Decreto exento número 15, de 2026.- Nombra Comité Asesor establecido en el artículo 5º del decreto Nº 662, de 2010, respecto a catástrofes declaradas por decretos Nº 4 y Nº 5, de 2026, ambos del Ministerio del Interior
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.358 Sábado 24 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2759204 MINISTERIO DE HACIENDA NOMBRA COMITÉ ASESOR ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5º DEL DECRETO SUPREMO Nº 662, DE 2010, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, RESPECTO A CATÁSTROFES DECLARADAS POR DECRETOS SUPREMOS Nº 4 Y Nº 5, DE 2026, AMBOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Núm. 15 exento. - Santiago, 19 de enero de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe, modificada por la ley Nº 20.444 ; el decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento sobre la administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley Nº 20.444 ; decreto supremo Nº 4, de 2026, del Ministerio del Interior, que declara como zonas afectadas por catástrofe a la Región de Ñuble; ratifica medidas que señala y designa autoridad con atribuciones que indica; decreto supremo Nº 5, de 2026, del Ministerio del Interior que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas de Concepción, Penco y Tomé, todas de la Región del Biobío, ratifica medidas que señala y designa autoridad con atribuciones que indica; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y, la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
Que, el 2 de mayo de 2010, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe.
El artículo 2 de dicha ley, dispone que unomás decretos supremos del Ministerio de Hacienda, suscritos además por el Ministro del Interior, establecerán las normas relativas al funcionamiento del Fondo Nacional de la Reconstrucción y, en general, las demás normas pertinentes para la aplicación de los beneficios a los que se refiere la ley Nº 20.444.2.
Que, el 28 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 662, del Ministerio de Hacienda, mediante el cual se aprobó el reglamento sobre administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe. 3.
Que, el artículo 5º del citado Reglamento, establece que la administración del Fondo y la determinación del destino de los recursos que lo integren, como así también de las donaciones en especie a que se refiere el artículo 4 de la ley Nº 20.444, corresponderá al Ministerio de Hacienda en la forma dispuesta en el artículo 2 de la señalada ley.
Para estos fines, se dispone que se constituirá en el Ministerio de Hacienda un Comité Asesor, el que asesoraráal Ministro de Hacienda respecto al funcionamiento y administración del Fondo, en la definición de obras y proyectos específicos que podrán financiarse con las donaciones destinadas a estos efectos, y en la difusión del contenidoy beneficios tributarios de la ley el cual, estará integrado por cinco personas, designadas en conjunto con el Ministro del Interior. 4.
Que, en este contexto, el artículo 6 del citado Reglamento, dispone que los Ministros de Hacienda e Interior, dentro de los cinco días siguientes de haberse dictado el decreto supremo a Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759204 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, atendido lo anterior, a través del decreto supremo Nº 4, de 18 de enero de 2026, del Ministerio del Interior, se declaró como zonas afectadas por catástrofe a la Región de Ránquil, ratificando las medidas que señala y designando autoridad con atribuciones que indica. 7.
Que, asimismo, a través del decreto supremo Nº 5, de 18 de enero de 2026, del Ministerio del Interior, se declaró como zonas afectadas por catástrofe a las comunas de Concepción, Penco y Tomé de la Región del Biobío, ratificando las medidas que señala y designando autoridad con atribuciones que indica. 8.
Que, teniendo en cuenta lo anteriormente señalado, resulta necesario designar la integración del Comité Asesor a que se refiere el artículo 5º del decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda, respecto a catástrofe declarada por decreto supremo N 4 y Nº 5 del Ministerio del Interior. Decreto: 1.
Desígnese el Comité Asesor a que se refiere el artículo 5º del decreto supremo N 662, de 28 de julio de 2010, del Ministerio de Hacienda, respecto a las catástrofes declaradas por decreto supremo N 4 y Nº 5, de 18 de enero de 2026, ambos del Ministerio del Interior, el que estará integrado por las siguientes personas: a) El Ministro de Hacienda o su representante; b) El Ministro del Interior o su representante; c) La Ministra de Desarrollo Social y Familia o su representante; d) El Ministro de Vivienda y Urbanismo o su representante; e) El Ministro de Agricultura o su representante. 2. Déjase constancia, que la asistencia de cada uno de los miembros del Comité a las sesiones podrá ser de forma personal o mediante representante designado al efecto. Anótese, comuníquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Hacienda. - Álvaro Elizalde Soto, Ministro del Interior. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Saluda Atte. a usted, Heidi Berner Herrera, Subsecretaria de Hacienda. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759204 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl