Dirección del Trabajo fija deberes y derechos laborales ante catástrofes por incendios forestales
Dirección del Trabajo fija deberes y derechos laborales ante catástrofes por incendios forestales Dirección del Trabaje Gobierno de Chile La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que establece con claridad los deberes y derechos laTrabajo Dirección net Gobierno de Chile. borales de empleadores, trabajadores y trabajadoras durante la ocurrencia de catástrofes provocadas por inDEL THEPLE cendios forestales, como los que actualmente afectan a las regiones de Nuble y Biobío.
El pronunciamiento aborda tres ejes fundamentales: el resguardo de la vida y la salud de las y los trabajadores, la protección de las remuneraciones y la continuidad laboral, y el resguardo del empleo y los ingresos de las personas voluntarias del Cuerpo de Bomberos que se despliegan en estas emergencias.
El director (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez, señaló que este dictamen "configura un arco legal protector integral para quienes son víctimas de los siniestros forestales y para quienes, como los voluntarios bomberiles, realizan una labor esencial en la extinción de incendios y el rescate de personas". Agregó que, si bien las normas ya existían en distintos cuerpos legales, ahora se concentran en un solo documento, facilitando su comprensión y correcta aplicación, especialmente por parte de los empleadores.
Resguardo de la vida y la salud El dictamen recuerda el deber general de protección del empleador establecido en el artículo 184 del Código del Trabajo, que obliga a adoptar todas las medidas necesarias para resguardar la integridad física y psíquica de los trabajadores y trabajadoras. Asimismo, se refuerza lo dispuesto en el Decreto Nº44 de 2024, que regula la gestión preventiva de riesgos laborales ante situaciones de riesgo grave e inminente.
En estos casos, el empleador debe informar de inmediato a las personas trabajadoras sobre los riesgos existentes, adoptar medidas para eliminarlos o atenuarlos y, si ello no es posible, suspender las faenas y ordenar la evacuación.
Las y los trabajadores tienen derecho a interrumpir sus labores y abandonar el lugar de trabajo cuando consideren que existe un peligro grave para su vida o salud, sin que ello implique sanciones o menoscabo alguno. La evacuación será obligatoria cuando así lo determine la autoridad competente, y las labores solo podrán reanudarse cuando se garanticen condiciones seguras. Protección de remuneraciones y continuidad laboral La DT enfatiza que las remuneraciones ya devengadas no pueden condicionarse ni verse afectadas por la ocurrencia de una catástrofe, conforme al artículo 54 bis del Código del Trabajo. En caso de requerirse trabajo extraordinario producto de fuerza mayor, este deberá pagarse como horas extras. Asimismo, cuando la imposibilidad de prestar servicios se deba a la afectación del lugar de trabajo por incendios, se configura una jornada pasiva, lo que no afecta el derecho a remuneración.
En situaciones donde las personas trabajadoras no puedan asistir por razones humanitarias derivadas de la emergencia, el dictamen llama a aplicar el principio de buena fe, promoviendo acuerdos que resguarden la continuidad laboral, incluyendo el pago de remuneraciones y la posterior restitución de tiempos no trabajados.
Protección a voluntarios de Bomberos Respecto de los voluntarios del Cuerpo de Bomberos, el dictamen reafirma que gozan de una protección especial de su empleo y remuneraciones durante todo el tiempo que dure su participación en emergencias, sin límite de horas. Esta protección se extiende no solo a incendios, sino a cualquier siniestro que requiera la actuación de Bomberos, incluyendo acuartelamientos derivados de estados de catástrofe o emergencias preventivas.
La Dirección del Trabajo reiteró que estas disposiciones buscan otorgar certeza jurídica, proteger los derechos laborales y contribuir a una respuesta solidaria y responsable frente a emergencias que afectan gravemente a las comunidades.. Pronunciamiento aborda protección de la vida y salud de trabajadores y trabajadoras, garantía remuneracional y continuidad laboral y resguardo laboral de bomberos.