Resolución exenta número 12, de 2026.- Delega facultades que indica en el Jefe del Departamento de Información Pública y Lobby y deja sin efecto acto administrativo que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.363 Viernes 30 de Enero de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2757707 MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría de Seguridad Pública/ División de Control y Planificación Institucional de las Policías DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y LOBBY Y DEJA SIN EFECTO ACTO ADMINISTRATIVO QUE INDICA (Resolución) Núm. 12 exenta. - Santiago, 12 de enero de 2026.
Visto: a) El artículo 8º, inciso segundo, de la Constitución Política de la República; b) El artículo 51 de la Ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que establece las facultades conferidas al General Director para la dirección y administración de la Institución; c) Lo previsto en el artículo 52, letra j), de la referida ley Nº 18.961, que faculta al General Director de Carabineros para delegar, mediante resolución, parte de sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar, en otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre materias específicas; d) El artículo 41 del DFL Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de fecha 13 de diciembre de 2000, que "Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado"; e) La Ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el decreto supremo Nº 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; f) Lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la administración del Estado; g) La Instrucción General sobre Transparencia Activa, aprobada mediante la resolución exenta Nº 500, de 9 de diciembre de 2022, del Consejo para la Transparencia; h) La Orden General Nº 1.881, de 17.04.2009, publicada en el B/O.
Nº 4.270, modificada parcialmente por la Orden General Nº 2.029, de 25.08.2011, conforme a las cuales el Departamento de Información Pública es el estamento central y de nivel nacional, a través del cual Carabineros de Chile da respuesta a las peticiones de acceso a la información pública que se le formulen; i) La Orden General Nº 2.301, de 05.12.2014, publicada en el B/O.
Nº 4.576, que modificó la denominación del Departamento de Información Pública por el de Departamento de Información Pública y Lobby; j) La Orden General Nº 2.980, de 16.12.2022, publicada en el B/O. 5041, que aprobó la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Contraloría General de Carabineros; k) La resolución exenta Nº 269, de 27.06.2019, publicada en el B/O.
Nº 4831 y en el Diario Oficial de fecha 31.07.2019, que delegó en el Jefe del Departamento de Información Pública y Lobby, las facultades que en dicho instrumento se indican, en relación con el cumplimiento de las normas de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2757707 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.363 Viernes 30 de Enero de 2026 Página 2 de 3 l) Lo establecido en la resolución Nº 36, de 19.12.2024, de la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial de fecha 23.12.2024, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; modificada y complementada por su similar Nº 8, de 24.03.2025, inserta en el Diario Oficial de fecha 12.04.2025, publicada en el Boletín Oficial Nº 5173. Considerando: 1.
Que, el artículo 8º, inciso segundo, de la Constitución Política de la República, establece que son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. 2.
Que, la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, junto a su Reglamento, imponen a los Jefes de Servicio obligaciones permanentes tanto en materia de Transparencia Activa, como en cuanto al derecho de acceso a la información por parte de las personas. 3. La existencia de otros cuerpos legales que establecen materias, de transparencia activa, que deban ser tratadas en similares términos al artículo 7º de la ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública. 4.
Que, mediante la resolución exenta Nº 500, de 9 de diciembre de 2022, el Consejo para la Transparencia aprobó el nuevo texto de la Instrucción General sobre Transparencia Activa, la cual introduce estándares técnicos actualizados respecto de la calidad, integridad y oportunidad de la información que los órganos de la Administración del Estado deben mantener a disposición permanente del público. 5.
Que, la citada Instrucción General Nº 500 enfatiza la importancia de los principios de actualización mensual y calidad de los datos, exigiendo una gestión administrativa coordinada para asegurar que los contenidos del sitio electrónico institucional reflejen fielmente la realidad administrativa y financiera de la Institución. 6. Las atribuciones del Consejo para la Transparencia, en orden de impartir normas e instrucciones en materia de transparencia activa. 7.
Que, en este contexto normativo, se hace indispensable actualizar la delegación de facultades de la Dirección General de Carabineros, con el objeto de armonizar las atribuciones del Jefe del Departamento de Información Pública y Lobby con las nuevas exigencias de gestión integral en materia de transparencia, tanto en su vertiente de acceso a la información, como en la de mantenimiento del catálogo de información pública disponible vía trasparencia activa. 8.
Que, por razones de buen servicio y con el fin de optimizar la eficiencia y eficacia institucional bajo los nuevos parámetros fijados por el Consejo para la Transparencia, resulta pertinente dictar un nuevo acto administrativo que consolide y actualice estas facultades. 9.
Que, la presente delegación, en el Jefe del Departamento de Información Pública y Lobby, es realizada sin perjuicio de las distintas responsabilidades relativas al cumplimiento de los deberes de transparencia activa, establecidas en el artículo 4º de resolución exenta Nº 500, de 9 de diciembre de 2022, del Consejo para la Transparencia y otros cuerpos normativos. Se resuelve: A. Delégase en el Jefe del Departamento de Información Pública y Lobby, dependiente de la Subcontraloría General de Carabineros, y en quien lo subrogue, las siguientes facultades: a. 1.
En materia del Derecho de Acceso a la Información: La facultad contenida en el artículo 14 de la ley Nº 20.285 y su similar 31 de su Reglamento, para conocer y pronunciarse respecto de los requerimientos de información que se efectúen a la Institución.
Cabe señalar que la presente delegación se extiende a los emplazamientos que el General Director de Carabineros, en su calidad de Jefe superior del Servicio, sea objeto por parte de los Tribunales Superiores de Justicia, en los Reclamos de Ilegalidad que se promuevan de conformidad con las normas de la Ley Nº 20.285 de Transparencia de la Función Pública. a. 2.
En materia de Transparencia Activa: La facultad de gestionar, supervisar y validar la publicación de los antecedentes señalados en el artículo 7º y siguientes, de la ley Nº 20.285 y otros cuerpos normativos que se refieran a la materia.
Esta atribución incluye la responsabilidad sobre la actualización de los datos, que hayan sido oportunamente proporcionados por los diversos Estamentos Institucionales obligados a ello, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2757707 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.363 Viernes 30 de Enero de 2026 Página 3 de 3 debiendo velar por que la información publicada en el sitio electrónico institucional cumpla con los estándares técnicos y plazos de actualización mensual fijados por el Consejo para la Transparencia sobre Transparencia Activa.
B. Autorízase al Jefe del Departamento de Información Pública y Lobby y en quien lo subrogue, para elaborar, firmar o suscribir a nombre del General Director de Carabineros de Chile, los documentos mediante los cuales se informe al Consejo para la Transparencia respecto de reclamos formulados ante dicho organismo por denegación en la entrega de información, como también, ante los reclamos o procesos de fiscalización que dicha corporación autónoma de derecho público realice, con ocasión de la aplicación de las normas de transparencia activa.
C. Precísase que las facultades que por este acto se delegan, se estimarán suficientes para actuar ante el Consejo para la Transparencia, en las audiencias que decrete dicho órgano, pudiendo designar uno o más apoderados o representantes.
D. Dispónese que el Jefe del Departamento de Información Pública y Lobby, deberá informar oportunamente al Subcontralor General de Carabineros, de las gestiones, trámites y demás actuaciones que realice en ejercicio de las atribuciones que por este acto le son delegadas, quien deberá hacer lo propio con el Contralor General de Carabineros. E. Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 269, de 31 de julio de 2019, de esta Dirección General de Carabineros. Publíquese en el Diario Oficial, Boletín Oficial y página web de Carabineros de Chile. - Marcelo L. Araya Zapata, General Director, Carabineros de Chile. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2757707 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl