Decreto exento número DEXE202500120, de 2025.- Declara prórroga de Zona de Interés Turístico Putaendo, Capital Patrimonial del Aconcagua
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.212 Jueves 31 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2676076 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Turismo DECLARA PRÓRROGA DE ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO “PUTAENDO, CAPITAL PATRIMONIAL DEL ACONCAGUA” Núm. DEXE202500120 exento. - Santiago, 9 de julio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en el decreto supremo N 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto exento folio N DEXE202100130, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el acuerdo N 1.2 del Acta de la sesión ordinaria N 30, del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 27 de marzo de 2025, y en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1. - Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la ley N 20.423, un territorio puede ser declarado Zona de Interés Turístico cuando posee condiciones especiales para la atracción turística y que requieramedidas de conservación y de una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado en dicho territorio. 2.- Que, según dispone el artículo 8 numeral 7) de la ley N 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico. 3.- Que, mediante decreto exento folio N DEXE202100130, de 28 de julio de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se declaró la Zona de Interés Turístico, denominándola “Putaendo, Capital Patrimonial del Aconcagua”. 4.- Que, según dispone el inciso segundo del artículo 18 del decreto supremo N 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento que fija el Procedimiento para la declaración de Zonas de Interés Turístico, la prórroga de una Zona de Interés Turístico podrá ser presentada ante la Subsecretaría de Turismo por el Director Regional del Servicio Nacional de Turismo, como presidente de la Mesa Público-Privada, y con acuerdo de ésta, junto con un informe de cumplimiento de las acciones y objetivos formulados en el Plan de Acción durante la vigencia de la declaración yde otros logros de la gestión, si los hubiere.
Asimismo, deberá entregar una propuesta de actualización del Plan de Acción para los siguientes cuatro años. 5.- Que, con fecha 28 de enero del año 2025, la Directora Regional (S) de Valparaíso, del Servicio Nacional del Turismo, presentó una solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada “Putaendo, Capital Patrimonial del Aconcagua”, dentro del plazo señalado en el artículo 18 del referido decreto supremo N 30, de 2016.6.- Que, según consta en el Acta de la sesión ordinaria N 30, del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 27 de marzo de 2025, mediante acuerdo N 1.2 se aprobó por unanimidad la solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada “Putaendo, Capital Patrimonial del Aconcagua” en la Región de Valparaíso. 7.- Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del decreto supremo N 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, corresponde a esta Secretaría de Estadodeclarar la prórroga de la Zona de Interés Turístico respectiva. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2676076 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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