Resolución exenta número 1.952, de 2024.- Modifica resolución N° 282 exenta, de 2024, que establece condiciones que indica respecto a los llamados a procesos de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda,
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.040 Sábado 4 de Enero de 2025 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2590641 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO MODIFICA RESOLUCIÓN N 282 EXENTA (V.
Y U. ), DE 2024, QUE ESTABLECE CONDICIONES QUE INDICA RESPECTO A LOS LLAMADOS A PROCESOS DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N 49 (V.
Y U. ), DE 2011, DESTINADO A COOPERATIVAS CERRADAS DE VIVIENDA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA LA ADQUISICIÓN DE TERRENOS Y EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, DISPUESTOS POR LAS RESOLUCIONES Nos. 11.504, 1.266, 1.194, 1.254 Y 811 EXENTAS (TODAS DE VIVIENDA Y URBANISMO), DE 2017,2020, 2021,2022 Y 2023, RESPECTIVAMENTE, EN EL SENTIDO QUE INDICA (Resolución) Santiago, 24 de diciembre de 2024. - Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 1.952 exenta.
Visto: a) El DS N 49 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda; b) La ley N 21.450, de 2022, que aprueba Ley sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional; c) La resolución exenta N 322 (V. y U. ), de fecha 23 de febrero de 2024, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N 49 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, a cooperativas cerradas de vivienda para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos; d) La resolución exenta N 282 (V. y U. ), de fecha 16 de febrero de 2024, que establece condiciones que indica respecto a los llamados a procesos de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N 49 (V. y U. ), de 2011, destinado a cooperativas cerradas de vivienda en la alternativa de postulación colectiva para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, dispuestos por las resoluciones exentas Ns. 11.504, 1.266, 1.194, 1.254 y 811 (todas V. y U. ), de 2017,202, 2021,2022 y 2023, respectivamente, en el sentido que se indica; e) Oficio ordinario N 1.163, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, de fecha 20 de julio de 2023, que envía estándar de acondicionamiento térmico mínimo para viviendas nuevas, y Considerando: a) Que, de acuerdo con el Plan de Emergencia Habitacional, es necesario consolidar el modelo de atención a cooperativas cerradas de vivienda, estableciendo medidas que permitan, entre otras cosas, el desarrollo expedito de los proyectos de construcción; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2590641 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.040 Sábado 4 de Enero de 2025 Página 2 de 4 b) Que, de acuerdo al cálculo del valor del permiso de edificación establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se ha constatado que para algunos proyectos ya seleccionados, 10 unidades de fomento, monto máximo vigente destinado al pago de este permiso municipal, resulta insuficiente especialmente por tratarse de proyectos de pequeña escala; c) Que las cooperativas seleccionadas hasta el año 2024, están desarrollando sus proyectos habitacionales y aún no han iniciado obras; d) Que resulta necesario generar un criterio uniforme en las condiciones de aplicación del subsidio, tomando como referencia las del último llamado dispuesto mediante la resolución exenta N 322 (V. y U. ), de 2024, citada en visto c), incorporando, como alternativa a la aplicación del Plan de Descontaminación Atmosférica lo establecido en el oficio ordinario citado en el visto e), aumentando el monto de unidades de fomento para el financiamiento de las obras correspondientes a los estándares de construcción sustentable y la eliminación del monto máximo por concepto de permiso de edificación; e) Que para mejorar las condiciones de pago del permiso de edificación es necesario realizar una modificación de la resolución exenta N 282, citada en el visto d), con el objeto de: 1.
Incorporar, como alternativa a la aplicación del Plan de Descontaminación Atmosférica, la aplicación de lodispuesto en el oficio ordinario N 1.163, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, de 2023, que establece un estándar de comportamiento higrotérmico para las viviendas financiadas por el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda. 2. Aumentar el monto de subsidio dispuesto para el financiamiento de las obras destinadas a la incorporación de estándares de construcción sustentable. 3.
Eliminar el tope máximo de UF destinadas al financiamiento del costo de los derechos municipales por concepto de permisos, anteproyecto y revisor independiente, incluyendo los aportes al espacio público producto de la aplicación de la ley N 20.958, que Establece un Sistema de Aportes al Espacio Público, aun cuando la postulación se hiciere contando con anteproyecto o con solicitud de ingreso a la Dirección de Obras Municipales, dicto la siguiente Resolución: 1.
Reemplázase el cuadro del resuelvo 1. de la resolución exenta N 282 (V. y U. ), de 2024, citada en el visto d), por el siguiente: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2590641 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.040 Sábado 4 de Enero de 2025 Página 4 de 4 2. Establécese que la resolución exenta N 282 (V. y U. ), de 2024, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución. Anótese, publíquese y archívese. - Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento. - Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2590641 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl