Autor: J.P. PALACIOS Y N. BIRCHMEIER
SII restringe uso de facturas en restaurantes y supermercados; empresarios cuestionan la medida
SII restringe uso de facturas en restaurantes y supermercados; empresarios cuestionan la medida El Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó ayer una resolución que refuerza las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes, restringiendo su uso exclusivamente a la compra de bienes o servicios relacionados con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho a devolución de IVA. La medida tiene como fin potenciar el combate a la evasión tributaria. En qué consiste el planLa resolución establece de manera expresa que este tipo de establecimientos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. En ese contexto, no procederá la emisión de facturas para transacciones que involucren bienes o servicios de consumo personal o que no se encuentren directamente relacionados con el giro o actividad económica del comprador.
El SII precisó que en supermercados y restaurantes, quien pague la cuenta debe presentar su Cédula RUT Electrónica (identificador tributario), donde conste que está autorizado y registrado para porte y uso del documento, presentar carnet de identidad e indicar el motivo del consumo, lo que deberá quedar explícitamente reflejado en el detalle de la factura. “Una empresa tiene un giro, entonces si se compran cosas que están relacionadas con el giro y que son razonablemente del giro, no va a haber problema.
Pero si hay un carro de supermercado, que tiene quesitos, pisco, un buen vino, una serie de productos... obviamente, no son necesarios para producir la renta de una empresa”, graficó el director del SII, Javier Etcheberry. Refuerza control al uso indebido de documento que implica devolución de IVA:normativa. restaurante Rivoli, también cuestionó la resolución: “Fiscalizar si podemos emitir una factura no es un trabajo que nos corresponde. Ese es trabajo del SII”. En tanto, Hugo Hurtado, socio líder de Tax & Legal de Deloitte, advierte que hay casos en los cuales las compras sí cumplen con los requisitos legales. “Por ejemplo, materiales o insumos para oficinas u otros materiales de trabajo, y el contribuyente tiene el legítimo derecho para hacer uso del IVA y del gasto, de acuerdo a la normativa vigente. En estos casos no debe ser privado del beneficio por un plan de fiscalización excesivamente riguroso”, explicó. El presidente de la comisión tributaria del Colegio de Contadores, Juan Alberto Pizarro, plantea que la fiscalización deberá ser caso a caso. “Se requerirá flexibilidad en el control, ya que pueden ser gasto que se encuentren asociados al interés, desarollo o mantencion del giro, siendo válido solicitar factura para acreditar dicho gasto”, dijo. Las firmas de supermercados SMU, Cencosud, Walmart y Tottus (Falabella) declinaron entregaron declaraciones. VIGENCIAEl plan de control del SII sobre emisión de facturas entrará en vigencia desde el 1 de marzo.
OLLAVRACNÁITSIRCrresponda, será sancionado con multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM ($134.588 ) y un m á x i m o d e 4 0 UTA ($32.301.120), pudiendo ser sancionados con clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se hubiese cometido la infracción.
En tanto, el comprador que pida factura cuando no corresponde, recibirá una multa de h a s t a 2 0 UTM ($1.345.880 ).Las reacciones a la resoluciónEn el sector gastrónico recibieron con reparos el plan del SII. “Lo que están haciendo es convertir a los restaurantes en casi fiscalizadores. En eso no estamos muy de acuerdo porque si una persona va a un restaurante y pide factura, no podemos negarnos y estamos obligados a dársela”, sostiene Max Picallo, presidente de Achiga. Massimo Funari, fundador delLa resolución mandata que el supermercado que cuente con más de 10 cajas solo podrá disponer de un 10% de las cajas para emisión de estos documentos tributarios. En caso contrario, solo podrá disponer de 1 caja para la emisión de facturas. Dicha caja también podrá emitir boletas. En el caso de los supermercados que, principalmente, pro-veen productos para comercios minoristas no habrá un límite en relación con el número de cajas donde se puedan emitir facturas.
Respecto de los restaurantes, el director del SII, Javier Etcheberry, explicó que la emisión de facturas estará restringida exclusivamente a cuando los bienes adquiridos estén directamente relacionados con el giro oactividad económica del contribuyente que realiza el consumo en el local, no pudiendo entregarse facturas en actividades personales o familiares. En esos casos deberá emitir una boleta afecta a IVA. El SII estableció que el restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que co-. Comercios solo podrán disponer de una caja para la emisión. Expertos advierten que el plan se deberá aplicar con “flexibilidad” para no afectar adquisiciones que sí cumplen normativa. Refuerza control al uso indebido de documento que implica devolución de IVA: Supermercados y restaurantes que incumplan la normativa serán sancionados con multa de hasta un 500% del monto de la operación.