González Villalobos Carla Andrea - Asesoría AGR SpA
DIARIO OFICIAL III DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES.
VARIAS Núm. 43.988 Sábado 2 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Publicaciones Judiciales CVE 2561660 NOTIFICACIÓN En causa RIT M-278-2024, del Juzgado de Letras del Trabajo Valdivia se ordenó notificar lo que sigue: El 4 de julio de 2024, doña CARLA ANDREA GONZÁLEZ VILLALOBOS, presentó demanda en procedimiento monitorio en contra de ASESORIA AGR SpA, representada legalmente por don LUIS ALFREDO GALDAMES ROJO, con domicilio en Avenida el Cóndor 590 oficina 302, Santiago y en contra de la demandada solidaria y/o subsidiariamente UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN, representada por don SERGIO MENA JARA, domiciliado en General Lagos 1163, Valdivia, por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de las siguientes prestaciones laborales: indemnización compensatoria de aviso previo por $736.745. -; feriado proporcional por $244.352. -; 8 días trabajados en abril por $196.464. -, indemnización por años de servicio por $1.473.490. -, recargo del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo por $442.047. -, remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen entre a fecha del despido hasta la fecha del pago de las cotizaciones de seguridad social mediante convalidación del despido, y la comunicación de este hecho en forma legal, a razón de $736.745, cotizaciones de seguridad social adeudadas, más reajustes, intereses y costas.
Funda sus pretensiones en que ingresó a prestar servicios para la demandada principal, con fecha 10 de agosto de 2022, como guardia de seguridad en dependencias de la Universidad San Sebastián, sede Valdivia, con contrato indefinido, en régimen de subcontratación. El 8 de abril de 2024 fue despedido mediante carta que invocó causal del Art. 161 del Código del Trabajo, adeudándole las prestaciones que reclama. Sentencia provisional: Valdivia, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Por cumplido lo ordenado. A la demanda interpuesta: A lo principal, por interpuesta demanda.
Estimándose fundadas las pretensiones del actor; existiendo antecedentes suficientes para emitir pronunciamiento y visto además, lo dispuesto en los artículos 7,9, 63,168, 172,173, 423,446, 456 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. - Que se acoge la demanda de nulidad del despido deducida por doña CARLA ANDREA GONZÁLEZ VILLALOBOS, en contra de ASESORÍA AGR SpA, representada por don LUIS ALFREDO GALDAMES ROJO, y de forma subsidiaria contra la UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN, representada por don SERGIO MENA JARA, ordenándose por consiguiente a la demandada pagar al demandante sus remuneraciones desde su despido, 8 de abril de 2024, hasta su convalidación, esto es, cuando entere las cotizaciones previsionales adeudadas, tomando como base la remuneración mensual equivalente a $736.490. - II. - Que se acoge la acción de despido improcedente, incoada por don CARLA ANDREA GONZÁLEZ VILLALOBOS en contra de ASESORIA AGR SpA y de forma subsidiaria contra la UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN, representada por don SERGIO MENA JARA, solo en cuanto se ordena a la demandada principal pagar al demandante los siguientes emolumentos: a) Indemnización por mes de aviso previo, por la suma de $736.745. - b) Remuneración por los días trabajados (8 días), por la suma de $196.464. - c) Feriado proporcional la suma de $244.352. - d) La suma de $1.473.490. - por concepto de indemnización por años de servicios. e) La suma de $442.047 por concepto de recargo del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. III. - Que las sumas ordenadas pagar lo serán reajustadas y devengarán intereses conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. - Ofíciese, en oportunidad, a las instituciones previsionales para que procedan al cobro de las cotizaciones previsionales adeudadas a la actora. V. - Que no se condena en costas a las demandadas. Al primer otrosí, por acompañados digitalmente.
Al segundo otrosí, como se pide, ofíciese a la Tesorería General de la República a fin de que retenga la devolución de impuestos que le corresponda recibir a la empleadora demandada ASESORÍA AGR, hasta la suma de $3.100.000. - Al tercer otrosí, téngase presente. Al cuarto otrosí, como se pide a la forma de notificación. Al quinto otrosí, estese a lo resuelto.
Notifíquese al apoderado de la parte demandante por correo electrónico, al representante de la demandada ASESORIA AGR, don LUIS ALFREDO GALDAMES ROJO, o a quien ejerza habitualmente las funciones de tal, todo en conformidad al artículo 4 del Código del Trabajo, personalmente o de acuerdo al artículo 437 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2561660 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.988 Sábado 2 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 del mismo cuerpo de leyes, en el domicilio ubicado en Avenida El Cóndor N 590 oficina N 302, Santiago, por exhorto dirigido a la oficia de distribución de Santiago. Se hace presente que la demandante es patrocinada por Corporación de Asistencia Judicial de la Región del BioBío, por lo que goza de privilegio de pobreza.
Notifíquese al representante de la demandada UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN, don SERGIO MENA JARA o a quien ejerza habitualmente las funciones de tal, todo en conformidad al artículo 4 del Código del Trabajo, personalmente o de acuerdo al artículo 437 del mismo cuerpo de leyes, en el domicilio en General Lagos N 1163, Valdivia, por el centro de notificaciones de esta ciudad. RIT M-278-2024, RUC 24-4-0588703-3. Proveyó doña MARIANELA LORETO LUNA NEIRA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. En Valdivia, a veintidós de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Notificación por aviso. Valdivia, uno de agosto de dos mil veinticuatro. Por devuelto exhorto. VISTO: Primero: Que se interpuso demanda en contra de la empresa ASESORÍAS AGR SpA, RUT 76.355.851-7; y solidariamente en contra de la UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN.
Segundo: Que, en diversas causas tenidas a la vista, consta lo siguiente: 1. - Domicilio de la demandada principal señalado en la demanda en RIT M244-2024: Avenida El Cóndor 590 oficina 302, Santiago (La notificación resultó fallida en Exhorto RIT E-4274-2024 del 1 Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago). 2.- Domicilio de la demandada principal señalado por Previred en RIT M186-2024 y por la TGR y por el SII en RIT M-244-2024: Avenida El Cóndor 590 oficina 302, Huechuraba (La notificación resultó fallida en Exhorto RIT RIT E-30352024 del 1 Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, correspondiente a la causa RIT M-186-2024). 3.- Domicilio de la demandada principal señalado por el SII y por el Registro Civil en RIT M-244-2024: Negrete 1871, Conchalí (La notificación resultó fallida en Exhorto RIT E-4764-2024 del 1 Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago). 5.- Según lo informado por la Comisaría Virtual de Carabineros en RIT M244-2024, la demandada principal no registra domicilio en dicha institución. Tercero: Que, según lo expuesto, el domicilio de la demandada principal es difícil de determinar; correspondiendo por tanto conforme al artículo 440 del Código del Trabajo, proceder a su notificación por aviso.
Conforme a lo razonado, se decreta: 1. - Notifíquese a la demandada ASESORÍAS AGR SpA, RUT 76.355.851-7, del giro de su denominación, representada por don LUIS ALFREDO GALDAMES ROJO, por aviso que se publicará por una sola vez en el Diario Oficial, conforme a un extracto emanado del tribunal, el que contendrá la demanda, resolución de fecha 22 de julio de 2024 que acoge la misma y la presente.
La demandada deberá fijar domicilio dentro del radio urbano donde funciona el Tribunal, bajo apercibimiento de notificársele todas las resoluciones que se dicten fuera de audiencia, incluidas las que se dicten en la etapa de cumplimiento de la causa considerándose dentro de ellas el requerimiento de pago, por el estado diario; sin perjuicio de la facultad de establecer alguna de las formas de notificación que dispone el artículo 442 del Código del Trabajo, preferentemente el correo electrónico. Notifíquese a la parte demandante vía correo electrónico a su apoderado. RIT M-278-2024, RUC 24-4-0588703-3. Proveyó doña MARIANELA LORETO LUNA NEIRA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. En Valdivia, a uno de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2561660 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl