COLUMNAS DE OPINIÓN: La ley de humedales urbanos y sus desafíos
COLUMNAS DE OPINIÓN: La ley de humedales urbanos y sus desafíos ENFOQUE Es pertinente que la ley distinga los ecosistemas acuáticos en función de su dinámica ambiental y características ecológicas y funcionales.
La ley de humedales urbanos y sus desafíos La Ley Nº 21.202, representa un avance significativo en la conservación y protección de los humedales urbanos en Chile, ya que reconoce el valor ecológico de estos ecosistemas acuáticos y entrega herramientas legales que permiten proteger los mismos. Sin embargo, la aplicación práctica de la ley no ha tenido los resultados esperados, hay diversas situaciones que merecen ser revisadas y mejoradas, de tal modo de alcanzar de manera Pedro Cisterna Osorio Dr. Ingeniería AmbientalUBB eficaz el objetivo principal que motivó la promulgación de esta ley, proteger efectivamente los humedales urbanos.
Uno de los principales aspectos cuestionables de la presente ley, es que no reconoce la diversidad de los ecosistemas acuáticos y sus características singulares, por lo que son agrupados y clasificados bajo el término de "humedales" en la ley, donde son incluidas las lagunas, lo que es particularmente crítico en el Gran Concepción, dada la considerable cantidad de lagunas urbanas existentes. Por lo que es pertinente que la ley distinga los ecosistemas acuáticos en función de su dinámica ambiental y características ecológicas y funcionales. Esta diferenciación mejoraría significativamente su conservación y sus planes de gestión sustentables. La comparación con normativas internacionales ha revelado que Chile ha avanzado en alinearse con estándares globales de protección de ecosistemas acuáticos, como los establecidos por la Convención Ramsar. Sin embargo, existen áreas donde la legislación chilena podría beneficiarse de prácticas implementadas en otros países, especialmente en cuanto a la implementación de planes de manejo diferenciados para cada tipo de ecosistema acuático.
Es esencial que la legislación chilena avance hacia una mayor especificidad en la protección, reconociendo las singularidades de cada ecosistema acuático, tal que se establezca legalmente, por ejemplo, la diferencia entre un humedal urbano y una laguna urbana.
La adopción de planes y estrategias que reconocen las diferencias sustantivas entre los distintos ecosistemas acuáticos permitirá una protección más efectiva y contribuirá a la resiliencia y sostenibilidad de estos ecosistemas frente a las presiones urbanísticas y los impactos del cambio climático.. -