COLUMNAS DE OPINIÓN: Reforma al SEIA: el diablo está en los detalles
COLUMNAS DE OPINIÓN: Reforma al SEIA: el diablo está en los detalles TRBUNALBRE ambiental.
Con la reforma propuesta, pulíticas pulíticas públicas y/o normativas del área que cualquier ministerio le proponga al mandatario mandatario solo podrán discutirse enel Consejo de Ministros si este así lo decide decisión a lomarse por medio de los quórums exigidos para ello y de manera solo general, es decir síu discusión del detalle, La iniciativa elimina también la posibilidad de que dicho Consejo reviseyapruebe proyectos de ley en materia ambiental.
Lo anterior significará que propuestas de ley como esta misma, o actos administrativos administrativos de naturaleza ambiental con implicancias en proyectos de inversión, serán definidos única y exclusivamente por el Ministerio del Medio Ambiente (o por el Ministerio sectorial) sin opinión de los ministerios sectoriales o delires económi ca, y a la inversa, mermando aquella mirada integraly transversal que es tan importante para sustentar que las decisiones del Estado sean tomadas dentaneta equilibrada y en consideración de todos sus posibles efectos.
Si bien la justificación que se ha planteado planteado para lo reforma es lograr una mayor eficiencia en la toma de decisiones, lo cierto es que sal reforma va en dirección contraria alo que ha sido la tendencia a nivel internacional internacional e, incluso, nacional relativa al análisis del impacto regnlarorio incluyendo incluyendo sl económico yde costo/efectividad de las decisiones gubemamentaleo.
El mensaje de la Ley 20.417, de 2010, justificaba la relevancia de contar con un Consejo de Ministros para garantizarla integridad dolo regulación ambiental, reconociendo la subsistencia de competencias competencias sectoriales normativas sustantivasen esto materia, Se entendía que lo anterior producía ineficiencias regulsrorias, falta de certeza e inadecuada fiscalización de estas y, en ocasiones, interpretaciones normativas contradictorios.
El actual proyecto proyecto plantea una regresión en la formo de abordar la elaboración de políticas públicas y normativa en materia ambiental, desco noctendola importancia de contar con una instancia que permita eldiálogoytrabajo interministerial para brindar una mirada integral e integradora a políticas sectoriales y ambientales yque favorezca decisiones por parte del Estado con visión pais.
Esperemos que los legisladores, una vez despejada la discusión de las materias propiamente del SElA, no olviden reparar en esta modificactón que tiene el potencial de generar aún mayores problemáticas a la coordinación intermininsterial, la inversión yola actividad económica del pais.
PAUUNA RIOUELME MARCELA KLEIN AE00000Y 500ADO An010DAY EBLAw CONSocrOsA It PtoMItOt Reforma al SElA: el diablo está en los detalles a discusión en el Congreso del proyecto de ley sobre reforma al SElA avanza a paso firmeyse espera aprobar una )lhtátserie de ajostes a la Ley N19.300. Sin embargo, la iniciativa propone un cambio que ha pasado desapeccibidoyreopecto desapeccibidoyreopecto del cual no ha existido mayor debate.
Un aspecto que no dice relación con el proceso SELA, peco que está contenido en el proyecto, eolo reducción de competencias del Consejo de Ministros para la Sustenta bilidad, Este órgano colegiado, integrado por 54 ministros, tiene por objeto proponer al Presidente de la República la aprobación aprobación de una serie de actos administrativos relacionados con temas medio ambiensales, incluyendo temas sectoriales de relevancio oyet paitea ua rogrssi r en la elabsac i de pokticas publ cas y la normativa ambienia des oio re ido la importancia de contar con una nstanc a que permita el dialogo y el trabajo interministeria.