DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS:
DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS: E Normal asus suOnEaninCaS PROVINCIA DE COLCHAGUA NE] PROMETIDA TPOOE EENGGO ] FEAR UGR ES AÑO CAUDAL VOR pk suero same DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS PAGO (1/5) (ur) A aa ra A PATENTES POR LA NO UTILIZACIÓN DE LAS AGUAS INVERSIONES SIETE CRUZ VTA FIJA LISTADO DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE MARESSA O O O. [028] SOGIEDADAGCOLA Consanivo Permanente 36] 50/0/00 PERDIO 204 08 [2005] 730 85% CAL POR NO UTILIZACIÓN DE LAS AGUAS, PROCESO 2025 ELFLORDOLTDA l o oa e 0 29 Ñ nc PROCESO N': 18736087 anun mASO li ENERO: AS RESOLUCIÓN D.G.A.
EXENTA N* 4155/ 10617 AGRICOLA ALIANZA Consuntivo Permanente 417 26/06/1997 PERALILLO 239 224 2019 15,84 25,34 VISTOS: 1% "io depuesto eno artículos 12 is 4 y gules del Código HE AGRICOLA GADEA Conmio Permanene 385 [0/0/0086 SANA [50 28009] 000 07 2 Lo slaicido an el rícuo 25 de a Loy 19.360, e 2003, mos Lo establecido en el artículo 25 de la Ley N* 19.880, de 2003,11567 --AGRICOLASANTA Consuntvo Permanente 336 26/12/2006 SANTA 85 60 [2012 680 1058 que Estableco las Bases delos Procedimientos Adminisraiwes A am que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración pre cai: 22085 AGRCOASIMISA Y Consanis Pomanene 007 20089 GO 3 ] a 3 La Resolución N*7, de 2019 dela Contraloria General de pr de Toma de Razón. sans blancantiGA Comuni Permanente [265 0/06 Penaio 23 26 ar ss Pi AA uN E, sstatiscs normes sobre protecón, fomento y desaoli de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo. 12016 MARÍAJOSEFINA Consuntivo Permanente 243 11/06/2003 PERAUILO 23 26 2014] 173 277 Indiana: y Tc men va 5 Las stsuciones que me confia el arícuo 300 ler ) de 200 PRO PASO TAGE Conanivs Femanens 36 [37000 ras ] ia] Código de Aguas; DARTNELL VIA 20 --ranosco aan Gas Pemarene 36 ios PRO sa] a perro se CONSIDERAND 7005] WAR MAGDALENA Coma Pomanens 26 [207005 ] reno jam] 15 25 +. QUE, acorde alo previsto on larícuo 120 bis 8 del Cóigo de [12010] SOCAGIIGOLA, Consunivo Permanente 36 1300/20 PERAL dos 000 20m] 140] ar Aguas, corresponde al Director General de Aguas, previa consulta a COMERCIAL Y DE IorccOn de ti reci, emir neon e sroRrES A ayas epuas rosa Seca [Isi pr traca. ia] das] Gus] res 00] mn ajaja] a] 2% cionar un listado con los derechos afectos al pago de patente. MORENO CARREÑO. Cauz + 5 iostcustavo. comuni Permanente 22 foi aa 0 2. QUE, la consulta antedicha fue publicada en el Diario Oficial y diaMORENO CARREÑO. CRUZ. il E E EEE a mn 3.
QUE, por disposición del artículo 129 bis 7 del Código de Aguas, 12301 AGRÍCOLA POBEÑA Consuntivo Permanente 417 26/06/1997 UTUECHE 23 23 2013 150 240 la Dirección General de Aguas debe publicar la Resolución que cono ATA. a alo obigación de pegar una palante a benafco focal poro a osfGusavo -- consanivo Pemanene 22 [foo SAA 66 0007] 68] 88 zación total parade ls au 4.
QUE, según lo establece el citado artículo 129 bis 7, la publicación.. O A e [A [Sl 22 al ¡ En comelo debe elecliaraa el dla 18 06 anoto ds cada 2150 D/A pal 12449 JORGE ANTONIO.
Consuntivo Permanente 14 29/01/2004 PERALILO 40 40 2005 15,00 192,00. mo le Mablirmócilo sl aquél ter oriado on l Diao Oficial en Eon a ; Jorma desincada enun diario o periódico de la provincia sespecilva, 2073 AGRICOLA, GANADERA Consuntivo Permanente 336 26/12/2006 SANTA. 311 229 2009 049 0,78 Ye sinolo ber, e uno de la copada regióncomespondonta, ECOLA GANAD sama Vento wes cional Poner 55] can us] a] sa] aja] e] 5.
QUE, asimismo, la referida publicación debe ser complementada LTDA. ens CRUZ a E por un mensaje radial de un extracto de ésta, en una emisora con 414 FRUTICOLARAMIRANA Consuntivo Permanente 87 10/12/2004 SANTA 10 10 2011 20.0 14400 eli o ibid ro En 20 WARANAMESPRETO Cosmo Femmes (350 aora] aa ar, QUE, según señala el aículo 129 bs 4 y bis 5 del Código de pu eos Aguas y el artículo 2" transitorio de la Ley 20.017, de 16 de junio de 5186 AGRÍCOLAMGESPA Consuntivo Permanente 22 23/03/2007 7 SANTA 292 234 2019 20/00 3200 Bios za caso dels crecio dear vo cota cz vos y consuntivos, de ejercicio permanente y eventual, la contabiliza8188 SOCIEDAD AGRICOLA Consuntivo Permanente 35 18/13/2009 SAN 122 164 2013 50p0 2050 ción d os plazos den ullzacón d las agus, Comenzará a regir TA moIR Amo FenanoO. a contar del 1 de enero del año siguiente a la fecha de publicación 8654 VIV MANENT Y Consuntivo Permanente 321 19/12/2006 SAN 154 202 2007 2,70 36,32 dol cada Loy. 0 dect, desde el e onoro de 2006.
Para e caso coarraa ara FEnanO delos derechos de aprorwchamentode aguas quese coniluyan o [BES SOCIOS Cmmdo Poma a] 3 0] 0] reconcacan con posterioridad a ta tech, los plazo se compuarán [ EEiMaeniiamaDa A cs A desa la tcha desu consllución reconocimiento 205 ASNCOLAVVMEDOS Cosunivo Permanente (252 IROG/A0S SAMA. 85 [26200] 8030 50% 7, QUE, on razón del anterior el tado incluyo algunos derechos 8665 SOCIDADANOMMA Consunivo Permanente 230 GROW SANA 58 85 [ao] ago 1830 de aprovechamiento aguas con más de 5 años de no ulzacón RASANTA TA cz decada consti y exmento delo iapuesto onlcs articulos 120. [BETO AGnkoLA MRE -- Consumir Permanama 600 asio/i0o1 ena 303 288] 2002] 2030 5230 bis 4 y 129 bis 5 del Código Aguas, relativos a derechos de aproLTDA. no: 8671 SOCIEDAD CORREA.
Consuntivo Permanente 997 18/11/2002 PERALILO 86 87 2005 16,00 2550 rre ve +. QUE, deholo antro coresponde hacer presente quelos pazos [872 AGNCOLAVUMEDOS Comuni Pemanente 658 AVEJAOS SAA e 85 200] 800 10 a que se refiere el legislador en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5 del _TIERRUCA S.
A cruz e ao e oc 20 49 200050 aomanaiSaser comuni Pemaene 245 io5os [remao ja] am noalas ocasiones que un: derecho de apr SUÁREZ Y ve». de aguas es incorporado a la Resolución que debe dictar la Direc1 OTROS 4 A A AE o ES ds 567 INMOBILIARIA E Consuntivo Permanente 434 01/09/2003 SANTA 266 248 2003 900 1540 9.
QUE, de conformidad con lo previsto en el artículo 129 bis 7, inMiera . o decai Fact CUM de a Pa Seis 8682 VICUÑAGARCÍA Comsuntivo Permanente 297 26/04/1996 PERALILO 50 50 2020 8000 12800 mm Y mr Pidan 40.
QUE, de acuerdo a lo previsto en el 129 bis 10 del Código de 8685 SOCIEDAD ANÓNIMA Consuntivo Permanente 1088 06/11/1998 SANTA. 1 1 [199 1070 17,12 Aguas, en contra de la presanía Rosolución procederán los tocar.
DOORS ANÓNIA na sos de reconsideración y de reclamación, los que deberán deducirse Casa SOCIEDAD AGRÍCOLA Comsuntivo Permanente 48 01/06/2004 PERALIMO 174 [157 2015 2270 3632 dont del plazo de 90 dla contados desde su noilcación, ant el Poo nota En] Director General de Aguas y la lustrisima Corte de Apelaciones de 5299 ARTURO EDUARDO Comsuntivo Permanente 58 03/02/2003 PERALILO 248 224 2008 930 1058 Santiago respecivameno pm 9300 ARTURO EDUARDO. Consuntivo Permanente 58 03/02/2003 PERALILO 248 224 2008 9,00 1440 AA TOLEDO RESUELV 9301 ARTURO EDUARDO Consuntivo Permanente 58 03/02/2003 PERALILO 248 224 2008 7.00 11,20 ATADO 1. FÍJASE el listado de derechos de aprovechamiento afectos al 9302.
AGRICOLA POBEÑA Consuntivo Permanente 417 26/06/1997 PERALILO 23 23 2013 150 2,40 Pago de patente a benefi fecal, poro ulzación delas agua pe cuyos propietarios(as) ordenados(as) por región, naturaleza del 9828 INMOVILIARIA E Consuntivo Permanente 434 01/09/2003 SANTA. 56 42 2017 146 24 gua y beoinci sen los que ss señalan a Conueción: mc sen cuz pr J J J J J J J. DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS: AGUAS SUPERFICIALES 2.
PUBLÍQUESE la presente Resolución, el día 15 de enero de 205, por una sola vez en el Diario Oficial, en un diario o periódico de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de nO E COLCUUA Iron corespordaro, Ja se en slcón impresa loción ze ] Yan iso v rice dl Diecn rara e Ags cosememvo Bilicacn sea Compismaneto modas mensa rs NE] PROPIETARIO(A) TPODE BERACGO m9 FECHA LUGAR] FS [Ne] AÑO] CAUDAL VALOR [enero ei Jedi od coo a O DERECHO pacos) (ur) 10217 MARIA GABRIELA. No Permanente 673 27/07/1998 SAN 153 [137 2011] 956 568 3.
Sin perjuicio de lo antes resuelto y de conformidad alo dispuesto mao corn varon cor TAN petete CORNEJO Y OTROS protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corpo1028 MARAGABMIELA Mo Pemmanente 673 20/07/1998 SAN 153 187 201] 973 78 ración Nacional de Desarrolo Indígena (CONADI) todas aquellas AOS.
Sesma EEEANDO: jersonas o comunidades que detenten las calidades ahí estableCORNEJO Y OTROS 1 Le da uno oros [1 a a Lay q Paya adi o dear de abrorectamiet de pr UN ME se nro loo pra hey ais Mg e a o SSÑADE podrán otr sr olminados ds st sado, metano 10220 MARIA GABRIELA No Permanente 673 27/07/1998 SAN 153 [137 2011 13649 81,08 el pertinente recurso de reconsideración yo de reclamación debideMARMOLEJO. Consuntivo. FERNANDO. mente fundado. cota emos 10221 MARIA GABRIELA. No Permanente 673 27/07/1998 SAN 53) 5]00] 278 uu 4.
TÉNGASE PRESENTE que conforme lo establece el artículo 136 a reo del nas de Aguas Las rostucons quese dln por ol ect CORNEJO Y OTROS General de Aguas, por funcionarios de su dependencia o por quie10222 MARIA GABRIELA No Permanente 673 27/07/1998 SAN 153 137 2011 19,05 11,32 nes obren en virtud de una delegación que el primero les haga en MARMOLEJO. Consuntivo.
FERNANDO. uso de las atribuciones conferidas por la ley, podrán ser objeto de coo amos LArocs d econseracn ue atera o! dois por ls. 10223 MARIA GABRIELA No Permanente 673 27/07/1998 SAN 153 137 2011 20,00 11,88 teresados, ante el Director General de Aguas, dentro del plazo de Mamoizo comino reno SO des cortados deso la nación de aros pue. coros Via acero ao depot on arios 187 del mlemo cia O bromo resclcón podra sr ol amtln d onto desd. MARIDLO. Concuntivo ad mación ante la Corte de Apelaciones pertinente, dentro del mismo. CORNEJO Y OTROS plazo de 30 días contados desde su notificación. O MARMOLEJO Consuntivo FERNANDO. 5. DÉJASE CONSTANCIA que según establece el artículo 129 bis 7 CPE SANO: del Código de Aguas, las personas, tanto naturales como jurídicas, 10226 MARIAGABRIELA No Permanente 673 29/07/1998.
SAN [153 [187 2011 2500 1085 ¿ ue han sido identlicadas en el presente Iistado, deberán pagar la LO, coman a Parr entr e mes demas de 2025 an culo arco 0 A Econ atteada paa rcaata ios, Asimismo, ono medor el MarmoLio Consumtivo FERNANDO : pago en la fecha establecida para ell, se iniciará un procedimiento o Fed pra leia unta pl de espia dea, e 10228 MARIA GABRIELA. No Permanente 673 27/07/1998 SAN 153 [137 [2011 70229 41,16 Hlorme señala el articulo 128 118 11:del mimo Cuerpo legal iO.
Será pra +. COMUMIQUESE la present Resolución la Toocra General 10828 HIDROELECTRICA LA No Permanente 168 29/11/2017 SAN 205 304 2018 107550 7020 de la República, a la División Legal, a la Unidad de Gestión Doculr reno mortal y Ancón Clacara, alos Dreclons Rogionals y O 10829 HIDROELECTRICA LA.
No Eventual 168 29/11/2017 SAN 215 [304 2018] 819157 17841 nas Provinciales, al Departamento de Fiscalización Nivel Central y ls 2 Cms lis da irción Genta de Ags que cosponda oO HOMERO o nn ANO. mensa comino rento 10831 HIDROELECTRICA LA.
No Eventual 167 29/11/2017 SAN 265 269 2018 186,41 ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. cia comino revitico E =. DIRECTOR GENERAL DE AGUAS "asricos cinto reno [a] O Faster canino reno A em ARONA LEE 55 HOME MOMA 06 emanan 8408/88 Stern 1 AOS cua comino 20] ct -- Com Fem 181] 707807] 0 mao as PAN A rones PTA sida cono al O AO o a os eos FA 5300 alcantaN Cono al OL GANA ar coma mo 2201 socmomoscaicon comio tal os ma aa] Amo E O Po reno omo 00 iamsones a cons Pemnene a [resis [] rea SO] a a E seno va = 432 HIDROELECTRICA LA No Permanente 73 19/02/1991 SAN: 1 1 2005 100,00 6600.00 means comino rento roca aa ae vs mansa comino rentar A A reno E A omnes comio reno e 6 roroazcrac 06 ema A a suso poscivino canto remo ER sas "MARIA VERONICA Consuntivo Permanente 577 SANTACRUZ 77 78 1995 106,67 PE A AS mm PAN a A Esa sms uonocimios [06 ta os o a aso SSA corno reno E EE cosa comino reno O ET E E mora conto renos E E mora canino reviico O maso cent reno 0 one e ona III] RS mora conto revico O E moza conto rentas Ya A A cane uo Sera E E E E E E.