Defensoria del contribuyente enfrenta al SII por bloqueo de documentos tributarios a empresas
Defensoria del contribuyente enfrenta al SII por bloqueo de documentos tributarios a empresas El Servicio de Impuestos Internos (Sil) nuevamente hizo noticia a fines de la semana pasada por el endurecimiento de la fiscalización a contribuyentes catalogados de riesgosos.
El viernes, el organismo dio a conocer que evitó un perjuicio fiscal superior a los US$ 400 millones como consecuencia del control a un grupo de cerca de 27 mii empresas que habrían usado de manera fraudulenta fraudulenta la devolución del crédito fiscal IVA mediante la emisión de facturas ideológicamente falsas. Una de las medidas preventivas que tomó el organismo en el marco de esta fiscalización fue el bloqueo temporal de la clave tributaria para el grupo de 27 mil contribuyentes. Esto significa que ya no pueden acceder al portal del servicio para realizar trámites en el sistema tributario, tributario, ni acceder a documentación fiscal, como boletas o facturas.
Este mecanismo ya ha sido utilizado utilizado previamente por el fiscalizador tributario, lo cual lo ha llevado a enfrentarse con una de sus con trapartes en el sector público: la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), Desde julio de este año, hubo un grupo de cerca de 30 mil micro y pequeñas empresas que vieron también afectadas sus operaciones por la prohibición preventiva de acceso a documentación fiscal, por lo que recurrieron a la defensoría para que mediara ante el 511, El proceso culminó, según la Dedecon, Dedecon, con el servicio desestimando varias de las recomendaciones. Incluso el tema llegó a la Corte Suprema.
Los argumentos en disputa Por una parte, laDedecon aludió a que dentro de sus facultades está el identificar problemas en el sistema tributario que afecten a grupos de contribuyentes, reunirse con las autoridades correspondientes y proponer soluciones.
Dicho esto, la entidad identificó que desde el 22 de julio a la fecha, más de 30 mil contribuyentes, principalmente pequeñas y microempresas, microempresas, fueron bloqueados en el mecanismo oficial para acceder a las plataformas del Estado de manera manera digital “sin una resolución”, lo que afecta su acceso a información tributariayla posibilidad de realizar trámites esenciales no solo ante el 511, sino ante diversas instituciones.
“Este bloqueo se justificó por la autoridad tributaria como una medida de fiscalización, en base a II La entidad dirigida por Javier Etcheberry justificó la medida en el marco de la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones fiscales. La defensoría dice que el servicio no tiene potestad legal.
El tema llegó a la Suprema. la existencia de antecedentes por justificar, que según dicha entidad exigía la comparecencia personal y física del contribuyente para verificar verificar su identidad”, dice un informe de la defensoría que resume el caso.
En sus descargos, la Dedecon sostuvo que el 511 no tiene atribuciones atribuciones legales para inhabilitar la clave tributaria de forma general, lo cual se “agrava considerando que se adoptó esta medida restrictiva de derechos sin emitir notificaciones formales ni resoluciones fundadas que sustenten tal acción”. La Dedecon identificó que un 63,5% de los afectados porel bloqueo de acceso son pequeñas empresas yel 28,7% son microempresas. Del total de los casos, solo un 5,5% de los contribuyentes inhabilitados ha logrado regularizar su situación al concurrir presencialmente al 511. “Atendido lo anterior, la Defensoría Defensoría recomendó dejar sin efecto de inmediato la restricción de claves tributarias para proteger los derechos derechos de las y los contribuyentes. Dicha medida fue rechazada por el Servicio de Impuestos Internos”, advirtió el organismo encabezado por Ricardo Pizarro.
El Sil, por su parte, señaló que el bloqueo de claves tributarias está amparado en un fallo de la Corte Supremadeoctubre Supremadeoctubre pasado, alrechazar un recurso de amparo económico presentado contra la institución, “ratificando así la facultad del 511 de aplicar la suspensión temporal de la clave tributaria ante indicios de comportamiento agresivo”. “Con este fallo, la Corte Suprema validó la suspensión de la clave tributaria como una medida de carácter transitorio, cuyo objeto es la concurrencia personal de los contribuyentes a las oficinas del Servicio de Impuestos Internos para aclarar su situación tributaria, tributaria, afirmando que esta acción temporal no impide el desarrollo POR SEBASTIÁN VALDENEGRO a res c or a s O or r p Ime 11 a psque las y mi enp tsas í iitr do s acceso o so a su prop a nl nao on y servicios 1 sino 1 i te a o ras trsht toes q e u d zar ave ribularia a d in Ot ti » u t “l1i iSi cd u ntqJuh 1 dii argumon o 1 d ersor. - - - - -