Sanciones y feriados irrenunciables: DT intensifica fiscalizaciones laborales en Navidad y Año Nuevo
Sanciones y feriados irrenunciables: DT intensifica fiscalizaciones laborales en Navidad y Año Nuevo Sanciones y feriados irrenunciables: DT intensific a fiscalizaciones laborales en Navidad y Año Nuevo Pía OIia Moseoso prensa@latribuna.cl I“Si I“Si un trabajador laboró el 25 de diciembre del año pasado, este año le corresponde descanso”, advierte la DT sobre feriados alternados. Multas por incumplimiento de lajornada laboral en comercio pueden alcanzar hasta 60 UTIvI por trabajador afectado.
Con Con el objetivo de garantizar garantizar ci cumplimiento de la normativa laboral laboral en la temporada navideña, la Dirección del Trabajo (DT) inició un programa especial de fiscalización para supervisar la extensión de jornadas laborales laborales en el comercio. La medida busca proteger los derechos de los trabajadores, especial mente en los días previos a Navidad y Año Nuevo. Según la normativa vigente, los empleadores del comercio pueden extender unilateralmente la jornada laboral hasta dos horas diarias durante 9 de los 13 días anteriores al 23 de diciembre. En este periodo, que va del 10 al 23 de diciembre, los trabajadores no deben laborar más allá de las 23:00 horas. En tanto, los días 11y3l de diciembre, diciembre, lasjornadas deben finalizar estrictamente a las 20:00 horas.
Pablo Zenteno, director del Trabajo, hizo un llamado al cumplimiento de estos plazos: “Es fundamental que empleadores empleadores y trabajadores se informen y respeten los límites legales establecidos establecidos para esta época, fomentando fomentando el comercio sin vulnerar derechos laborales”. Hasta el 2 de diciembre, la DT realizará fiscalizaciones a nivel nacional para verificar el cumplimiento de aspectos clave de la normativa, como: El límite máximo de días con jornadas extendidas (9 días). horas. El cumplimiento de las jornadas jornadas pactadas en los contratos laborales.
Roxana Rubio Arévalo, directora directora regional del Trabajo, dcstacó la importancia de estas acciones: “Nuestros fiscalizadores estarán desplegados para garantizar el respeto a los feriados irrenunciables irrenunciables ya los turnos alternados en los establecimientos exceptuados exceptuados de esta normativa”. Rubio aclaró que el feriado irrenunciable aplica a malls, strip centers y locales comerciales. comerciales. Sin embargo, establecimientos establecimientos como farmacias de turno, estaciones de servicio y locales de entretenimiento (cines, restaurantes y pubs) pueden operar, siempre y cuando se respeten los turnos alternados. “Por ejemplo, si un trabajador trabajador laboró el 25 de diciembre del año pasado en una estación de servicio, este año le corresponde corresponde descanso. Es importante aclarar este punto, ya que suele generar confusiones”, puntualizó puntualizó la autoridad regional. Para asegurar el cumplimiento, cumplimiento, la DT habilitó canales de denuncia accesibles para los trabajadores. Las denuncias pueden realizarse de forma presencial en las oficinas de la Dirección del Trabajo, a través del portal web del organismo o llamando al call center 600 50 000. “Estas vías nos permiten recibirlas denuncias de manera manera rápida y dar respuesta oportuna oportuna a los trabajadores afectados”, afectados”, concluyó Rubio.
EXCEPCIONES Y FERIALES ALTERNADOS El horario de término, que nodebesuperarlas23:O0horas, 1 MULTAS Y CIERRES POR INCUMPUMIENTOS excepto el 2l y 31 de diciembre, donde debe finalizar a las 20:00 El incumplimiento de la normativa implica sanciones severas, dependiendo del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados. Las multas oscilan entre 5 y 60 UTM, equivalentes a: Micro y pequeñas empresas (1-49 trabajadores): 5 UTM ($336.470 ) por trabajador afectado. Medianas empresas (50-199 trabajadores): 20 UTM ($1.345.880 ) por trabajador afectado. Grandes empresas (200 o más trabajadores): 60 UTM ($4.037.640 ) por trabajador afectado.
Además de las multas, los fiscalizadores pueden ordenar el cierre inmediato de los establecimientos que incumplan la normativa, como explicó Rubio: “Si detectamos que hay trabajadores laborando en feriados irrenunciables, no solo aplicaremos multas, sino también ordenaremos el cierre del local”. jii r w-. 4 __ DATOS DE INTERÉS 1.186 fiscalizaciones se realizarán entre el 10 y el 24 de diciembre en todo el país. 2. Las multas por incumplimiento de horarios laborales pueden alcanzar 60 UTM ($4.037.640 ) por trabajador afectado en grandes empresas. 3. Los días 24 y 31 de diciembre, la jornada laboral debe finalizar estrictamente a las 20 horas. 4. Los trabajadores pueden denunciar irregularidades a través del calI center 600 450 4000 o en el portal web de la DT..