Ordenan medidas provisorias a iglesia por ruidos molestos
Ordenan medidas provisorias a iglesia por ruidos molestos Por resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente Ordenan medidas provisorias a iglesia por ruidos molestos Se realizó una inspección en noviembre a propósito de una denuncia, logrando detectar incumplimientos a la normativa de emisión de ruidos. La iglesia tiene 15 días hábiles para realizar cambios. ruidos. La iglesia tiene 15 días hábiles para realizar cambios. La SMA tiene una normativa que regula los ruidos molestos. Por Karlyny Silva Leal Farimasivacdarivesurdl on cuatro las accionesquela Surzintndercadeeño mbiente(SMA)ordenócomo medidas provisionales a un centro de culto ubicado en la co. munade Concepción durante un periodo de 15 días. Esto se debe a que quienes protagonizan estas intervencionesreligiosassuperan la Norma de Emisión de Ruidos. Durante este año, la SMA reci bió una denuncia ciudadana por lasactividades de la Iglesia Pente costal "Ha de venir" ubicada enel sector Las Princesas de Concep ción. En una inspección ambien tal realizada en noviembre para realizar mediciones de nivel de presión sonora corregido (NPO), de acuerdo alas disposiciones de laNorma de Ruido del Ministerio. En dicha inspección, realiza da tanto en horario diurno co monocturno, el resultado arro jó superaciones de 14,21 y 24 decibeles en las tres medicio nes, superando el límite estable cido.
Los ruidos percibidos por el personal de la Superinten dencia corresponden a cánticos, prédicacon amplificación, mú sica en vivo con batería y otros sica en vivo con batería y otros sica en vivo con batería y otros sica en vivo con batería y otros sica en vivo con batería y otros sica en vivo con batería y otros sica en vivo con batería y otros instrumentos musicales.
MEDIDAS PROVISORIAS Tras acreditar esta infracción a la norma, la SMA ordenó al recinto adoptar cuatro medidas provisionales preprocedimi tales, Estas no impiden el funcionamiento del establecimiento, pero sí modificando el ejercicio del mismo, pues se busca que respeten los límites de emisión de ruido.
En detalle, la primera medida consiste en elaborar una repro gramación de los cultos y activi dades que se desarrollan en la iglesia para que sean de lunes a viernesentre las 9:00 y 20:00 ho ras, mientras que los sábados y domingos sean de 12:00 a 19:00 horas.
Á contar desde la notificación, la iglesia deberá presen: tarla reprogramación a la Supe rintendencia. rintendencia. rintendencia. rintendencia. e Riesgos a la salud La exposición a contaminación acústica trae consigo diversos efectos sobre la salud de las personas, como desempeño cognitivo disminuido, depresión, entre otros. disminuido, depresión, entre otros.
En segundo lugar, se pidió un informe técnico de diagnóstico de problemas acústicos, que con: sidere a lo menos un levanta. miento de las características del sistema de amplificación del lo cal junto con las características y materialidad de las estructuras principales del inmueble. Estein forme debeser presentado en un Plazo de 15 días hábiles desde la notificación.
También se ordenó la imple mentación de mejoras propues tas por el informe entregado por la SMA, lo cual se debe realizar con el apoyo del profesional que lo elaboró, también con una eje cución de 15 días hábiles.
Por último, la SMA prohibió el uso de equipos de amplificación eléctrica o similares, junto con el uso de instrumentos de percu sión como baterías y bombos, con elobjetivo de reducirel conjunto de emisiones acústicas combinadas, provenientes de las activida des realizadas al interior y exte riordelinmueble durante losser vicios religiosos. Inicialmente esta prohibición considera 15 días hábiles, sinembargo, este plazo puede extender sesi la iglesia no implementa las mejoras señaladas previamente. mejoras señaladas previamente. mejoras señaladas previamente. mejoras señaladas previamente. mejoras señaladas previamente..