Decreto exento número 202400167, de 2024.- Actualiza Zona de Interés Turístico Nacional Colchane
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.029 Viernes 20 de Diciembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2585096 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño ACTUALIZACIÓN DE ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO NACIONAL COLCHANE Núm. DEXE 202400167. - Santiago, 5 de diciembre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; el decreto supremo N 30 de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el reglamento que fija el procedimiento para la declaración de zonas de interés turístico; el decreto supremo N 172 de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; el decreto ley N 1.224 de 1975, que crea el Servicio Nacional de Turismo; la resolución exenta N 560 de 2008, del Servicio Nacional de Turismo, yen las resoluciones N 7 de 2019, y N 14 de 2022, ambas de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que, de acuerdo con lo establecido en el art. 8 de la ley N 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico (en adelante también “ZOIT”). 2.
Que, mediante resolución exenta N 560 de 4 de junio de 2008, del Servicio Nacional de Turismo, amparada bajo la vigencia del decreto ley N 1.224 del año 1975, de este Ministerio, que crea dicho Servicio, se declaró Zona de Interés Turístico Nacional un área de la comuna de Colchane, en la Región de Tarapacá. 3.
Que, según dispone el inciso segundo del artículo 13 de la ley N 20.423, un reglamento normará la forma y condiciones para proceder a la declaración de las ZOIT, la que se realizará por medio de decreto supremo del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, previo acuerdo del Comité de Ministros del Turismo, informe del Servicio Nacional de Turismo (en adelante como “Sernatur”) e informes vinculantes de los municipios cuyos territorios, o parte de ellos, se vean afectados por aquella. 4.
Que, según dispone el artículo 1 transitorio del decreto supremo N 30 de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el reglamento que fija el procedimiento para la declaración de zonas de interés turístico (en adelante, “el reglamento”), dentro del plazo de 36 meses, contado desde la publicación de dicho decreto, las ZOIT declaradas bajo el amparo del decreto ley N 1.224 de 1975, y que no hubiesen sido declaradas o actualizadas bajo el decreto supremo N 172 de 2011, también de este origen, deberán iniciar formalmente un proceso de actualización de acuerdo a las normas del reglamento. 5.
Que, el 29 de noviembre de 2019, la Directora Regional de Tarapacá (S) del Servicio Nacional de Turismo presentó, en tiempo y forma el formulario de postulación de la ZOIT área de la comuna de Colchane, en la Región de Tarapacá, la que fue admitida a tramitación por parte de la Subsecretaría de Turismo mediante resolución exenta N 381 de 4 de diciembre de 2019, procediendo a abrir proceso de consulta pública para disponer de mayores antecedentes y generar procesos de participación ciudadana. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585096 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.029 Viernes 20 de Diciembre de 2024 Página 2 de 3 6.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3, inciso segundo, y 4 del reglamento, el alcalde de la Ilustre Municipalidad de Colchane, mediante el oficio ordinario N 333 de 9 de abril de 2019, remitió informe favorable a la referida declaración de ZOIT. 7.
Que, la Unidad de Gestión Territorial y Medio Ambiente - Subdirección de Desarrollo, del Sernatur, emitió el Informe 4/2019 denominado “Informe por Solicitud de Declaración ZOIT Colchane”, en el cual señala que “apoya la postulación de la ZOIT Colchane siendo ésta coherente tanto territorial como estratégicamente con la definición, visión de destino turístico y núcleo turístico propuesto por la Dirección Regional de Turismo y por los actores que participaron en su conformación”. Conjuntamente, se adjuntaron cartas de apoyo de actores locales relevantes del territorio propuesto. 8.
Que, mediante el oficio ordinario N 10 de 13 de enero de 2020, del Seremi de Economía, Fomento y Turismo de la Región de Tarapacá, se acompañó al Acta de la sesión N 1, celebrada el día 7 de enero de 2020, del Comité de Seremis del Turismo, Región de Tarapacá, donde informan la coherencia de la solicitud con la política regional de turismo y la compatibilidad con los Planes Regionales de Desarrollo. 9.
Que, se acompañó al presente procedimiento administrativo “Respuesta a Consulta Ciudadana Zona de Interés Turístico (ZOIT) Colchane” realizada durante el 14 de febrero y el 26 de marzo del año 2020, por parte de la Subsecretaría de Turismo, donde se manifestó que el proceso de actualización de la ZOIT denominada “Colchane” era compatible con los Planes Regionales de Desarrollo y el actual plan de acción impulsado por la Dirección Regional del Sernatur. Todo lo anterior, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del reglamento. 10.
Que, en virtud del análisis de los antecedentes aportados al presente procedimiento administrativo, se dictó la resolución administrativa exenta N 551 de 13 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, mediante la cual se dio inicio al proceso de formulación del Plan de Acción para el proceso de actualización de la declaración de Zona de Interés Turístico denominada “Colchane”. 11.
Que, mediante el oficio N 123 de 17 de enero de 2022, el Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de Tarapacá, remitió acta de fecha 6 de enero de 2022 correspondiente a primera sesión del Comité de Ministros del Turismo, donde se presentó el Plan de Acción ZOIT “Colchane”, el cual fue aprobado de manera unánime. 12.
Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria respectiva, corresponde declarar la actualización de la Zona de Interés Turístico “Colchane”. Decreto: Artículo primero: Declárase la actualización de la Zona de Interés Turístico “Colchane” al territorio conformado por parte de la comuna de Colchane, de la Región de Tarapacá, cuyo polígono es el siguiente: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585096 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.029 Viernes 20 de Diciembre de 2024 Página 3 de 3 Artículo segundo: Los límites del territorio de la Zona de Interés Turístico “Colchane” están determinados por los siguientes vértices con sus coordenadas geográficas referenciales: Artículo tercero: Publíquese el polígono y las coordenadas geográficas oficiales de todos los vértices de la Zona de Interés Turístico “Colchane” en formato “shapefile” en la página institucional, www.subturismo.gob.cl, quedando a disposición del público para consulta a partir de la dictación del presente acto. Regístrese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585096 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl