Resolución exenta número 1, de 2026.- Delega facultad para suscribir convenios educacionales con Instituciones de Educación Superior
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.356 Jueves 22 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2753926 MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría de Seguridad Pública/ División de Control y Planificación Institucional de las Policías CONVENIOS EDUCACIONALES CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR: DELEGA FACULTAD PARA SUSCRIBIRLOS (Resolución) Núm. 1 exenta. - Santiago, 5 de enero de 2026.
Visto: a) El artículo 51, de la Ley N 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que establece las facultades conferidas al General Director para la dirección y administración de la Institución; b) El artículo 52, letras i) y j), de la Ley N 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que faculta al General Director para representar extrajudicialmente a la Institución en conformidad a la ley, en la celebración de actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean necesarios para el logro de su misión; para delegar, mediante resolución, parte de sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar, en otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre materias específicas; c) Los artículos 3 y 48 de la ley N 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”; d) El artículo 8, letra m), del Reglamento de Documentación y Archivo de Carabineros de Chile, y artículo 4 y siguientes de su Directiva, mediante la Orden General N 3.122, de fecha 11.03.2024, publicada en el B/O. N 5108; e) La orden general N 2.897, de fecha 19.12.2021, publicada en el B/O. N 4989, que aprueba la Directiva para la asignación de becas de estudio otorgadas a Carabineros de Chile; f) La orden general N 2.898, de fecha 19.12.2021, publicada en el B/O. N 4989, que aprueba la Directiva para la suscripción y administración de convenios educacionales de Carabineros de Chile; g) La orden general N 3.308, de fecha 08.08.2025, publicada en el B/O.
N 5192, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Educación, Doctrina e Historia; h) La resolución exenta N 932, de fecha 31.12.2024, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el B/O.
N 5159, que delega la facultad de firmar Convenios Educacionales con Instituciones de Educación Superior en el Director de Educación, Doctrina e Historia de Carabineros de Chile; y i) La resolución N 36, de fecha 19.12.2024, de la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial de fecha 23.12.2024, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; modificada y complementada por su similar N 8, de fecha 24.03.2025, inserta en el Diario Oficial de fecha 12.04.2025. Considerando: 1.
La necesidad de delegar la facultad del General Director de Carabineros, de representar extrajudicialmente a la Institución, en el Director de Educación, Doctrina e Historia, en lo referente a la suscripción de convenios educacionales con Instituciones de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2753926 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.356 Jueves 22 de Enero de 2026 Página 2 de 2 2. Lo anterior, por razones de buen servicio, celeridad administrativa y conveniencia Institucional. Se Resuelve: I.
Delégase en el Director de Educación, Doctrina e Historia, la facultad de firmar, en representación de Carabineros de Chile, los convenios educacionales de interés para el Personal de Carabineros y su grupo familiar, en servicio activo o en situación de retiro, con Instituciones de Educación Superior. II.
Señálase que la autoridad institucional delegada, queda facultada para suscribir los demás documentos que sean necesarios y convenientes, para dar efectivo cumplimiento a los convenios indicados en el numeral precedente, en especial, el acto aprobatorio, debiendo velar, siempre y en todo caso, por el debido resguardo del interés institucional. III.
Determínase que la presente delegación de facultades rige para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el día 31 de diciembre del año 2026, ambas fechas inclusive, y que, en caso de corresponder, antes de la caducidad de este acto administrativo, deberá recabarse una nueva delegación de facultades. IV.
Dispónese que el Director delegado, deberá informar oportunamente, a través de la Secretaría General y Asuntos Internacionales de Carabineros, sobre la gestión asignada remitiendo, además, copia de los actos e instrumentos que se suscriban al amparo de esta resolución, considerando en la distribución al Departamento Desarrollo de Normas, y al Departamento Información Pública y Lobby, a más tardar dentro del quinto día hábil contado desde la firma de los instrumentos.
V. Establécese que corresponderá a la Dirección de Educación, Doctrina e Historia la supervisión y control del debido cumplimiento de las obligaciones contraídas por Carabineros de Chile en virtud de los convenios suscritos y sus modificaciones, debiendo mantener informada al respecto a la Dirección General. Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletín Oficial de Carabineros. - Marcelo L. Araya Zapata, General Director, Carabineros de Chile. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2753926 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl