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Seremi de Agricultura y SII capacitan a productoras de Aysén para formalizar emprendimientos de subsistencia
Seremi de Agricultura y SII capacitan a productoras de Aysén para formalizar emprendimientos de subsistencia Por sentencia de 26 diciembre 2025, dictada causa V-19-2025, Código P04A, el Juzgado de Letras Chile Chico, declara que se hace lugar parcialmente a lo solicitado en lo principal del folio 1, y se concede la posesión efectiva, de la herencia TESTADA quedada al fallecimiento de doña ZUDELIA QUEZADA, cédula de identidad 8.935.188 -K, jubilada, acaecido con fecha 05 de noviembre de 2024, inscripción de defunción Nº23, año 2024, circunscripción Chile Chico, lugar de su defunción, siendo su último domicilio en Fundo El Ciruelillo, sector Paso Las Llaves Ruta CH-265, comuna de Chile Chico, quien falleció bajo el imperio de su testamento solemne abierto otorgado con fecha 30 de agosto de 2010 ante el Notario Público doña PRISCILA ELIZABETH PISON DELGADO, Notaria Pública Suplente de la Notaría de Chile Chico; instituyendo como herederos a sus legitimarios: sus hijas e hijos 1) Margarita Del Carmen Avilez Soto, cédula de identidad 4.982.249 -9, domiciliada en Población Pablo Neruda Nº758, de la comuna de Coyhaique; 2) Lucía Avilez Quezada, cédula de identidad 7.525.068 -1, actualmente fallecida, representada por sus hijos: 2.1) Viola Flor Saldivia Avilez, cédula de identidad número 10.566.231-9, domiciliada en departamento cuadra torre C Nº306, comuna de Coyhaique y 2.2) Cruz Belén Saldivia Avilez cédula de identidad número 15.304.2667, domiciliado en Lote C s/n, Mallín Grande, comuna de Chile Chico; 3) Juana de la Cruz Avilez Quezada, cédula de número 7.500.190 8, domiciliada en calle Belarmino Burgos N 190, comuna de Chile Chico; 4) José Hernan Avilez Quezada, cédula de identidad número 6.483.0708, actualmente fallecido, representado por sus hijos: 4.1) Claudia Silvana Avilez Soto, cédula de identidad número 10.342.879-3, domiciliada en calle Brasil Nº 326, comuna de Coyhaique; 4.2) Mariana De Lourdes Avilez Soto, cédula de identidad número 10.566.274-2, domiciliada en calle Brasil N 326, comuna de Coyhaique; y 4.3) Oscar Iván Avilez Soto, cédula de identidad número 10.812.772-4, domiciliado en Fundo La Porfía, Mallín Grande, comuna de Chile Chico; 5) Zenobia Avilez Quezada, cédula nacional de identidad número 4.835.082 -8, domiciliada en Fundo El Ciruelillo, sector Paso Las Llaves Ruta CH-265, Comuna de Chile Chico; 6) Fidel Baudilio Avilez Quezada, cédula de identidad número 5.348.644 -4, actualmente fallecido.
Que, atendido lo informado por el Servicio de Registro Civil e Identificación con fecha 25 de noviembre de 2025, rechaza la petición de posesión efectiva a favor de 1) Félix Adán Saldivia Aviléz, cédula identidad Nº 10.262.358-4; 2) Lorenzo Valentino Saldivia Aviléz, Cédula Identidad Nº 10.812.812-7; 3) Pilar Magaly Saldivia Aviléz, Cédula Identidad N9.644.731 -0 y 4) Raúl Porfirio Saldivia Aviléz, Cédula Identidad Nº 10.262.518-8, todos en representación de Lucía Avilez Quezada, cédula identidad Nº 7.525.068 -1, por no haberse acreditado suficientemente vínculo en los términos del artículo 984 del Código Civil. Regístrese y publíquese en un diario que cumpla con lo dispuesto en el artículo 882 del Código de Procedimiento Civil. Confecciónese inventario solemne de los bienes del causante y protocolicese en una Notaría de esta ciudad.
Chile Chico, 27 de enero de 2026 06 07 09 de febrero 2026 jornada En una interinstitucional destinada a economía local, la Seremi de Agricultura de de colaboración fortalecer la la región de Aysén y el Servicio de Impuestos Internos (SII) realizaron una capacitación dirigida a mujeres productoras y artesanas sobre el uso del Registro de Actividades de Subsistencia.
Esta instancia educativa tuvo como objetivo explicar los alcances de un mecanismo diseñado para facilitar la formalización de pequeños emprendimientos, permitiéndoles acceder a patentes municipales, fondos públicos y medios de pago electrónicos sin la complejidad burocrática habitual.
El taller estuvo enfocado en integrantes de la Agrupación Cultural y Productiva Productoras de la Patagonia y abordó los detalles de este registro creado para pequeños comerciantes, prestadores de servicios, suplementeros y artesanos cuyas ventas se orienten a consumidores finales y no superen un promedio mensual de 5 UTM, cifra aproximada a los 350.000 pesos. Para las beneficiarias, muchas de las cuales laboran desde sus hogares o en ferias locales, esta herramienta representa una oportunidad clave para visibilizar su trabajo.
Al respecto, Eufemia Godoy, integrante de la agrupación, valoró la instancia de aprendizaje "para poder trabajar sin problemas al momento de vender nuestros productos". Desde la perspectiva gubernamental, iniciativa busca entregar respaldo institucional a quienes producen en pequeña escala en territorios extremos.
Yessica Lagos, seremi de Agricultura de Aysén, destacó la importancia de estas acciones "apoyamos estas conjuntas señalando que instancias que fortalecen la economía local y dan herramientas concretas a quienes producen en pequeña escala, especialmente en zonas aisladas como la nuestra". Por su parte, el representante del SII, Pedro Cárdenas, enfatizó el valor social y legal de la medida, explicando que "este registro reconoce la realidad de miles de personas que desarrollan actividades de subsistencia.
No es solo un trámite; es una puerta de entrada a la formalización, con derechos y oportunidades claras". El proceso de inscripción se realiza mediante una declaración jurada en el sitio web del servicio o con apoyo presencial en sus oficinas, tras lo cual el emprendedor obtiene un certificado habilitante para diversos trámites, incluyendo la contratación de medios de pago electrónicos y la postulación a fondos concursables.
Para acceder a este beneficio, los interesados deben cumplir requisitos específicos que fueron detallados durante la actividad, tales como ser persona natural que desarrolle una única actividad de pequeño comercio, artesanía o servicio; que dicha actividad esté dirigida a consumidores finales y no a empresas; y que los ingresos promedio mensuales sean iguales o menores a las mencionadas 5 UTM, sin requerir un inicio de actividades formal ante el SII.
Asimismo, se informó que a partir del 1 de julio de 2026, las municipalidades y plataformas digitales podrán exigir este registro como requisito para operar, consolidando así el compromiso regional por promover una economía inclusiva y formal. Autor: EXTRACTO.
Integrantes de la Agrupación Cultural y Productiva Productoras de la Patagonia recibieron orientación sobre esta herramienta que permite operar legalmente a pequeños comerciantes y artesanos con ingresos menores a 5 UTM, facilitando el acceso a beneficios estatales y medios de pago electrónicos sin la obligación de declarar IVA ni Renta.