Servicio de Evaluación Ambiental arremete contra Dominga en la Corte Suprema
Servicio de Evaluación Ambiental arremete contra Dominga en la Corte Suprema El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) lanzó una nueva ofensiva en contra del proyecto minero portuario Dominga de Andes Iron.
La semana pasada la agencia, que se encarga de administrar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) -en ese momento todavía liderada por Valentina Durán, quien renunció este miércoles antes del cambio de gobierno-, acudió a la Corte Suprema y al Tribunal Ambiental de Santiago para solicitar que sean declarados inadmisibles el recurso de queja y la reclamación que presentó la sociedad minera para intentar reflotar la iniciativa que considera una inversión de US$2.500 millones. Esto, luego que la Corte de Apelaciones de Antofagasta anulara, de oficio, lo resuelto por el Primer Tribunal Ambiental en el procedimiento de cumplimiento incidental, al considerar que su aplicación resulta improcedente.
Ante la Corte Suprema el SEA, representado por el abogado Juan de Dios Montero, jefe del Departamento de Litigios e Invalidaciones, explicó que "no se configura una causal de grave falta o abuso que haga procedente la interposición de un recurso de queja.
Los ministros recurridos se apegaron estrictamente al pronunciamiento de esta Corte Suprema para resolver anular un procedimiento que jamás debió haberse promovido". Y añadió que "los efectos que tiene la Resolución Recurrida tanto en el proceso judicial como en el procedimiento administrativo sub-lite, al no resolver el objeto del juicio y dejar el procedimiento administrativo todavía inconcluso, obligan a concluir que no estamos ante una sentencia definitiva o interlocutoria que haga procedente el recurso de queja, por lo que el presente recurso debe ser declarado inadmisible". Tagrid Safatle Nadi, jefa (s) de la División Jurídica del Servicio de Evaluación Ambiental, solicitó al Tribunal Ambiental de Santiago que declare inadmisible la reclamación presentada por Andes Iron. La solicitud sostiene que la empresa ya no tiene derecho a reclamar judicialmente porque el plazo legal para hacerlo venció. 0 MIN GA.