Corte Suprema ordena reintegrar a tres bomberos de Los Ángeles
Corte Suprema ordena reintegrar a tres bomberos de Los Ángeles La La Corte Suprema confirmó confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción Concepción que ordenó reintegrar a tres bomberos voluntarios de la Sexta Compañía de Los Angeles. El máximo tribunal ratificó que la desvinculación fue “arbitraria “arbitraria e ilegal” y vulncró derechos fundamentales como el debido proceso. Henry Medina Vallejos, abogado, abogado, y Víctor Ortiz Sanhueza y Rodrigo Jara Cuevas, ambos enfermeros, fueron dados de baja tras una resolución unánime unánime del Consejo de Disciplina el 27 de septiembre de 202. Los tres voluntarios tenían hasta 10 años de servicio en la institución.
FUNDAMENTOS DE LA EXPULSIÓN El director de la Sexta Compañía, Compañía, Pedro Parra Daza, informó que los voluntarios fueron dados de baja por incumplir el artículo 23 del reglamento, que exige que “los voluntarios activos deben concurrir con presteza a los actos del servicio y actuaciones asistencia, sin debido que le corresponden a la companla. companla. Los porcentajes de asistencia presentados mostraban cifras críticas: Medina con 1% en 2011, Ortiz con 0% en 2022 y Jara con 7% en 2022. La defensa institucional institucional sostuvo que las apelaciones apelaciones fueron presentadas fuera del plazo de 15 días establecido. LOS AFECTADOS Medina Vallejos relató que fue notificado de su baja el 28 de agosto de 2022, sin ser oído previamente. “La información utilizada era incorrecta, ya que sí había participado en la venta de rifas de 2023 y en comisiones internas”, argumentó, señalando irregularidades en las notificaciones. notificaciones. Ortiz Sanhueza, quien es creador de la brigada de jóvenes cadetes y posee formación en gestión de emergencias. denunció denunció un trato discriminatorio. Relató citaciones irregulares y falta de respuesta a su solicitud de cxcusa por motivos de salud familiar, pese a contar con licencia licencia médica. En tanto, Jara Cuevas explicó que su baja asistencia se debía a razones personales, incluyendo su desarrollo profesional como enfermero y el cuidado de padres enfermos. “Me mantuve al día con las cuotas y participé en la venta de rifas”, señaló. Los afectados presentaron un recurso de protección alegando que el Consejo de Disciplina los sancionó de manera desproporcionada, desproporcionada, sin permitirles el derecho derecho a defensa adecuado. Denunciaron Denunciaron que tampoco pudieron apelar ante el Consejo Superior de Disciplina, pues sus recursos fueron considerados fuera de plazo.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió inicialmente el recurso el 8 de abril de 2025, determinando que las actuaciones actuaciones de lajefatura fueron ilegales debido a “insalvables deficiencias deficiencias del proceso empleado”. FALLO I)EL MÁXIMO TRIBUNAL [. a Corte Suprema confirmó la decisión, estableciendo quc”nada informa respecto de la formulación formulación de cargos, así como tampoco el haber abierto un periodo de prueba para que los afectados hubiesen podido presentar los antecedentes correspondientes que abonaran su defensa”. El máximo tribunal destacó que “no se desarrolló una investigación investigación propiamente tal en contra de los referidos voluntarios; se les citó intempestivamente a declarar declarar verbalmente, no se respetó su derecho a defensa, no se les formularon cargos específicos que dieran cuenta de los hechos”. La Corte calificó la decisión como “arbitraria e ilegal, además además de desproporcionada” y consideró vulnerada la garantía constitucional de igualdad ante la ley. El tribunal ordenó anular el proceso sancionatorio y restituirla restituirla participación en los actos bombcriles. El caso sienta un precedente sobre los procedimientos disciplinarios. disciplinarios. Los bomberos afectados afectados aseguran que la destitución impactó su salud mental y estabilidad estabilidad laboral durante los meses de incertidumbre. La decisión obliga a la Sexta Compañía a revisar sus protocolos protocolos disciplinarios para garantizar garantizar el debido proceso en futuras sanciones. Los tres voluntarios podrán retomar sus funciones inmediatamente tras la notificación notificación oficial del fallo. Corte Suprema ordena reintegrar a tres bomberos de Los Ángeles El máximo tribunal determinó que el proceso de desvinculación fue “arbitrario e ilegal” y presentaba “insalvables deficiencias”. Los voluntarios fueron expulsados por baja proceso. Jercmy V. Quiroz prensa@latribuna.cl incertidumbre legal.
HENRY MEDINA, VÍCTOR ORTIZ Y ROl)RIC() JARA podrán retomar sus funciones tras ocho meses de LA CORTE SUPREMA, al igual que la Corte de Apelaciones de Concepción, estableció que el proceso disciplinario careció de investigación formal..