Resolución exenta número 638, de 2026.- Complementa y deja sin efecto resoluciones que indica, modificando caminos de uso público de las provincias de Elqui, Limarí y Choapa
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.405 Viernes 20 de Marzo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2784590 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Subsecretaría de Obras Públicas / Dirección de Vialidad COMPLEMENTA Y DÉJASE SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICA, MODIFICANDO CAMINOS DE USO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE ELQUI, LIMARÍ Y CHOAPA (Resolución) Núm. 638 exenta. - Santiago, 27 de febrero de 2026.
Vistos: El decreto MOP Nº 301, de 2011, que deja sin efecto el decreto MOP Nº 556, de 1969, y el decreto MOP Nº 3, de 2011 (Sin Tramitar), y aprueba nuevo decreto que establece normas para la numeración y clasificación de caminos; el decreto MOP Nº 436, de 2014, que modifica el decreto MOP Nº 301, de 2011; el decreto MOP Nº 1.055, de 1997, que declara caminos nacionales con carácter de internacionales; la resolución DV(exenta) Nº 421, de 2019, que deja sin efecto resoluciónque asignaroles a caminos de uso público de la Región de Coquimbo; la resolución DV(exenta) Nº 4.031, de 2019, que complementa y dejasin efecto resolución que indica y asigna roles a caminos de uso público de la Región de Coquimbo; minuta explicativa con fecha 29 de diciembre de 2025; lo dispuesto en el DFL MOP Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL Nº206, Ley de Caminos; resolución (exenta) Nº 2.200 de 2022, que aprueba procedimiento para la gestión del enrolamiento, actualización y registro de la Red Vial Nacional; el decreto supremo MOP Nº116, de 2023, que nombra Director Nacional de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas; el decreto (exento) Nº669, de 2025, que establece nuevo orden de subrogación del Director Nacional de Vialidad, y la resolución Nº36, de 2024, modificada y complementada por la resolución Nº 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: 1) Que la Dirección de Vialidad debe servir con objetividad a los intereses generales, y actuar de acuerdo con los principios de eficacia y coordinación que rigen a la Administración Pública. 2) Que se requiere mantener actualizado el catastro de caminos de la Red Vial Nacional que atiende la Dirección de Vialidad. 3) Que para el óptimo cumplimiento de lo precitado y a fin de estimular el diligente funcionamiento de la organización estatal, se ha desarrollado la labor de unificar los antecedentes de la red vial con que trabajan las Direcciones Regionales de Vialidad e incluirlos en los antecedentes de la Red Vial que se encuentra en la base de datos del Nivel Central. 4) Que se requiere mantener actualizado el catastro de la Red Vial de la Región de Coquimbo. 5) Que, se ha realizado el levantamiento GNSS submétrico y reemplazo de ejes de los caminos de la red vial regional, por lo que se requiere rectificar las longitudes de los caminos de esta red. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2784590 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Modifícase la resolución exenta DVNº 421, de 2019, y la resolución exenta DVNº 4.031, de 2019, respecto de los siguientes caminos de uso público y sus longitudes indicadas en dichas resoluciones, conforme al detalle señalado a continuación: LONGITUD ROL NOMBRE INICIO TÉRMINO (KM) Cruce Ruta 5 (La Cantera) - Cruce D-409 (Pan de D-35 5,792 Ruta 5 N D-409 Azúcar) Cruce Ruta 45 (Ovalle) - Punitaqui - Cruce D-55 D-605 76,681 Ruta 45 D-55 (Combarbalá) D-885 Cruce D-377-E (El Tipai) - El Mauro 8,432 D-377-E D-885 D-889 Cruce Ruta 47 (Canelillo) - Las Tejadas 4,968 Ruta 47 D-889 2.
Exclúyase de esta modificación de longitud a todos aquellos caminos y tramos de caminos incluidos en el punto Nº1 de esta resolución, que se encuentren dentro de los límites urbanos vigentes declarados por los instrumentos de planificación territorial que corresponda y que no hayan sido declarados como camino público en zona urbana, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 24 del DFL MOP Nº 850, de 1997. Anótese, comuníquese y publíquese. - Horacio Adams Alfonso Pfeiffer Agurto, Director Nacional de Vialidad. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2784590 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl