CANTOR 1, 1 AL 30 Y OTRAS / Teck Resources Chile Limitada
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.019 Lunes 9 de Diciembre de 2024 Página 1 de 3 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2579885 CÓDIGO: O 08 PROCEDIMIENTO: Voluntario. MATERIA: Aprobación judicial de renuncia de concesiones mineras de explotación. SOLICITANTE: Teck Resources Chile Limitada RUT: 78.127.000-8. ABOGADO PATROCINANTE: María Isabel Reinoso Grau RUT: 10.798.706-1. EN LO PRINCIPAL: Solicita aprobación judicial de renuncia de concesiones mineras de explotación que indica. PRIMER OTROSÍ: Se disponga publicación que indica. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento que indica. CUARTO OTROSÍ: Se tenga presente. S.J.L.
JUZGADO DE LETRAS DE POZ ALMONTE MARÍA ISABEL REINOSO GRAU, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N 10.798.706-1, en representación según se acreditará de TECK RESOURCES CHILE LIMITADA, empresa chilena del giro minero, RUT 78.127.000-8, ambas domiciliadas en Avenida Alonso de Córdova 4580, Piso 10, comuna de las Condes, Santiago, a US. respetuosamente digo: 1.
Teck Resources Chile Limitada es dueña de las siguientes concesiones de explotación “CANTOR 1,1 AL 30”, Rol Nacional 01405-0859-4, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 1, Número 1 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2022 del Conservador de Minas de Pozo Almonte, “CANTOR 3,1 AL 20”, Rol Nacional 01405-0861-6, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 11, Número 3 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2022 del Conservador de Minas de Pozo Almonte, “CANTOR 4,1 AL 20”, Rol Nacional 01405-0862-4, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 16, Número 4 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2022 del Conservador de Minas de Pozo Almonte, “SONDA 1,1 AL 30”, Rol Nacional 01401-2858-9, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 21, Número 5 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2022 del Conservador de Minas de Pozo Almonte, “SONDA 3,1 AL 20”, Rol Nacional 01401-2860-0, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 31, Número 7 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2022 del Conservador de Minas de Pozo Almonte. 2.
Que de conformidad con la facultad establecida en el artículo 162 del Código de Minería y artículos 61 y siguientes del Reglamento del Código de Minería, mi representada, esto es Teck Resources Chile Limitada, ha formalizado -de manera irrevocable y definitivala renuncia de las referidas concesiones mineras de explotación denominadas “CANTOR 1,1 AL 30”, “CANTOR 3,1 AL 20”, “CANTOR 4,1 AL 20”, “SONDA 1,1 AL 30”, “SONDA 3,1 AL 20, según consta de escritura pública de fecha 14 de noviembre del año 2024, repertorio N 5360-2024, otorgada ante el notario don R. Alfredo Martín Illanes. 3.
En efecto, y como se desprende de las disposiciones legales y reglamentarias antes citadas, para que la renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas “CANTOR 1,1 AL 30”, “CANTOR 3,1 AL 20”, “CANTOR 4,1 AL 20”, “SONDA 1,1 AL 30”, “SONDA 3,1 AL 20, antes individualizadas quede perfecta, no basta con la mera manifestación de voluntad del renunciante practicada por Escritura Pública, sino que además es necesaria la cancelación de la respectivas inscripciones de las sentencias constitutivas y actas de mensura, ordenada por el juez competente dentro del procedimiento de jurisdicción voluntaria que origina la solicitud de aprobación judicial de la renuncia. 4. En consecuencia, y por este acto vengo en solicitar a S.S., previa publicación de esta solicitud Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2579885 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.019 Lunes 9 de Diciembre de 2024 Página 2 de 3 en conformidad a lo establecido en el artículo 66 del Reglamento del Código de Minería, se sirva aprobar y aceptar la renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas “CANTOR 1,1 AL 30”, “CANTOR 3,1 AL 20”, “CANTOR 4,1 AL 20”, “SONDA 1,1 AL 30”, “SONDA 3,1 AL 20, efectuada por mi representada a través de la Escritura Pública de fecha 14 de noviembre del año 2024 y, en definitiva, disponer la cancelación de las inscripciones de las respectivas sentencias constitutivas y actas de mensura, como asimismo de toda otra inscripción que se derive de éstas y, ordenar que, una vez cumplida la resolución que dispone la cancelación de las inscripciones, se proceda al derribo de los hitos respectivos.
POR TANTO, En mérito de lo expuesto y lo establecido en los artículos 162 y 231 del Código de Minería; artículos 61 si siguientes del Reglamento del mismo cuerpo legal y artículo 817 del Código de Procedimiento Civil; SOLICITO A S.S., tener por interpuesta la solicitud de aprobación judicial de renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas “CANTOR 1,1 AL 30”, “CANTOR 3,1 AL 20”, “CANTOR 4,1 AL 20”, “SONDA 1,1 AL 30”, “SONDA 3,1 AL 20, acogerla a tramitación y, en definitiva, previa publicación de la solicitud, resolver: a) Que se aprueba y acepta la renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas “CANTOR 1,1 AL 30”, “CANTOR 3,1 AL 20”, “CANTOR 4,1 AL 20”, “SONDA 1,1 AL 30”, “SONDA 3,1 AL 20. b) Disponer la cancelación de las inscripciones de sentencias constitutivas y actas de mensura, como asimismo la cancelación de todas las inscripciones derivadas de ellas, oficiando al efecto, c) Ordenar que, una vez cumplido lo resuelto anteriormente, se proceda al derribo de los hitos.
PRIMER OTROSÍ: Con la finalidad de dar cumplimiento a la publicación a que se refiere el artículo 66 del Reglamento del Código de Minería, vengo en solicitar a S.S. se sirva ordenar la realización de dicha publicación. POR TANTO, SÍRVASE SS: acceder a lo solicitado. SEGUNDO OTROSÍ: De conformidad a lo ordenado por el artículo 65 inciso primero del Reglamento del Código de Minería, SOLICITO A US. Se sirva tener por acompañados los siguientes documentos: 1. Copia autorizada de la escritura pública de fecha 14 de noviembre del año 2024, repertorio N 5360-2024, otorgada ante el Notario Público don R.
Alfredo Martín Illanes, de la Décimo Quinta Notaria de Santiago, en la que consta la renuncia de las concesiones mineras de explotación denominadas “CANTOR 1,1 AL 30”, “CANTOR 3,1 AL 20”, “CANTOR 4,1 AL 20”, “SONDA 1,1 AL 30”, “SONDA 3,1 AL 20”, cuya aprobación se ha solicitado en LO PRINCIPAL de este escrito. 2.
Copias autorizadas de las inscripciones de la sentencia constitutiva para cada una de las concesiones mineras descritas en lo principal de este escrito practicadas en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Pozo Almonte. 3. Copias autorizadas de los planos de mensura para cada una de las concesiones descritas en lo principal de este escrito. 4. Certificados de dominio vigente, de prohibiciones e interdicciones, hipoteca, gravámenes y litigios para cada una de las concesiones descritas en lo principal de este escrito. POR TANTO, SÍRVASE SS tener por acompañados los documentos.
TERCER OTROSÍ: SOLICITO A S.S. tener presente que mi personería, para representar a Teck Resources Chile Limitada en este procedimiento, consta de la escritura pública de fecha 7 de julio de 2021, rectificada con fecha 05 de agosto del 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don R. Alfredo Martín Illanes, copias de la cuales se acompañan. POR TANTO, SÍRVASE S.S. tenerlo presente y tener por acompañado los documentos.
CUARTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que, atendida mi calidad de abogada habilitada para el ejercicio de la profesión, asumiré personalmente el patrocinio y poder de esta gestión, que Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2579885 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.019 Lunes 9 de Diciembre de 2024 Página 3 de 3 se constituyen en virtud de la escritura pública que se acompaña en el segundo otrosí precedente. POR TANTO, SÍRVASE S.S. se tenga presente. NOMENCLATURA: 1. [1]Da curso a la solicitud JUZGADO: Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL: V-2057-2024 CARATULADO: TECK RESOURCES CHILE LIMITADA/ Pozo Almonte, dos de diciembre de dos mil veinticuatro.
Resolviendo la presentación de folio N 1: A lo principal y primer otrosí: Téngase por interpuesta solicitud de aprobación judicial de renuncia de las concesiones que indica, teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 162 y siguientes del Código de Minería y 61 y siguientes del Reglamento del Código de Minería, publíquese en el Boletín Oficial de Minería. El solicitante deberá extraer del sistema de Tramitación Electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo recién ordenado, de conformidad al artículo 4 de la ley 20.886. Al segundo otrosí: Téngase por acompañados digitalmente los documentos individualizados. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañado de forma digital el referido documento. y cuarto otrosí: Téngase presente. Dictada por el Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, cuya firma electrónica consta al pie de la presente resolución.
En Pozo Almonte, a dos de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. /dzt Horacio Manuel Andrade Aguilante Juez PJUD Dos de diciembre de dos mil veinticuatro 12:41 UTC-3. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XYLUXRLXZSK. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2579885 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl