Ley de pago “a 30 días”
Ley de pago “a 30 días” En En segundo trámite constitucional, constitucional, en el Senado, está el proyecto de ley sobre “pago a 30 dÍas que otorga mérito ejecutivo ejecutivo a la copia de la factura que emiten emiten las empresas. La iniciativa busca busca cambiarlas condiciones actuales de pago a las pymes, que se ven afectadas en su liquidez finanaera debido a los airases de sus clientes.
Se trata de resolver una discusión levantada por los gremios de las micro y pequeñas empresas, principalmente, principalmente, desde hace al menos dos décadas, que alegan extensas demoras e incumplimientos en los pagos por prestación de servicios. Esta situación por supuesto afecta a los camioneros, que a veces esperan esperan hasta 120 días para sus cancelaciones. cancelaciones.
Luego de su primer trámite en la Cámara de Diputados, el Senado debiera dar curso final a la iniciatiCastigos iniciatiCastigos tributarios y registro de malos pagadores son puntos centrales de proyecto que permitiría bajar tiempos de pagos a las Pymes va.
El proyecto define como ideas fundantes los siguientes elementos: 1) se busca corregir que la actual ley de pago a 30 días, que asume que el no pago de una factura dentro dentro de plazo es un problema entre dos privados, y en igual posición negodadora. 2) ahora se parte de un enfoque distinto: hay asimetría entre compradores y vendedores, especialmente si son empresas de distinto tamario. 3) se fortalece el rol del Estado para proteger a quien se encuentra en la posición más desventajosa. Esto, a través de la designación de la jefatura de la Unidad de Adquisiciones como responsable responsable de la recepción conforme. 4) Las propuestas hacen eco de las principales demandas de gremios Pynes. Entre las malas prácticas de los compradores se considera retrasar la emisión de factura mediante el Ley de pago “a 30 días”. Ley de pago “a 30 días” expediente de solicitar exigencias ro legales. También, el mal uso de reclamación de la factura factura para retrasar el inicio del plazo de pago. Finalmente, no se trata solo de demoras en éstos, éstos, sino que los proveedores afectados tienen que enfrentar la obligación de cancelar sus iva sin haber recibido el pago de su factura. Concordancia en medidas propuestas Desde el sector privado se han levantado contenidos contenidos para aportar soluciones.
Entre estos, la eliminación universal de acuerdos de pago con plazo superiores a los 30 dias. rambién, la creación de un sistema universal obligatorio de registro de pagos a cargo de Impuestos Internos, Internos, lo que haría posible tener información fidedigna sobre los tiempos de pago. Y, principalmente, principalmente, aplicar des incentivos tributarios en forma automática a los malos pagadores. Se incluye, además, publicar listado de estos últimos. últimos.
Otío concepto es la aplicación de castigos tributanos tributanos para los malos pagadores, como que el Sil decretará cambio de sujeto pagador del IVA (por un año). Si continua el mal coniportamiento, coniportamiento, decretará condicionar el uso del crédito crédito fiscal de cada factura a su pago (por seis meses, renovables). Desde el sector público los puntos centrales son que para resguardar el uso correcto de recursos fiscales, la recepción conforme de la factura deberá real[zarse previo al pago, ya que actualmente no existe daridad del momento exacto. Asimismo, para entregar certezas, la recepción conforme deberá ocurrir dentro de 8 días corridos desde la entrega de bienes o prestación de servicios. Un tercer elemento es el reconocimiento legal de la Plataforma de Pago Automatizado, PAA, y publicación de reportes reportes anuales de tiempos de pagos. Objetivo señalado es la rebaja de tiempo de pago de facturas en sistema PPA de 30 a 20 días corridos. Para casos en que no procede pago centralizado continúa en 30 días. Plazo máximo para cancelar, y solo en casos fundados, fundados, desde 60 a 45 días..