Decreto exento número DEXE202500126, de 2025.- Declara prórroga de Zona de Interés Turístico Río Puelo, Cochamó y Hualaihué
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.211 Miércoles 30 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2675971 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Turismo DECLARA PRÓRROGA DE ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO RÍO PUELO, COCHAMÓ Y HUALAIHUÉ Núm. DEXE202500126exento. - Santiago, 18 de julio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en el decreto supremo Nº 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto exento folio Nº DEXE202100127, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el acuerdo Nº 1.2 del Acta de la sesión ordinaria Nº 30 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 27 de marzo de 2025; y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1. - Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la ley Nº 20.423, un territorio puede ser declarado Zona de Interés Turístico cuando posee condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y de una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado en dicho territorio. 2.- Que, según dispone el artículo 8 numeral 7) de la ley Nº 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico. 3.- Que, mediante decreto exento folio Nº DEXE202100127, de 28 de julio de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se declaró la Zona de Interés Turístico denominada "Río Puelo, Cochamó y Hualaihué". 4.- Que, según dispone el inciso segundo del artículo 18 del decreto supremo Nº 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento que fija el procedimiento para la declaración de Zonas de Interés Turístico, la prórroga de una Zona de Interés Turístico podrá ser presentada ante la Subsecretaría de Turismo por el Director Regional del Servicio Nacional de Turismo, como presidente de la Mesa Público-Privada, y con acuerdo de ésta, junto con un informe de cumplimiento de las acciones y objetivos formulados en el Plan de Acción durante la vigencia de la declaración y, de otros logros de la gestión, si los hubiere.
Asimismo, deberá entregar una propuesta de actualización del Plan de Acción para los siguientes cuatro años. 5.- Que, con fecha 28 de enero del año 2025, la Directora Regional de Los Lagos del Servicio Nacional del Turismo presentó una solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada "Río Puelo, Cochamó y Hualaihué", dentro del plazo señalado en el artículo 18 del referido decreto supremo Nº 30, de 2016.6.- Que, según consta en el Acta de la sesión ordinaria Nº 30 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 27 de marzo de 2025, mediante acuerdo Nº 1.2 se aprobó por unanimidad la solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada "Río Puelo, Cochamó y Hualaihué" en la Región de Los Lagos. 7.- Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del decreto supremo Nº 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, corresponde a esta Secretaría de Estado declarar la prórroga de la Zona de Interés Turístico respectiva. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2675971 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.211 Miércoles 30 de Julio de 2025 Página 2 de 2 Decreto: Artículo primero. - Declárase la prórroga de la Zona de Interés Turístico "Río Puelo, Cochamó y Hualaihué" al territorio conformado por parte de las comunas de Cochamó y Hualaihué, de la Región de Los Lagos, cuyos polígonos son los siguientes: Artículo segundo. - Los límites del territorio de la Zona de Interés Turístico "Río Puelo, Cochamó y Hualaihué" están determinados por los siguientes vértices con sus coordenadas geográficas referenciales: ZOIT Río Puelo, Cochamó y Hualaihué Latitud Longitud Vértice 1 4119'4.78"S 72 5'44.11 "O Vértice 2 4154'49.96 "S 7252'33.16 "O Vértice 3 4229'0.79"S 7219'33.37 "O Vértice 4 4157'32.89 "S 7148'47.41 "O Artículo tercero. - Publíquese el polígono y las coordenadas geográficas oficiales de todos los vértices de la Zona de Interés Turístico "Río Puelo, Cochamó y Hualaihué" en formatos disponibles "shapefile" o "KMZ" en la página institucional, www.subturismo.gob.cl, quedando a disposición del público para consulta a partir de la dictación del presente acto. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2675971 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl