepoblación y hacinamiento, al 31 de diciembre de 2025, hacen necesaria su intervención en el más breve plazo que resulte posible, considerando además, que tratándose de establecimientos penitenciarios concesionados, se obliga al Estado a compensar económicamente al concesionario por sobrepoblación, en conformidad a lo establecido en las respectivas bases de licitación, y respecto de los cuales se ha avanzado en la tramitación administrativa de los mismos, todo de acuerdo con el siguiente detalle: Complejo Penitenciario (C.P. ) Alto Hospicio, con un 122% de ocupación del recinto penitenciario, por el cual actualmente el Estado se encuentra pagando compensación por sobrepoblación y cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, de 16 de mayo de 2025 y aprobado mediante decreto exento N 2.855, de 25 de agosto de 2025, de este ministerio, para la Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781957 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 3 de 5 construcción, ampliación, conservación y operación, de este establecimiento mediante el sistema de concesiones.
Complejo Penitenciario (C.P. ) Antofagasta, con un 137% de ocupación del recinto penitenciario, por el cual actualmente el Estado se encuentra pagando compensación por sobrepoblación y cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas, de 22 de noviembre de 2007, aprobado por decreto exento N 1.727, de 31 de diciembre de 2007, de este ministerio, para habilitación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 2". Complejo Penitenciario (C.P. ) La Serena, con un 112% de ocupación del recinto penitenciario, por el cual actualmente el Estado se encuentra pagando compensación por sobrepoblación y cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, de 16 de mayo de 2025 y aprobado mediante decreto exento N 2.855, de 25 de agosto de 2025, de este ministerio, para la construcción, ampliación, conservación y operación, de este establecimiento mediante el sistema de concesiones. Centro de Detención Preventiva (C.D.
P) Santiago 1, con un 166% de ocupación del recinto penitenciario, por el cual actualmente el Estado se encuentra pagando compensación por sobrepoblación y cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, de 3 de septiembre de 2025 y aprobado mediante decreto exento N 2.205, de 4 de octubre de 2025, de este ministerio, para la construcción, ampliación, conservación y operación, de este establecimiento, mediante el sistema de concesiones.
Complejo Penitenciario (C.P. ) Rancagua, con un 114% de ocupación del recinto penitenciario, por el cual actualmente el Estado se encuentra pagando compensación por sobrepoblación y cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, de 3 de septiembre de 2025, aprobado mediante decreto exento N 3.507, de 30 de octubre de 2025, de este ministerio, para la construcción, ampliación, conservación y operación, de este establecimiento, mediante el sistema de concesiones. Complejo Penitenciario (C.P. ) Talca.
La Región del Maule registra actualmente una ocupación carcelaria del 193%. En este contexto, la operatividad del CP Talca contribuirá a reducir el hacinamiento local y de zonas colindantes, proceso quecontempla una serie de adecuaciones en su desarrollo para asegurar su transición efectiva. Actualmente, se está desarrollando la habilitación total del recinto, la cual, por bases de licitación del contrato adjudicado, tiene como plazo máximo de ejecución de habilitación hasta el 16 de mayo del 2026.
La adjudicación se efectuó por decreto supremo N 133, de 26 de septiembre de 2024, del Ministerio de Obras Públicas, en virtud del convenio de mandato suscrito con dicho ministerio y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, celebrado con fecha 15 de marzo de 2023 y aprobado mediante decreto exento N 854, de 6 de abril de 2023, de este ministerio, para la habilitación, conservación y operación, de este establecimiento, mediante el sistema de concesiones.
Complejo Penitenciario (C.P. ) Biobío, con un 113% de ocupación del recinto penitenciario, por el cual actualmente el Estado se encuentra pagando compensación por sobrepoblación y cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas, de fecha 22 de noviembre de 2007, aprobado por decreto exento N 1.727, de fecha 31 de diciembre de 2007, de este ministerio, para habilitación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 2". Complejo Penitenciario (C.P. ) Puerto Montt.
El uso de la capacidad penitenciaria de la región corresponde a un 116%. Cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, con fecha 10 de marzo de 2025 y aprobado mediante decreto exento N 1.241, de fecha 23 de abril de 2025, de este ministerio, para la construcción, ampliación, conservación y operación de este establecimiento, mediante el sistema de concesiones. Establecimiento Penitenciario de Copiapó, Ficha IDI Construcción Recinto Modelo de Educación y Trabajo El Arenal, Copiapó.
En consideración al uso de la capacidad penitenciaria de la región, el que corresponde a un 200%. Cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, con fecha 30 de junio de 2023 y aprobado mediante decreto exento N 1.926, de 14 de agosto de 2023, para la construcción, conservación y operación, de este establecimiento, mediante el sistema de concesiones, adjudicado por decreto N 112, de 2025, del Ministerio de Obras Públicas. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781957 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 4 de 5 Establecimiento Penitenciario de Calama, Ficha IDI Construcción Complejo Penitenciario de Calama, en consideración al uso de la capacidad penitenciaria de la región, el que corresponde a un 174%. Cuenta con convenio de mandato suscrito con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, con fecha 17 de enero de 2025 y aprobado mediante decreto exento N 807, de fecha 13 de marzo de 2025, de este ministerio, para la construcción, conservación y operación, de este establecimiento, mediante el sistema de concesiones. 7 Que, de acuerdo con lo anterior, todos los proyectos antes mencionados, corresponden a proyectos a desarrollar en los establecimientos penitenciarios concesionados determinados en el Plan Maestro de Infraestructura Penitenciaria. 8 Que, mediante Ord.
N 1603, de 3 de noviembre de 2025, el Director Nacional de Gendarmería de Chile, solicitó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que se inicien los estudios de factibilidad técnica y económica para evaluar la ampliación del Complejo Penitenciario Valdivia en 300 plazas de reclusión las que se adicionarían a las 1.747 ya existentes, permitiendo así lograr una capacidad final de 2.047 internos, aumentando las posibilidades de segmentación de las personas privadas de libertad y disminuir los niveles de sobrepoblación y hacinamiento que mantiene actualmente el sistema penitenciario y que se visualiza también en las proyecciones que efectúa el ente técnico de dicho servicio. 9 Que, la relicitación del Complejo Penitenciario (C.P. ) Valdivia, establecimiento penitenciario también concesionado y citado en el considerando precedente, ya cuenta con convenio de mandato suscrito por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con el Ministerio de Obras Públicas y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, con fecha 10 de marzo de 2025 y aprobado mediante decreto exento N 1.241, de fecha 23 de abril de 2025, del primero, para la construcción, ampliación, conservación y operación ese establecimiento -en conjunto con el Complejo Penitenciario (C.P. ) Puerto Montt-, mediante el sistema de concesiones de obras públicas. 10 Que, en atención a las consideraciones expuestas y a la normativa señalada, corresponde determinar mediante el presente acto administrativo los proyectos de alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios a los que, en una primera etapa, les será aplicable la referida ley N 21.783, que exime de trámites y reduce plazos para la alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios.
Decreto: 1 Determínase los siguientes proyectos de alteración, ampliación, y reparación de establecimientos penitenciarios a los que se aplicará la ley N 21.783, que exime de trámites y reduce plazos para la alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios: Complejo Penitenciario (C.P. ) Alto Hospicio, creado por decreto supremo N 1.212, de 7 de noviembre de 2005, del Ministerio de Justicia. Complejo Penitenciario (C.P. ) Antofagasta, creado por decreto supremo N 460, de 13 de julio de 2011, del Ministerio de Justicia. Complejo Penitenciario (C.P. ) La Serena, creado por decreto supremo N 1.214, de 7 de noviembre de 2005, del Ministerio de Justicia. Centro de Detención Preventiva (C.D. P) Santiago 1, creado por decreto supremo N 58, de 29 de enero de 2007, del Ministerio de Justicia. Complejo Penitenciario (C.P. ) Rancagua, creado por decreto supremo N 1.213, de 7 de noviembre de 2005, del Ministerio de Justicia. Complejo Penitenciario (C.P. ) Talca, creado por el decreto supremo N 91, de 18 de junio de 2024, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Complejo Penitenciario (C.P. ) Biobío, creado por decreto supremo N 17, de 24 de enero de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Complejo Penitenciario (C.P. ) Valdivia, creado por decreto supremo N 381, de 4 de mayo de 2007, del Ministerio de Justicia. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781957 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 5 de 5 Complejo Penitenciario (C.P. ) Puerto Montt, creado por decreto supremo N 382, de 4 de mayo de 2007, del Ministerio de Justicia. 2 Determínase los siguientes proyectos de construcción de establecimientos penitenciarios a los que se aplicará la ley N 21.783, que exime de trámites y reduce plazos para la alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios: Establecimiento Penitenciario de Copiapó, Ficha IDI Construcción Recinto Modelo de Educación y Trabajo El Arenal, Copiapó, Código BIP 30118818-0. Establecimiento Penitenciario de Calama, Ficha IDI Construcción Complejo Penitenciario de Calama, Código BIP 30421513-0. Anótese, tómese razón y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Jaime Gajardo Falcón, Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Lo que transcribo para su conocimiento. - Le saluda atentamente, Ernesto Muñoz Lamartine, Subsecretario de Justicia. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781957 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl