Resolución exenta número CP 2.176, de 2025.- Declara zona de riesgo sanitario la población Zanghellin de la localidad de Manzanar, comuna de Curacautín
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.081 Viernes 21 de Febrero de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2611056 MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO LAPOBLACIÓN ZANGHELLIN DE LA LOCALIDAD DE MANZANAR, COMUNA DE CURACAUTÍN (Resolución) Núm. CP 2.176 exenta. - Temuco, 5 de febrero de 2025.
Visto: 1. - Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2. - Artículo 9 letra b) del Código Sanitario, conforme al cual corresponde en especial a la Autoridad Sanitaria en sus respectivos territorios dictar dentro de las atribuciones conferidas por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3. - Artículo 14 del Código Sanitario que señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4. - Artículo 12 N 2 de DFL 1 de 2006, según el cual las Seremis de Salud tendrán la función, de acuerdo con las normas y políticas dictadas por el Ministerio de Salud: N 2: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5. - Decreto N 236, de 1926, Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; 6. - Informe Alfa de Incidente o Emergencia N 02, de fecha 29.01.2025, emitido por la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Curacautín; 7. - Informe de Inspección, de fecha 03.02.2025, emitido por Karla Fuentes Coronado, Jefa de la OAS Lonquimay-Curacautín, de esta Seremi de Salud; 8. - Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud.
Considerando: 1. - Que, mediante informe de Vistos N 6, se pone en conocimiento el colapso de fosa séptica ubicada en sector rural de Manzanar, población Zanghellin, de la cual emanan malos olores y rebalse a la vía pública.
Se califica el evento como “Emergencia Menor”, situación con un nivel de afectación que permite ser gestionada con capacidades comunales y, eventualmente, con refuerzos o apoyos desde otras zonas, a través de una coordinación de nivel comunal. 2.- Que, Informe de Vistos N 7 concluye que: “De acuerdo a lo recopilado en terreno y constatado, la problemática evidenciada, actualmente está generando un riesgo sanitario para los habitantes de las 23 viviendas de la población Zanghellin de la localidad de Manzanar, comuna de Curacautín.
Se observa afectación de viviendas producto del colapso completo del sistema particular de alcantarillado, rebalses de aguas servidas en viviendas y vía pública, emanación de olores, presencia de vectores de interés sanitario, produciendo focos de insalubridad para los Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2611056 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Teniendo presente: 1. - DFL N 1 de 2006 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N 2763/79 y de las leyes N 18.933 y N 18.469.2. - DS 136/2005 que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud. 3.- Decreto afecto N 32, de fecha 18.03.2022, del Ministerio de Salud, que designa a don Ricardo Andrés Cuyul Soto, en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía. 4.- DFL N 725/67, Código Sanitario. 5.- Resolución 07/2019 de la Contraloría General de la República; dicto la siguiente, Resolución: Primero: Declárese zona de riesgo sanitario a la población Zanghellin de la localidad de Manzanar, comuna de Curacautín, por el tiempo que sea estrictamente necesario para la eliminación del riesgo sanitario debido al colapso completo del sistema particular de alcantarillado de las viviendas, en virtud de Vistos y Considerando de la presente resolución.
Segundo: Déjese establecido que la Municipalidad de Curacautín deberá implementar todas las medidas sanitarias de mitigación conducentes a asegurar que la salud de los habitantes de la población Zanghellin de la localidad de Manzanar no se vea afectada debido al colapso completo del sistema particular de alcantarillado de las viviendas. Tercero: Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Cuarto: La presente resolución entrará en vigencia sin esperar su publicación en el Diario Oficial, en razón de la urgencia requerida para adoptar las medidas necesarias a fin de hacer frente a la situación existente en la población Zanghellin de la localidad de Manzanar, comuna de Curacautín. Anótese y comuníquese. - Ricardo Andrés Cuyul Soto, Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2611056 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl