Resolución exenta número 1.299, de 2025.- Activa vigilancia intensiva ante la detección de un ejemplar adulto de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied) en la provincia de San Felipe
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.169 Lunes 9 de Junio de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2655440 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso SE ACTIVA VIGILANCIA INTENSIVA ANTE LA DETECCIÓN DE UN EJEMPLAR ADULTO DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA WIED. ) EN LA PROVINCIA DE SAN FELIPE, REGIÓN DE VALPARAÍSO (Resolución) Núm. 1.299 exenta. - Quillota, 15 de mayo de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores modificaciones; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta Nº 3.513, de 1995, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara a Chile como país libre de Ceratitis capitata (Wied. ), y sus modificaciones posteriores; la resolución exenta Nº 661, de 2022, Nº 1.909 de 2024, Nº 2.427 del 2025, y Nº 3.016 de 2025, todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara emergencia de la situación que indica, y las facultades que invisto como Directora Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso, conforme a la resolución exenta RA Nº 240/777/2025, de fecha 26 de abril de 2023, de la Dirección Nacional del Servicio. Considerando: 1.
Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el SAG o el Servicio, tiene por objeto contribuir al desarrollo silvoagropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y sanidad vegetal. 2.
Que, para el cumplimiento de su objeto, el Servicio debe mantener un sistema de vigilancia y diagnóstico de las enfermedades silvoagropecuarias existentes en el país, o susceptibles de presentarse, y que a juicio del Servicio sean relevantes para la producción nacional, para lo cualdebe formular los programas de acción que correspondan. 3. Que, por resolución exenta Nº 3.513, citada en vistos, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales conocida como "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied). 4.
Que, con fecha 6 mayo de 2025, se ha detectado la presencia de un ejemplar, hembra silvestre no inseminada (adulto), de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied. ) en el sector Bellavista de la comuna de San Felipe, Región de Valparaíso. 5.
Que, mediante el establecimiento de un sistema de trampeo y muestreo de alta sensibilidad originado por una captura, se debe descartar si se está ante la presencia de un brote de Mosca del Mediterráneo de manera oportuna. 6.
Que, cuando se declara un brote de "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied) en el país se debe evitar la dispersión de la plaga por medidas cuarentenarias con el fin de preservar el patrimonio fitosanitario nacional en el resto del país. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2655440 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, en virtud de lo dispuesto en el Nº 3 de la resolución exenta Nº 3.513, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para la vigilancia intensiva de esta plaga. 8.
Que, las acciones que se desarrollan como respuesta a la detección de un único ejemplar fértil de Mosca del Mediterráneo por el Sistema Nacional de Detección de Moscas de la Fruta (SNDMF); Vigilancia Fitosanitaria; denuncias u otras actividades, corresponda siempre a: un adulto macho fértil o un adulto hembra fértil no inseminada. 9.
Que, mediante las resoluciones exentas Nº 661, de 2022, Nº 1.909, de 2024, Nº 2.427, de 2025, y Nº 3.016, de 2025, todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, se ha declarado como emergencia la situación descrita en la Región de Valparaíso. Resuelvo: 1. Declárese activadala vigilancia intensiva por la detección de un ejemplar de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied. ) en la comuna de San Felipe, sector Bellavista. 2. Establézcase para el caso de la plaga "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied.). El área de vigilancia intensivacorresponde a una superficie cubierta por un radio de 4 Km. alrededor de la detección. 3. Establézcase: a) A partir de fecha 6 de marzo de 2025, como área de vigilancia intensiva, el polígono de 41 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación.
POLÍGONO 4,0 KM DATUM WGS 84 (HUSO 19) COORDENADAS UTM N ESTE NORTE VÉRTICE 1 339252 6378276 2 339203 6377650 3 339056 6377040 4 338816 6376460 5 338488 6375925 6 338080 6375448 7 337603 6375040 8 337068 6374712 9 336488 6374472 10 335878 6374325 11 335252 6374276 12 334626 6374325 13 334016 6374472 14 333436 6374712 15 332901 6375040 16 332424 6375448 17 332016 6375925 18 331688 6376460 19 331448 6377040 20 331301 6377650 21 331252 6378276 22 331301 6378902 23 331448 6379512 24 331688 6380092 25 332016 6380627 26 332424 6381104 27 332901 6381512 28 333436 6381840 29 334016 6382080 30 334626 6382227 31 335252 6382276 32 335878 6382227 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2655440 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Dispóngase la ejecución de las siguientes medidas fitosanitarias en el área vigilada a) El Servicio podrá establecer puestos de control fitosanitario móviles y transitorios, dentro o fuera del área vigilada. b) El Servicio podrá determinar acciones de inspección, verificación de origen y corroboración de la condición fitosanitaria en centros de acopio de productos hortofrutícolas u otros. Los propietarios de estas instalaciones deberán dar las facilidades a los inspectores SAG para la realización de las mismas. c) Otras medidas que el Servicio determine. 5. Dispóngase la notificación de la presente resolución en el Diario Oficial. 6. Déjase establecidoque las infracciones a la presente resolución serán sancionadas según lo dispuesto en el decreto ley 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola. Anótese y comuníquese. - Astrid Tatiana Tala Díaz, Directora RegionalServicio Agrícola y Ganadero Región de Valparaíso. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2655440 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl