Acciones temerarias en evacuaciones de emergencia podrían ser sancionadas
Acciones temerarias en evacuaciones de emergencia podrían ser sancionadas ANTE AMENAZA DE TSUNAMI, TRAS LO VISTO DURANTE JORNADA DEL MIÉRCOLES Acciones temerarias en evacuaciones de emergencia podrían ser sancionadas Autoridades en materia de gestión de riesgos y emergencias reconocen el peligro que representan quienes no acatan. Existe en el Código Penal el castigo a la desobediencia hacia la autoridad.
El grupo objetivo que el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) tenía en la Región del Biobío para evacuar, dado el peligro este miércoles 30 de julio, era de 550 mil personas, aproximadamente, que son aquellos que viven en la zona de riesgo del tsunami, de acuerdo con lo que mencionó el director Regional, Alejandro Sandoval. En ese contexto, la evaluación general de la jornada fue positiva. "Se evidenció, efectivamente, que mucha gente realizó la salida desde las zonas de riesgo hacia espacios seguros. También hubo una muy buena respuesta por parte de los municipios que son los encargados de realizar y dirigir estos procesos de evacuación", detalló.
Explicó que se vio un proceso ordenado con el apoyo de Carabineros, de la PDI, Bomberos y otros organismos de primera respuesta. "Lo que sí es difícil dimensionar finalmente con qué grado de efectividad llegamos, porque la gran mayoría de las personas realizó la evacuación con antelación, dado que este era un tsunami de campo lejano que tenía el tiempo necesario", agregó Sandoval.
Desobediencia Sin embargo, durante la alarma de tsunami y el anuncio de la necesidad de dejar el borde costero, fue posible observar a diferentes personas que realizaban acciones temerarias, como observar desde la playa los movimientos de mar durante la tarde y el anochecer del miércoles.
Respecto de ese tipo de conductas, Sandoval comentó que no existe en la normativa actual una sanción para aquellas personas que hacen caso omiso al llamado a la autoridad ante evacuaciones por peligro latente. "Por lo tanto, nuestro esfuerzo permanente es poder fomentar una cultura preventiva que las personas entiendan los riesgos (... ) Porque, finalmente, ponen en riesgo no solo su vida y sino también, lamentablemente, la vida de otros porque se exponen los organismos de primera respuesta que tienen que atender esas situaciones", apuntó.
Como director de Senapred, Alejandro Sandoval, aseguró que deben apelar a la conciencia de las personas y seguir trabajando en medidas de prevención orientadas a la educación de quienes habitan y visitan nuestra Región respecto de cuáles son los riesgos a los que se enfrentan. "El interés máximo del Servicio, el mandato constitucional, es salvaguardar la vida de las personas como primera prioridad", estableció.
Cabe mencionar que, en esta oportunidad, la evacuación dio tiempo suficiente para que muchas familias pudieran encontrar espacios como el hogar de algún ser querido donde trasladarse o, incluso, en los albergues que habiCecilia Bastías Jerez cecilia.bastias@diarioconcepcion.cl FOTO: ISIDORO VALENZUELA M.. Acciones temerarias en evacuaciones de emergencia podrían ser sancionadas litaron municipios para guarecerse ante el sistema frontal que también afectaba a la Región. "Mucha gente salió mucho antes de que nosotros lanzáramos el mensaje SAE que disponía esta evacuación", detalló Sandoval.
Lo anterior, no ocurriría si se tratara de un tsunami de campo cercano por un sismo mayor, detalló el director de Senapred. "En ese caso, hay muy poco tiempo para reaccionar y el proceso de evacuación es un poco distinto, porque lo deseable en esa situación es que la gente salga a pie a través de las vías de evacuación hacia las zonas seguras", especificó. "Sabemos que alrededor de 1.500 personas utilizaron albergues y estos lugares establecidos por los municipios donde se pudieron permanecer las personas con cierto apoyo por parte de los equipos mientras duraba este proceso de evacuación", comentó Sandoval.
Bomberos Uno de los principales equipos de primera respuesta, está representado por Bomberos, en ese contexto Felipe Meneses, comandante del Cuerpo de Bomberos de Concepción, destacó que las conductas temerarias durante procesos de evacuación no sólo pueden afectar individualmente a quienes las cometen, sino que pueden tener consecuencias colectivas, propiciando la generación de pánico. Dado que generalmente en estos procesos existe miedo ante una amenaza, el comandante de Bomberos señaló que las acciones fuera de la prudencia pueden contribuir a que otras personas se accidenten.
El jefe del Cuerpo de Bomberos de Concepción también resaltó que las conductas temerarias exponen de forma innecesaria a los servicios de emergencia y de rescate. "Distrayendo recursos valiosos para tener que controlar una acción que no se condice con el bien común. Por otro lado, las conductas de los adultos son rápidamente absorbidas por niños y niñas, y es importante ser un buen ejemplo de solidaridad y respeto mutuo", indicó.
A modo de recomendación, el comandante Meneses, estableció que "lo principal es tomar en serio estos procesos, respetar las instrucciones impartidas por la autoridad, informarse solo mediante fuentes oficiales y no hacerse partícipe de rumores, conocer los planes de emergencia de las comunas donde habitan o trabajan, reconocer las vías de evacuación y las zonas seguras según el tipo de amenaza, contar con un plan de emergencia familiar". ¿Sanción para temerarios? Pese a que no existe una norma especial para quienes cometen acciones impropias en situaciones de peligro como un tsunami, lo que hay es normativa general que castiga la desobediencia a la autoridad.
Respecto de la posibilidad de castigar en el contexto de la actual normativa chilena, el académico Jorge Lorca, profesor del Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Concepción y fiscal adjunto del Ministerio Público de la Fiscalía de Concepción, señaló que en el Artículo 496, N 1 del Código Penal, se considera una falta y tiene una multa, la desobediencia a las órdenes que imparte la autoridad. "Respecto a los particulares y siempre que ésta no constituya otro delito". "Sufrirán la pena de multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales: 1.
El que faltare a la obediencia debida a la autoridad dejando de cumplir las órdenes particulares que ésta le diere, en todos aquellos casos en que la desobediencia no tenga señalada mayor pena por este Código o por leyes especiales", versa el cuerpo legal.
Para el docente UdeC, es complejo poder establecer como un delito el hecho de tener conductas temerarias en caso de una evacuación como, por ejemplo, quedarse a la orilla de la playa en medio de una alerta de tsunami. "La garantía principal que tenemos todos los ciudadanos es la libertad. Entonces podemos estar donde queramos mientras que la autoridad no lo prohíba legítimamente. Pero (el Artículo 496) no es una gran sanción, es una multa", detalló. En otro aspecto, está tipificada como conducta temeraria y se sanciona el caso de conducir a exceso de velocidad, porque se pone en peligro a otras personas, explicó Lorca.
Acerca de cómo más podría ser sancionada una acción de este tipo, el académico indicó que "en un hipotético proyecto de ley, quizás lo que se podría arreglar que esas conductas, en definitiva, ponen en riesgo a terceros en la medida que la autoridad, como la Armada, o Carabineros que van a tener que rescatar a estos sujetos", mencionó el abogado.
Como lo anterior genera un perjuicio para el Estado y hay que disponer recursos, Lorca comentó que "lo mismo, los excursionistas que van a la montaña sin los elementos mínimos generan todo un gasto, porque hay que movilizar helicópteros (... ) quizás, que sea una responsabilidad civil y que respondan por los gastos. Pero no como delito, creo que sería mucho extrapolarlo, sería demasiado, un Estado policiaco". OPINIONES Twitter @DiarioConce contacto@diarioconcepcion.cl FOTO: ISIDORO VALENZUELA M..