Resolución exenta número 196, de 2025.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados, en tramo y vía que indica de la comuna de Vallenar, Región de Atacama
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.159 Miércoles 28 de Mayo de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2650647 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍA QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 196 exenta. - Copiapó, 14 de mayo de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 ; en los artículos 107 y 113 del DFLNº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N 39, de 1992 y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la solicitud de prohibición de circulación de vehículos, de fecha 28 de abril de 2025, y antecedentes presentados por don Juan Francisco Carrasco Valencia, en representación de la empresa Ecohouses Limitada; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud de “Prohibición de Circulación”, de fecha 28 de abril de 2025, presentada en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama por don Juan Francisco Carrasco Valencia, en Limitada representación de la empresa “Ecohouses ”, RUT 76.164.419-K, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de la obra de “Conexión de Agua Potable y Alcantarillado, para Abastecer al Policlínico ASCH de Vallenar”, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, desde el 24 de abril de 2025hasta el 30 de mayo de 2025, en todo horario, en la siguiente vía de la comuna de Vallenar: - Calle Faez, calzada norponiente, sentido unidireccional de poniente a oriente, entre Avenida Matta y calle Atacama. 2. Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: a) Plan de Señalización.
“Conexión Agua Potable y Alcantarillado Domiciliario -Policlínico ASCH Faez N 165 Comuna de Vallenar”. b) Certificado Nº DTT-C00169-2025, de fecha 24 de abril de 2025, del Director de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Vallenar, que manifiesta, entre otros, no tener inconveniente para que se ejecuten las obras. c) Informe para pago de derechos de inspección pavimentos N 9/2025, del jefe provincial del Servicio de Vivienda y Urbanizaciónde la provincia del Huasco. 3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. 4.
Que, el DFLN 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2650647 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.159 Miércoles 28 de Mayo de 2025 Página 2 de 2 “Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.”. “El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.”. 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFLNº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, hasta el 30 de mayo de 2025, en todo horario, en la siguiente vía de la comuna de Vallenar: - Calle Faez, calzada norponiente, sentido unidireccional de poniente a oriente, entre Avenida Matta y calle Atacama. 2. En el tramo señalado, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación la señalada en el resuelvo Nº 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de transporte público no serán afectados por la medida. 4.
El responsable a cargo de las obrasdeberá respetar estrictamente el período de cierre de las calles en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía”, Capítulo 5, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFLNº 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Carla Orrego Esquivel, SecretariaRegional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Atacama. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2650647 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl