Resolución exenta número 1.586, de 2025.- Reconoce títulos expedidos por universidades argentinas que indica, en el marco del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Licenciaturas y Títulos de Grado Universitarios entre la República de Chile y la República Argentina
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.104 Jueves 20 de Marzo de 2025 Página 1 de 5 Normas Particulares CVE 2620953 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior RECONOCE TÍTULOS EXPEDIDOS POR UNIVERSIDADES ARGENTINAS QUE INDICA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE TÍTULOS PROFESIONALES Y LICENCIATURAS Y TÍTULOS DE GRADO UNIVERSITARIOS ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA (Resolución) Núm. 1.586 exenta. - Santiago, 11 de marzo de 2025.
Considerando: Que, el DFL Nº 1/19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, establece que la actuación de sus órganos están al servicio de la persona humana, propendiendo al bien común, atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente, mediante el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución y la ley y, de la aprobación, ejecución y control de políticas, planes, programas y acciones de alcance nacional, regional y comunal; sometiendo su proceder a los principios de eficiencia, eficacia y coordinación, entre otros principios orientadores del ordenamiento administrativo. Que, en dicho contexto, corresponde que este Ministerio de Educación adopte las medidas y, asimismo, genere las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios.
Que, mediante el decreto Nº 103, de 2013, del Ministerio de Relaciones Exteriores, fue promulgado el "Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Licenciaturas y Títulos de Grado Universitarios entre la República de Chile y la República Argentina" (en adelante el "Acuerdo"), suscrito el 16 de marzo de 2012, en la ciudad de Santiago de Chile.
Que, asimismo, el primer párrafo del artículo VII del referido Acuerdo, dispone que "El presente Acuerdo entrará en vigor sesenta (60) días después de la fecha de la última notificación por medio de las cuales las Partes comuniquen recíprocamente que han cumplido con los requisitos de sus respectivas legislaciones internas". Que, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el señalado primer párrafo del artículo VII del Acuerdo, éste entró en vigor internacional el día 13 de octubre de 2013.
Que, en virtud del Acuerdo, en la República de Chile, el reconocimiento de títulos de grado universitario y títulos de maestría y doctorado, otorgados por universidades argentinas reconocidas y autorizadas oficialmente, procederá siempre que: a) Se trate de un título de grado o postgrado de maestría y doctorado, obtenido a partir del 1 de enero de 2000. b) Que el título haya sido obtenido en universidades reconocidas o acreditadas institucionalmente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau). c) Que el título corresponda, además, a una carrera acreditada por seis años o por al menos dos periodos de tres años por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620953 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.104 Jueves 20 de Marzo de 2025 Página 2 de 5 Que, conforme al artículo II del Acuerdo, "El Ministerio de Educación de la República de Chile y el Ministerio de Educación de la República Argentina serán los órganos oficiales de aplicación del presente Acuerdo, con competencias para establecer pautas y ajustes". Que, en virtud de lo señalado precedentemente, al Ministerio de Educación, como órgano de ejecución del Acuerdo, le corresponde, entre otras, la atribución de reconocer y otorgar validez a los títulos de grado universitario, otorgados por universidades argentinas reconocidas oficialmente y de carreras acreditadas por seis años o por al menos dos períodos de tres años por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, en concordancia con lo dispuesto en el artículo I del Acuerdo.
Que, la ejecución del Acuerdo deberá ser realizada por el Ministro de Educación, atendida su responsabilidad de conducción de esta Cartera de Estado y su facultad de dirección superior de las acciones educacionales y de extensión cultural que conciernen al Estado, las cuales se encuentran establecidas en el artículo 23, inciso 1º, del DFL Nº 1/19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y en el artículo 4 de la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública, respectivamente.
Que, por otra parte, el artículo 41 de la mencionada ley Nº 18.575, permite que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias del Ministro de Educación puedan ser delegados, sobre las bases dispuestas en dicha norma.
Que, mediante la dictación de la resolución exenta Nº 4.134, de 2019, de esta Cartera de Estado, la Ministra de Educación delegó en el Subsecretario de Educación Superior la facultad de reconocer títulos de grado universitario obtenidos en universidades argentinas, en el marco del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre la República de Chile y la República de Argentina.
Que, a través del decreto exento Nº 228, de 2021, del Ministerio de Educación, se aprobó el Acta Específica para la Aplicación del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre la República de Chile y la República de Argentina, que contempla una serie de medidas para su mejor aplicación.
Que, en dicho contexto, el Ministerio de Educación ha recibido diversas solicitudes de reconocimiento de títulos obtenidos en instituciones de educación superior argentinas, constatándose que cumplen con los requisitos establecidos en el Acuerdo para acceder al reconocimiento de título requerido.
Que, revisados los antecedentes acompañados a las respectivas solicitudes, las analistas de la Unidad de Reconocimiento de Títulos de esta Subsecretaría constató que se trata de títulos de grado universitario obtenidos posteriormente al l de enero de 2000; que aquellos fueron obtenidos en universidades reconocidas oficialmente; y que, corresponden a carreras o programas que al momento de obtención del respectivo título se encontraban acreditadas por seis años o por al menos dos periodos de tres años por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau); o, con sus convocatorias de acreditación postergadas, según se estableció en el decreto exento Nº 288, de 2021, del Ministerio de Educación.
Que, asimismo, dicha Unidad constató que los antecedentes aportados contaban con su correspondiente apostilla, según lo establecido en la resolución exenta Nº 2.118, de 2019, de la entonces División de Educación Superior, siendo, además, validadas a través de medios electrónicos, motivo por el cual debe concluirse que las solicitudes cumplen con los requisitos establecidos en el referido Acuerdo para acceder al reconocimiento requerido. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que otorga reconocimiento a veintisiete títulos de grado y dos títulos de posgrado, conferidos por instituciones de educación superior argentinas que se indican.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos sexto y séptimo de la Constitución Política de la República; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2019, del Ministerio de Educación; en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Licenciaturas y Títulos de Grado Universitarios entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito el 16 de marzo de 2012; en el decreto Nº 103, de 2013, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620953 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.104 Jueves 20 de Marzo de 2025 Página 3 de 5 Títulos Profesionales y Licenciaturas y Títulos de Grado Universitarios entre la República de Chile y la República Argentina; en la resolución exenta Nº 4.134, de 2019, del Ministerio de Educación, que delega en la Subsecretaria de Educación Superior la facultad de reconocer títulos de grado universitario obtenidos en universidades argentinas; en la resolución exenta Nº 2.118, de 2019, de la entonces División de Educación Superior; en el decreto exento Nº 228, de 2021, del Ministerio de Educación; y, en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Resuelvo: Primero: Reconózcase, en el marco del "Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Licenciaturas y Títulos de Grado Universitarios entre la República de Chile y la República Argentina", suscrito el 16 de marzo de 2012, los títulos de grado obtenidos en las universidades argentinas que se indican a continuación: FECHA DE N.
NOMBRE APELLIDOS DOCUMENTO TÍTULO UNIVERSIDAD TITULACIÓN Cédula de Universidad 03 de diciembre de Daniel 1 Segura Identidad Ingeniero Civil Tecnológica Agustín 2035 N28.455.407-8 Nacional Documento 10 de agosto de Ariadna Nacional de Universidad de 2 Cascone Médico Paula Identidad Mendoza 2007 N29.326.783 Documento Agustín Marzonetto Universidad de Nacional de 3 Médico 26 de julio de 2017 Identidad Ezequiel Lucania Mendoza N35.926.222 Cédula de Universidad 15 de agosto de 4 Rocío Ester Silva Vidal Identidad Médica Adventista del 2024 N19.334.593-K Plata Cédula de Universidad 19 de junio de 2024 5 Ady Belén Varela Acuña Identidad Médica Adventista del N19.536.271-8 Plata Documento Janina Nacional de Universidad de 28 de junio de 2017 6 Di Pietro Díaz Médica Paola Identidad Mendoza N36.652.734 Documento Facundo Nacional de Ingeniero Universidad de 02 de septiembre 7 Luna Ezequiel Identidad Electromecánico Belgrano de 2019 N34.662.867 Documento Leonardo Universidad Nacional de 08 de junio de 2020 8 Gustavo Adaza Médico Nacional de Identidad Emanuel Córdoba N37.645.142 Documento Universidad Verónica Nacional de 9 Martinez Médica Nacional de 25 de julio de 2016 Elizabeth Identidad Córdoba N30.126.427 Documento Florencia Nacional de Universidad 10 Bejas Médica mayo de 2013 Anabel Identidad Nacional de Cuyo N32.627.289 Documento Universidad Gabriela Nacional de 11 Palacio Tejada Médica Nacional de La 12 de abril de 2018 Elizabeth Identidad Rioja N33.966.620 Instituto Documento Universitario de Lucas Nacional de 12 Robles Médico Ciencias de la 12 de julio de 2017 Sebastián Identidad Salud Fundación N34.789.960 H. A. Barceló Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620953 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.104 Jueves 20 de Marzo de 2025 Página 4 de 5 FECHA DE N.
NOMBRE APELLIDOS DOCUMENTO TÍTULO UNIVERSIDAD TITULACIÓN Documento Universidad José Nacional de 25 de junio de 2008 13 Peralta Médico Nacional de Eduardo Identidad Tucumán N24.200.461 Documento María Nacional de Universidad del 14 Espósito Odontóloga 08 de septiembre Eugenia Identidad Salvador de 2021 N38.601.399 Documento Universidad Nacional de 21 de marzo de 15 Candela Martínez Médica Nacional de Identidad 2023 Córdoba N40.751.947 Cédula de Universidad Marta Licenciada en 20 de octubre de 16 Barrera Pérez Identidad Nacional de La Ignacio Psicología 2021 N17.809.212-K Plata Cédula de Universidad de 01 de agosto de 17 Luis Felipe Hidalgo Bazo Identidad Médico Mendoza 2024 N18.406739 -0 Documento María Nacional de Universidad 06 de febrero de 18 España Médica Josefina Identidad Austral 2017 N35.348.546 Instituto Documento Universitario de Nacional de 19 Pablo Ariel Martínez Médico Ciencias de la 04 de julio de 2012 Identidad Salud Fundación N24.963.554 H.
A. Barceló Cédula de Universidad Ángela 20 Galaz Pérez Identidad Arquitecta Nacional de 09 de abril de 2018 Carolina N25.399.136-4 Córdoba Instituto Documento Universitario de David Nacional de 02 de enero de 21 Sierra Pineda Médico Ciencias de la Esteban Identidad 2023 Salud Fundación N94.949.936 H.
A. Barceló Documento Universidad de María Nacional de Ciencias 11 de febrero de 22 del Pedro Médica Virginia Identidad Empresariales y 2014 N30.643.238 Sociales Cédula de Universidad Rayen Luna Cabrera 29 de agosto de 23 Identidad Médica Nacional de Millaleo 2024 N18388.002 -0 Rosario Documento Universidad Nacional de 15 de octubre de 24 Agustina Del Ponte Médica Nacional de Identidad 2024 Rosario N41.634.969 Documento Fugazzotto de Nacional de Universidad 25 Juan Jesús Médico mayo de 2013 la Cruz Identidad Nacional de Cuyo N33.440.054 Documento Universidad Manuel 14 de junio de 2022 Nacional de 26 García Abogado Nacional de Ignacio Identidad Lomas de Zamora N36.308.576 Documento Universidad Natalia 06 de mayo de Nacional de 27 Veiga Médico Nacional del Identidad Gabriela 2011 Comahue N31.013.514 Segundo: Reconózcase, en el marco del "Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Licenciaturas y Títulos de Grado Universitarios entre la República de Chile y la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620953 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.104 Jueves 20 de Marzo de 2025 Página 5 de 5 República Argentina", suscrito el 16 de marzo de 2012, los títulos de maestría y doctorado obtenido en la República Argentina que se indica a continuación: FECHA DE N.
NOMBRE APELLIDOS DOCUMENTO TÍTULO UNIVERSIDAD TITULACIÓN Cédula de Magíster en Martín José Universidad 16 de agosto de 1 Davis Kamlos Identidad Propiedad Austral 2018 N16.095.790-5 Intelectual Cédula de Orlando Robles Doctor en Universidad 31 de mayo de 2 Identidad Omar Palacios Educación Católica de Cuyo 2024 N16.053.947-K Tercero: Contra la presente resolución procederá el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante esta Subsecretaría de Educación Superior en el plazo de cinco días contados desde su notificación, y en subsidio, podrá interponerse el recurso jerárquico, de conformidad a lo establecido en el artículo 59 de la ley Nº 19.880. Anótese, notifíquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese. - Por orden del Ministro de Educación, Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620953 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl