PROA 17, 1 AL 30 y otras / Teck Resources Chile Limitada
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 1 de 3 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2582824 CÓDIGO: O 08 PROCEDIMIENTO: Voluntario. Aprobación judicial de renuncia de concesiones mineras de MATERIA: explotación. SOLICITANTE: Teck Resources Chile Limitada RUT: 78.127.000-8. ABOGADO PATROCINANTE: María Isabel Reinoso Grau RUT: 10.798.706-1 EN LO PRINCIPAL: Solicita aprobación judicial de renuncia de concesiones mineras de explotación que indica. PRIMER OTROSÍ: Se disponga publicación que indica. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento que indica. CUARTO OTROSÍ: Se tenga presente. S.J.L.
JUZGADO DE LETRAS DE ANTOFAGASTA MARÍA ISABEL REINOSO GRAU, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N 10.798.706-1, en representación según se acreditará de TECK RESOURCES CHILE LIMITADA, empresa chilena del giro minero, RUT 78.127.000-8, ambas domiciliadas en Avenida Alonso de Córdova 4580, Piso 10, comuna de las Condes, Santiago, a US. respetuosamente digo: 1.
Teck Resources Chile Limitada es dueña de las siguientes concesiones de explotación “PROA 16,1 AL 30”, Rol Nacional 02206-6172-5, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 3.005, Número 801 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2015 del Conservador de Minas de Antofagasta, “PROA 17,1 AL 30”, Rol Nacional 02206-6173-3, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 3.012, Número 802 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2015 del Conservador de Minas de Antofagasta, “PROA 18,1 AL 20”, Rol Nacional 02206-6238-1, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 223, Número 65 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2016 del Conservador de Minas de Antofagasta, “PROA 19,1 AL 20”, Rol Nacional 02206-6239-K, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 228, Número 66 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2016 del Conservador de Minas de Antofagasta, “PROA 20,1 AL 20”, Rol Nacional 02206-6240-3, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura rola inscrita a Fojas 234, Número 67 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2016 del Conservador de Minas de Antofagasta. 2.
Que de conformidad con la facultad establecida en el artículo 162 del Código de Minería y artículos 61 y siguientes del Reglamento del Código de Minería, mi representada, esto es Teck Resources Chile Limitada, ha formalizado -de manera irrevocable y definitivala renuncia de las referidas concesiones mineras de explotación denominadas “PROA 16,1 AL 30”, “PROA 17,1 AL 30”, “PROA 18,1 AL 20”, “PROA 19,1 AL 20”, “PROA 20,1 AL 20”, según consta de escritura pública de fecha 14 de noviembre del año 2024, repertorio Nº 5360-2024, otorgada ante el notario don R. Alfredo Martín Illanes. 3.
En efecto, y como se desprende de las disposiciones legales y reglamentarias antes citadas, para que la renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas “PROA 16,1 AL 30”, “PROA 17,1 AL 30”, “PROA 18,1 AL 20”, “PROA 19,1 AL 20”, “PROA 20,1 AL 20” antes individualizadas quede perfecta, no basta con la mera manifestación de voluntad del renunciante practicada por Escritura Pública, sino que además es necesaria la cancelación de la respectivas inscripciones de las sentencias constitutivas y actas de mensura, ordenada por el juez competente dentro del procedimiento de jurisdicción voluntaria que origina la solicitud de aprobación judicial de la renuncia. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2582824 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 2 de 3 4.
En consecuencia, y por este acto vengo en solicitar a S.S., previa publicación de esta solicitud en conformidad a lo establecido en el artículo 66 del Reglamento del Código de Minería, se sirva aprobar y aceptar la renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas “PROA 16,1 AL 30”, “PROA 17,1 AL 30”, “PROA 18,1 AL 20”, “PROA 19,1 AL 20”, “PROA 20,1 AL 20”, efectuada por mi representada a través de la Escritura Pública de fecha 14 de noviembre del año 2024 y, en definitiva, disponer la cancelación de las inscripciones de las respectivas sentencias constitutivas y actas de mensura, como asimismo de toda otra inscripción que se derive de éstas y, ordenar que, una vez cumplida la resolución que dispone la cancelación de las inscripciones, se proceda al derribo de los hitos respectivos.
POR TANTO, En mérito de lo expuesto y lo establecido en los artículos 162 y 231 del Código de Minería; artículos 61 si siguientes del Reglamento del mismo cuerpo legal y artículo 817 del Código de Procedimiento Civil; SOLICITO A S.S., tener por interpuesta la solicitud de aprobación judicial de renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas ““PROA 16,1 AL 30”, “PROA 17,1 AL 30”, “PROA 18,1 AL 20”, “PROA 19,1 AL 20”, “PROA 20,1 AL 20”, acogerla a tramitación y, en definitiva, previa publicación de la solicitud, resolver: a) Que se aprueba y acepta la renuncia de los grupos de pertenencias mineras denominadas “PROA 16,1 AL 30”, “PROA 17,1 AL 30”, “PROA 18,1 AL 20”, “PROA 19,1 AL 20”, “PROA 20,1 AL 20”. b) Disponer la cancelación de las inscripciones de sentencias constitutivas y actas de mensura, como asimismo la cancelación de todas las inscripciones derivadas de ellas, oficiando al efecto, c) Ordenar que, una vez cumplido lo resuelto anteriormente, se proceda al derribo de los hitos.
PRIMER OTROSÍ: Con la finalidad de dar cumplimiento a la publicación a que se refiere el artículo 66 del Reglamento del Código de Minería, vengo en solicitar a S.S. se sirva ordenar la realización de dicha publicación. POR TANTO, SÍRVASE SS: acceder a lo solicitado. SEGUNDO OTROSÍ: De conformidad a lo ordenado por el artículo 65 inciso primero del Reglamento del Código de Minería, SOLICITO A US. Se sirva tener por acompañados los siguientes documentos: 1. Copia autorizada de la escritura pública de fecha 25 de junio del año 2024, repertorio Nº 2918-2024, otorgada ante el Notario Público don R.
Alfredo Martín Illanes, de la Décimo Quinta Notaria de Santiago, en la que consta la renuncia de las concesiones mineras de explotación denominadas “PROA 16,1 AL 30”, “PROA 17,1 AL 30”, “PROA 18,1 AL 20”, “PROA 19,1 AL 20”, “PROA 20,1 AL 20”, cuya aprobación se ha solicitado en LO PRINCIPAL de este escrito. 2.
Copias autorizadas de las inscripciones de la sentencia constitutiva para cada una de las concesiones mineras descritas en lo principal de este escrito practicadas en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Antofagasta. 3. Copias autorizadas de los planos de mensura para cada una de las concesiones descritas en lo principal de este escrito. 4. Certificados de dominio vigente, de prohibiciones e interdicciones, hipoteca, gravámenes y litigios para cada una de las concesiones descritas en lo principal de este escrito. POR TANTO, SÍRVASE SS tener por acompañados los documentos.
TERCER OTROSÍ: SOLICITO A S.S. tener presente que mi personería, para representar a Teck Resources Chile Limitada en este procedimiento, consta de la escritura pública de fecha 7 de julio de 2021, rectificada con fecha 05 de agosto del 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don R. Alfredo Martín Illanes, copias de la cuales se acompañan. POR TANTO, SÍRVASE S.S. tenerlo presente y tener por acompañado los documentos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2582824 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 3 de 3 CUARTO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que, atendida mi calidad de abogada habilitada para el ejercicio de la profesión, asumiré personalmente el patrocinio y poder de esta gestión, que se constituyen en virtud de la escritura pública que se acompaña en el segundo otrosí precedente. POR TANTO, SÍRVASE S.S. se tenga presente.
NOMENCLATURA : 1. [760]Previo a proveer JUZGADO : 3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-312-2024 CARATULADO : TECK RESOURCES CHILE LIMITADA/ Antofagasta, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro Previo a proveer, atendido el mérito de lo dispuesto en el artículo 254 N2 del Código de Procedimiento Civil, previo a proveer, cúmplase con señalar correo electrónico del abogado patrocinante y/o del mandatario judicial e indicar si ese correo se utilizará como mecanismo de notificación en el proceso. En Antofagasta, a veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jordan Rodrigo Campillay Fernandez Juez PJUD Veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro 10:23 UTC-3. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl. Código: MQDJXRCGYXJ CUMPLE LO ORDENADO S.J.L. (3 J.L.
Antofagasta) Maria Isabel Reinoso Grau, abogada, en representación de Teck Resources Chile Limitada, en los autos sobre solicitud de aprobación judicial de renuncia de concesiones mineras, causa Rol V-312-2024, de este Tercer Juzgado de Letras de Antofagasta, a US: respetuosamente digo: Cumpliendo lo ordenado por S.S. de acuerdo con la resolución de fecha 28 de noviembre del año 2024, vengo en indicar que el correo que se utilizará como mecanismo de notificación en el proceso es maria.reinoso@teck.com. POR TANTO, RUEGO A US. Se sirva tener por cumplido lo ordenado.
NOMENCLATURA : 1. [1]Da curso a la solicitud 2. [4689]Por acompañado documento 3. [1474]Ordena publicación JUZGADO : 3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-312-2024 CARATULADO : TECK RESOURCES CHILE LIMITADA/ Antofagasta, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro Por cumplido lo ordenado. Téngase presente correo electrónico que señala, regístrese en el sistema. Resolviendo derechamente la presentación de folio 1, se dispone: A LO PRINCIPAL, Por iniciada la gestión, se resolverá. AL PRIMER OTROSI, Hágase la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento del Código de Minería. AL SEGUNDO OTROSI, Téngase por acompañados los documentos digitalizados. AL TERCER Y CUARTO OTROSI, Téngase presente, y por acompañada copia digitalizada de la escritura pública señalada. En Antofagasta, a cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jordan Rodrigo Campillay Fernandez Juez PJUD Cinco de diciembre de dos mil veinticuatro 10:08 UTC-3. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl. Código: WWETXRJSYWM. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2582824 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl