MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA CVE 2789643 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.414 Martes 31 de Marzo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2789643 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA TRAMOS QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) (Resolución) Núm. 105 exenta. Copiapó, 9 de marzo de 2026. Núm. 105 exenta. Copiapó, 9 de marzo de 2026.
Visto: Visto: Lo dispuesto en la ley N 18.059 ; en los artículos 107 y 113 del DFL N 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N 39, de 1992 y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la solicitud de prohibición de circulación de vehículos, de fecha 24 de febrero de 2026, y antecedentes presentados por don Juan Francisco Carrasco Valencia, en representación de la empresa Ecohouses limitada; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa vigente que resulte aplicable. vigente que resulte aplicable. Considerando: Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud de "Prohibición de Circulación", de fecha 24 de febrero de 2026, presentada en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama por don Juan Francisco Carrasco Valencia, en representación de la empresa "Ecohouses Limitada" RUT 76.164.419-K, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de las obras de rotura y reposición de pavimento, por "Conexión de Agua Potable y Alcantarillado, para Abastecer al Policlínico ASCH de Vallenar", la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, desde el 2 de marzo de 2026, hasta el 10 de abril de 2026, en todo horario, en las siguientes vías y tramos de la comuna de Vallenar: tramos de la comuna de Vallenar: Calle Fáez, calzada norponiente, sentido unidireccional de poniente a oriente, entre avenida Matta y calle Atacama. Calle Atacama, calzada norponiente, sentido unidireccional de norte a sur, entre calle Fáez y calle Serrano. y calle Serrano. 2.
Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: antecedentes: a) Plan de Señalización. "Conexión Agua Potable y Alcantarillado Domiciliario Policlínico ASCH Fáez N 165 comuna de Vallenar" b) Certificado N DTT-C000117-2026, de 23 de febrero de 2026, del Director de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Vallenar, que manifiesta, entre otros, no tener inconveniente para que se ejecuten las obras. inconveniente para que se ejecuten las obras. inconveniente para que se ejecuten las obras.. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.414 Martes 31 de Marzo de 2026 Página 2 de 2 CVE 2789643 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl c) Informe para pago de derechos de inspección pavimentos N 9/2025, del Jefe Provincial del Servicio de Vivienda y Urbanismo de la provincia del Huasco. del Servicio de Vivienda y Urbanismo de la provincia del Huasco. 3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando anterior. 4.
Que, el DFL N 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: inciso primero, respectivamente, que: "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.". "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.". Vialidad, según corresponda.". 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, hasta el 10 de abril de 2026, en todo horario, en las siguientes vías y tramos de la comuna de Vallenar: 2026, en todo horario, en las siguientes vías y tramos de la comuna de Vallenar: Calle Fáez, calzada norponiente, sentido unidireccional de poniente a oriente, entre avenida Matta y calle Atacama. Calle Atacama, calzada norponiente, sentido unidireccional de norte a sur, entre calle Fáez y calle Serrano. y calle Serrano. 2. En el tramo señalado, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación la señalada en el resuelvo N 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de transporte público no serán afectados por la medida. 4.
El responsable a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ( www.conaset.cl ), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL N 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. Carla Orrego Esquivel, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones..