Resolución número 26, de 2025.- Ejecuta acuerdo del Comité de Asignación de Fondos; y deja sin efecto resolución Nº 844 exenta, de 2021, y resoluciones electrónicas exentas Nº 387, de 2022, y Nº 602, de 2023; y aprueba texto refundido de las bases del instrumento denominado Red de Asistencia Digital
I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.101 Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 1 de 17 Normas Generales CVE 2621219 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Corporación de Fomento de la Producción Gerencia de Desarrollo Territorial EJECUTA ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS CAF; Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS Nº 844 DE 2021, Y RESOLUCIONES ELECTRÓNICAS EXENTAS Nº 387, DE 2022 Y Nº 602, DE 2023, TODAS DE CORFO; Y APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DE LAS BASES DEL INSTRUMENTO DENOMINADO “RED DE ASISTENCIA DIGITAL FORTALECE PYME” (Resolución) Núm. 26. - Santiago, 18 de febrero de 2025.
Visto: La ley Nº 6.640, que creó la Corporación de Fomento de la Producción - Corfo; el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas por las que se regirá Corfo; y el decreto Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía, que aprobó el Reglamento General de la Corporación; la resolución exenta RA Nº 58/327/2024, de Corfo, que estableció el orden de subrogación del cargo de Gerente de Desarrollo Territorial; y lo dispuesto en las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 14, de 2022, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan, respectivamente, las normas sobre exención del trámite de toma de razón y los montos de los actos que deben cumplir con dicho trámite y los controles de reemplazo. Considerando: 1.
La resolución afecta Nº 53, de 2020, modificada por la resolución afecta Nº 72, de 2021, ambas de Corfo, que aprobó las normas por las que deberá regirse el “Comité de Asignación de Fondos - CAF” y aprobó su Reglamento, el que, en su artículo 5º, lo faculta para aprobar la creación de los instrumentos de financiamiento, programas o concursos; establecer sus objetivos generales, montos y porcentajes máximos de cofinanciamiento o los montos de financiamiento, plazos máximos de ejecución, definición de potenciales beneficiarios y criterios de evaluación, así como la modificación de alguno de estos elementos; previa propuesta, entre otros, del Gerente de Redes y Territorios, hoy Gerente de Desarrollo Territorial; y, en su artículo 7, letra e), faculta al mismo Gerente para “Aprobar el texto definitivo de las Bases o reglamentos de los instrumentos, con base en los elementos establecidos por el Comité, en ejercicio de la facultad establecida en el numeral 9, del artículo 5; así como aprobar sus modificaciones y el texto refundido de las mismas, y resolver toda controversia o duda en cuanto a su correcto sentido y alcance, sin perjuicio de los recursos establecidos en la ley.
Estas Bases regularán, además, los aspectos administrativos que deben cumplirse desde la etapa de orientación a los postulantes y/o la postulación misma, hasta el término de los programas y/o los convenios y contratos de subsidio”. 2.
Las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante indistintamente “BAG”, aprobadas por resolución afecta Nº 28, de 2020, modificadas por las resoluciones afectas Nº 136, de 2023, y Nº 51, de 2024, todas de Corfo. 3.
El Acuerdo adoptado en la Sesión Nº 01/2021, de 12 de enero de 2021, que aprobó la creación del Instrumento “Red de Asistencia Digital Fortalece PYME - Proyecto Red”, modificado por Acuerdo adoptado en Sesión Nº 09/2022, celebrada el 14 de junio de 2022, y por el numeral V. del Acuerdo adoptado en Sesión Nº 6/2023, de 23 de mayo de 2023, todos del Comité de Asignación de Fondos. 4.
La resolución exenta Nº 844, de 2021, modificada por resoluciones electrónicas exentas Nº 387, de 2022, y Nº 602, de 2023, todas de Corfo, que ejecutaron los Acuerdos individualizados en Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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El Acuerdo Nº 2, adoptado por el Comité de Asignación de Fondos - CAF, en Sesión Nº 1/2025, de 28 de enero de 2025, que deja sin efecto los Acuerdos individualizados en el Considerando 3, modifica la denominación del instrumento con el nuevo nombre “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme” y aprueba los elementos que lo regulan. 6.
Las facultades otorgadas en el Reglamento del Comité de Asignación de Fondos, citado en el Considerando 1, en ejercicio de las cuales el Gerente de Desarrollo Territorial ha estimado conveniente, además, introducir cambios en la normativa actual del instrumento que son de su competencia y aprobar un texto refundido de las mismas.
Resuelvo: 1º Ejecútase el Acuerdo adoptado por el Comité de Asignación de Fondos - CAF, en Sesión Nº 1/2025, celebrada el 28 de enero de 2025, que dejó sin efecto los Acuerdos adoptados por el mismo Comité, en sus Sesiones Nº 1/2021, de 12 de enero de 2021; Nº 09/2022, de 14 de junio de 2022; y Nº 6/2023, de 23 de mayo de 2023, que modificó la denominación del instrumento por “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme” y aprobó las nuevas normas por las que deberá regirse. 2º Déjanse sin efecto la resolución exenta Nº 844, de 2021, y las resoluciones electrónicas exentas Nº 387, de 2022, y Nº 602, de 2023, todas de Corfo. 3º Apruébase el texto refundido de las Bases del instrumento “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme”: Índice 1. Antecedentes generales 2. Objetivos 3. Productos y Resultados Esperados del Instrumento 4. Participantes en el proyecto 5. Plazo de Ejecución del Proyecto 6. Cofinanciamiento 7. Actividades y gastos financiables 8. Contenido de la postulación 9. Evaluación del Proyecto 10. Decisión y Asignación de Recursos 11. Procesos y Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción 12. Normas Transitorias. 1. Antecedentes generales. Uno de los desafíos más relevantes que enfrenta Chile, a nivel económico, tiene relación con cómo mejorar la productividad de sus empresas, especialmente las pequeñas y medianas. En Chile existen dos formas de medir la productividad y ambas presentan brechas importantes en sus resultados.
La Comisión Nacional de Productividad, entidad que mide la productividad a nivel agregado de la economía chilena, determinó que la productividad nacional se desaceleró en los últimos 15 años, experimentando una variación, para el 2024, estimada entre - 0.2% y 0.1% para la economía agregada (cálculo que considera todos los sectores, incluyendo el minero), e igual cifra para la economía sin minería.
De hecho, en la década de los 90, la productividad nacional aportó con 2,3 puntos porcentuales de crecimiento por año, mientras que, a partir del año 2000, dicho aporte se redujo a no más de 0,1 puntos porcentuales.
Por otro lado, a nivel de productividad laboral, se observan importantes brechas entre nuestro país y los países de la OECD, en los que un trabajador promedio es hasta 1,5 veces más productivo que un trabajador nacional.
De manera complementaria, la productividad y eficiencia operativa entre empresas de distintos tamaños, como forma de medida, según un estudio del MINECON (2017), se observa que esta es mayor en las grandes empresas, en promedio, en hasta 6 veces que las microempresas. Esta situación ha tenido efectos relevantes en nuestra economía. De acuerdo con la Comisión Nacional de Productividad, si Chile hubiese sido capaz de mantener su trayectoria de crecimiento de los años 90, hoy tendríamos un nivel de vida un tercio mayor al actual.
Un ejemplo de lo anterior es que, actualmente, el ingreso mediano es de $510.000, donde, además, se observa una brecha salarial importante entre hombres y mujeres (23,3% en el ingreso mediano). Esto quiere decir que el 50% de la población en Chile tiene ingresos iguales o menores a dicha cifra. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 3 de 17 Núm. 44.101 Las recomendaciones de organismos internacionales, respecto a las brechas existentes en productividad y eficiencia en la Pyme, han apuntado a que las políticas y programas públicos avancen hacia la incorporación y adopción de nuevas tecnologías, por, sobre todo, digitales (OCDE, 2025) por parte de las Pymes, que ayuden a maximizar y reorientar los recursos disponibles en el país.
Dado lo anterior, esta adopción y utilización de nuevas tecnologías digitales permitirá no solamente que las Pymes mejoren su desempeño a nivel competitivo, sino que puedan producir de forma más sostenible y equitativa a nivel de fuerza laboral, en el marco de una creciente demanda por el uso de tecnologías digitales y en un proceso de transformación productiva y digital.
Un ejemplo de esto último lo entregan algunos estudios recientes (Gal, P. et al (2019); Cusolito, A. -P., Lederman, D., and Peña, J. (2020)), los que indican ganancias en productividad para las empresas que adoptan tecnologías digitales, frente a aquellas que no las adoptan.
Estos estudios, además, indican que hay mayores efectos sobre sectores que ya cuentan con una cierta base tecnológica, y el impacto es menor en aquellos donde hay una carencia de habilidades y recursos de base para la adopción de dichas tecnologías digitales.
La situación de Chile, respecto al proceso de adopción de tecnologías digitales, si bien en los últimos cinco años avanzó de forma veloz, en buena parte por los efectos de la pandemia del año 2020, aún se observan brechas importantes entre las Pymes. Por ejemplo, en relación con el uso de las tecnologías digitales, las Pymes de nuestro país presentan rezagos notorios. De acuerdo con la ELE (2015), un alto porcentaje de empresas no cuentan con un dispositivo tecnológico (computador de escritorio, computador portátil, tablet o smartphone) por factores de percepción. Así, un 40,5% de las pequeñas empresas indicó que no lo consideran necesario dado el tamaño de la empresa. Respecto al uso de internet, el 67% de las pequeñas que no lo utilizan mencionan que no lo consideran necesario por el tamaño de la empresa. Por otro lado, la capacidad para gestionar y adoptar tecnología también presenta brechas importantes.
La encuesta de diagnóstico empresarial muestra que el 27,4% de las Pymes declaró un problema para su crecimiento el no contar con información sobre tecnologías y Know How productivos disponibles (AC Nexo, 2017). Asimismo, 51,4% y 47,1% de las Pymes indicaron desconocer las últimas tendencias tecnológicas para su negocio y no contar con asistencia técnica especializada, respectivamente, como obstáculos para que la empresa incorpore nuevas tecnologías (AC Nexo, 2017). Otra perspectiva para observar el proceso de adopción de tecnologías digitales para la digitalización y transformación digital de las Pymes es a través del índice de transformación digital 2023, el cual clasifica a las empresas en 5 estados de digitalización (en una escala de 0 a 100): análogas, principiante digital, intermedio digital, avanzado digital y líder digital. El índice para Chile es de 55, lo que significa que nuestro país aún está en niveles iniciales en el camino hacia la transformación digital. Las Pymes obtienen 53 puntos, esto es, 13 puntos menos que las empresas grandes, que obtienen 66.
En este escenario, la Gerencia de Desarrollo Territorial de Corfo pone a disposición el instrumento denominado “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme”, el que tiene como propósito implementar una red de proyectos que difundan conocimientos, habilidades, prácticas y ofrezcan servicios para la adopción y utilización de tecnologías digitales y productivas en Pymes, para lo cual el equipo de profesionales de cada proyecto deberá desplegarse en el territorio aproximando a las Pymes a la oferta de servicios e implementar modelos de atención a través de los canales más adecuados a la realidad territorial. 2. Objetivos. 2.1. Objetivo General.
El objetivo general del instrumento consiste en contribuir a que las Pymes aumenten sus ingresos y/o mejoren sus niveles de productividad, a través de la adopción y utilización de tecnologías digitales en sus procesos de negocio (productivos, de gestión y/o comerciales), mediante el apoyo a la operación de proyectos “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme” que entregan servicios en dichos ámbitos. 2.2. Objetivos Específicos. Los objetivos específicos de este instrumento son: a. Desarrollar e implementar un plan de servicios, orientados a la adopción y utilización de tecnologías digitales y tecnológico-productivas, con el fin de mejorar los ingresos y/o la productividad de los Beneficiarios Atendidos (Pymes). b.
Formular e implementar un plan de funcionamiento para el proyecto postulado, que incluya, a lo menos, estructura organizacional, recursos disponibles, modelo de operación, plan de marketing, gobernanza y vinculación y colaboración con actores del territorio, estrategia de despliegue territorial, entre otros relevantes para su correcto funcionamiento. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Implementar un sistema de seguimiento y medición de resultados, que permita conocer la magnitud de los efectos que se producen en las Pymes que son atendidas por cada proyecto, a través de la prestación de los servicios y de la ejecución de las actividades señaladas precedentemente, así como también evaluar la gestión y la calidad de dichos servicios. 3. Productos y Resultados Esperados del Instrumento. A nivel de producto se espera: a. Pymes con diagnóstico, asistencias técnicas, formación y fortalecimiento de capacidades y/u asistencia integral multinivel aplicados. b. Plan de funcionamiento del proyecto implementado. c. Sistema de medición y gestión de resultados implementado. A nivel de resultado se espera: a. Que las Pymes atendidas por los servicios del proyecto aumenten la adopción y utilización de tecnologías digitales en sus procesos de negocio. 4. Participantes en el Proyecto.
Las definiciones de los participantes corresponden a aquellas contenidas en las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por resolución afecta Nº 28, de 2020, modificada por la resolución afecta Nº 136, de 2023, y la resolución afecta Nº 51, de 2024, todas de Corfo, en adelante de las “Bases Administrativas Generales”. En este instrumento se contempla los siguientes participantes: a. Beneficiario o Ejecutor Directo: Podrá ser beneficiario o ejecutor directo una persona jurídica constituida en Chile, que al momento de la postulación del proyecto tenga al menos dos años de antigüedad contados desde su constitución. Cada proyecto deberá tener un solo Beneficiario o Ejecutor Directo. b. Coejecutor(es): El/los Coejecutor/es deberán ser persona/s jurídica/s constituida/s en Chile y su incorporación es opcional. c. Asociado(s): Podrá/n participar en esta calidad las personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras y su participación es opcional. Cada asociado debe acompañar, en la postulación, una carta de manifestación de compromiso de aportes, de acuerdo con el formato que se disponga para estos efectos. d. Beneficiarios atendidos: Es el grupo objetivo de potenciales Pymes - personas naturales o jurídicas - que serán atendidas por cada proyecto.
Para efectos de este instrumento, se tendrá por Pymes a aquellos que hayan iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos - SII, por las que tributen en la Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta, reguladas en el artículo 20 del D.L.
Nº 824, de 1974, que tengan ingresos anuales por ventas y servicios u otras actividades del giro, entre 2.400 UF y 100.000 UF, en el año calendario anterior o en los últimos 12 meses previos a aquel en que se efectúa la atención. Una persona jurídica o natural, según corresponda, y cumpliendo los requisitos que se señalan para cada caso, solo podrá participar en una categoría de las anteriormente señaladas. De esta forma, por ejemplo, la entidad que participe en calidad de “Beneficiario o Ejecutor Directo”, no podrá participar en calidad de “Asociado”, o viceversa. 5. Plazo de Ejecución del Proyecto. El plazo de ejecución del proyecto podrá ser de hasta 36 (treinta y seis) meses, pudiendo ser prorrogado, previa solicitud fundada del Beneficiario, presentada antes del vencimiento del plazo de ejecución. El plazo total del proyecto (incluidas sus prórrogas) no podrá superar los 42 (cuarenta y dos) meses. Las solicitudes de prórroga serán resueltas por el/la Gerente/a de Desarrollo Territorial, el/la Director/a Regional o el/la Director/a Ejecutivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional, según quien dispuso la apertura de la convocatoria.
El plazo de ejecución de un proyecto se iniciará con la total tramitación de la resolución o último acto administrativo que apruebe el convenio de subsidio, o, bien, en la fecha que en el referido convenio se indique, siempre que esta fuere posterior a la total tramitación del o los actos administrativos antes referidos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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El Beneficiario, Coejecutor(es) y/o Asociado(s) deberán cofinanciar el porcentaje restante del costo total proyecto, mediante aportes “nuevos o pecuniarios”, y/o “preexistentes o valorizados”. El aporte “nuevo o pecuniario” mínimo deberá ser de, al menos, el 5% del costo total del proyecto. 7. Actividades y Gastos Financiables. Se podrán financiar (con cofinanciamiento Corfo/CDPR y/o aportes) las siguientes actividades: a. Equipo de trabajo del proyecto, cuya participación sea necesaria y esté directamente vinculada su la ejecución. b. Diagnósticos individuales, por Beneficiario Atendido, para la identificación de brechas en tecnologías digitales y tecnológico-productivas. c. Asistencia técnica y visitas en terreno. d. Organización y/o asistencia a actividades de difusión de tecnologías (eventos, seminarios, congresos, ferias, exhibiciones, mesas de trabajo, actividades demostrativas y otras similares). e. Costos asociados a la compra de software, materiales e insumos para la utilización de tecnologías digitales para la atención de los Beneficiarios Atendidos. f. Los gastos en adquisición de bienes de capital u otros bienes de activo fijo y/o mejoras o adecuaciones de bienes inventariables destinados a la ejecución de actividades necesarias para lograr el objetivo del proyecto. g. Vinculación y articulación con redes nacionales e internacionales. h. Traída de expertos nacionales e internacionales. i. Materiales de marketing y actividades de difusión en medios de comunicación. j. Actividades de capacitación y perfeccionamiento del personal nuevo y/o preexistente, en áreas que sean pertinentes a los servicios a prestar por el proyecto. k. Los costos financieros de las garantías exigidas al Beneficiario por la normativa del instrumento. l. Otras pertinentes y relevantes a juicio de Corfo/CDPR para la obtención de los objetivos del proyecto. 7.1. Cuentas Presupuestarias.
Las actividades y/o gastos del proyecto financiados con el subsidio y/o aportes, deberán ser presupuestados utilizando las cuentas presupuestarias “Gastos de Operación”, “Recursos Humanos”, “Gastos de Inversión” y “Gastos de Administración”, descritas en el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, considerando, adicionalmente: a) Recursos Humanos: Corresponde a las remuneraciones y/u honorarios por servicios personales (personas naturales) el equipo de trabajo del proyecto, relacionados directamente con la ejecución de actividades del proyecto. En esta cuenta se deberán presupuestar, además, las obligaciones legales (no voluntarias) de seguridad social, y de seguro de desempleo que sean de cargo del/de la trabajador/a.
Atendida la obligación de resguardo y buen uso de los recursos públicos, Corfo/CDPR adoptará las medidas tendientes para que el pago de las remuneraciones y/u honorarios del equipo de trabajo se adecúe a valores de mercado, esté justificado y sea coherente con la dedicación requerida para la ejecución de las actividades del proyecto. Con recursos del subsidio se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal nuevo y preexistente del Beneficiario y/o del Co-ejecutor. No obstante lo anterior, no podrá destinarse más del 60% del cofinanciamiento otorgado por Corfo/CDPR para solventar recursos humanos preexistentes. Con aportes del Beneficiario, Co-ejecutor(es) y/o Asociado(s) se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal nuevo de los mismos y/o de personal preexistente.
Se entiende por personal preexistente aquel contratado por el Beneficiario y/o del Co-ejecutor con anterioridad al vencimiento del plazo establecido para postular a un concurso de este instrumento. b) Gastos de Operación: Corresponde a gastos directos asociados a la ejecución del proyecto, que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y establecidos en el numeral Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Además, se podrá presupuestar y rendir con cargo a esta cuenta el costo de obtención de las garantías por anticipos y de fiel cumplimiento del convenio exigidos por Corfo/CDPR. c) Gastos de Inversión: Corresponde a la adquisición de bienes de capital u otros bienes del activo fijo y/o mejoras o adecuaciones de bienes inventariables destinados a la ejecución de actividades necesarias para lograr los objetivos del proyecto. Solo se podrá destinar como máximo hasta un 20% del cofinanciamiento de Corfo/CDPR para financiar este tipo de gastos.
Los gastos originados en la adquisición de bienes de capital u otros bienes de activo fijo deberán presupuestarse (con cargo al subsidio) en forma proporcional al plazo de desarrollo de las actividades del proyecto, tomando en consideración la vida útil del bien, fijada por el Servicio de Impuestos Internos, pudiendo utilizarse la depreciación acelerada.
La adquisición de bienes de capital u otros bienes de activo fijo, con cargo a los aportes de los Participantes (Beneficiario, Coejecutores y/o Asociados) se reconocerá el gasto íntegro en el periodo en que se realice el gasto. d) Gastos de Administración: Corresponde a los gastos indirectos asociados a la ejecución del proyecto, tales como servicios básicos (electricidad, gas, aseo, internet, telefonía y telefonía móvil), servicios de contabilidad y personal administrativo de apoyo. Solo se podrá destinar como máximo hasta un 10% del cofinanciamiento de Corfo/CDPR para financiar este tipo de gastos.
El Beneficiario y Coejecutor, en caso de que el proyecto incluya su participación, deberá utilizar para todas las adquisiciones y contrataciones que efectúe en el contexto de ejecución del proyecto, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas “Gastos de Operación” y “Gastos de Inversión”, el procedimiento señalado el anexo 11 de la resolución exenta Nº 443, de 2020, modificada por resolución exenta Nº 131, de 2023, ambas de Corfo, que “Aprueba Manual para la Rendición y Seguimiento Financiero de Proyectos Financiados y/o Cofinanciados por Corfo y sus Anexos”. Por último y, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo tercero del numeral 10 de las Bases Administrativas Generales, las actividades contempladas en los proyectos, así como los gastos con cargo al subsidio de Corfo/CDPR y los aportes de los Participantes, deberán realizarse y generarse, respectivamente dentro del plazo de ejecución y de sus eventuales prórrogas. Lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el subnumeral 11.4.1 de las Bases Administrativas Generales. 7.2. Gastos no cofinanciables.
No se podrá financiar con recursos destinados al proyecto (con aporte o subsidio), lo siguiente: a) Adquisición de inmuebles y/o vehículos. b) Construcción de obras civiles y edificios. c) Alcohol, propinas, multas, asignaciones especiales como aguinaldos, premios en efectivo, regalos, donaciones, así como todos aquellos gastos que no tengan relación con las actividades del proyecto. d) Los gastos señalados en la letra a) del numeral 11.4.3 de las Bases Administrativas Generales 8. Contenido de la Postulación. Las postulaciones deberán contener la siguiente información, de acuerdo con el detalle y requisitos que se señalen en el formulario de postulación: a.
Identificación de la región de ejecución del proyecto de Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme (solo una), esta debe ser aquella en la cual se implementará el proyecto para la provisión de servicios a las Pymes con domicilio en dicha región. Para efectos de lo anterior, se deberán observar las siguientes reglas: La ubicación física de las dependencias del proyecto, deben o deberán estar ubicadas en la región de ejecución identificada.
El 100% de las Pymes a ser atendidas deben contar con domicilio registrado en el Servicio de Impuestos Internos, ya sea en calidad de casa matriz o de sucursal en la región objeto de la focalización. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Realización de un diagnóstico con información interna (levantamiento en una muestra) y/o externa (benchmarking) indicando y analizando brechas a nivel tecnológico - digital, con una relación directa en los procesos comerciales, de gestión y productivos de una Pyme, y vinculados al o los sectores a los que pertenecen las Pymes propuestas a atender y mercado(s) objetivo(s) de la(s) misma(s) en el territorio.
Este diagnóstico deberá reflejar de forma detallada y documentada las causas y efectos de dichas brechas, tanto en las Pymes como en el sector / industria / territorio / encadenamiento productivo donde se implementará el proyecto.
Adicionalmente, este diagnóstico deberá considerar la Identificación y caracterización de la oferta de servicios para la adopción y utilización de tecnologías digitales y tecnológico - productivas para las Pymes en el sector(es), industria(s), encadenamiento productivo y/o región donde se desarrollará el proyecto, que den cuenta del valor adicional que agregará el proyecto en dicha región. 1 Descripción del mercado objetivo, en el cual se deberá identificar y caracterizar la cantidad de Pymes potencialmente a atender, y dimensionar la cobertura del proyecto, definir el tipo de obstáculos que efectivamente enfrentan las potenciales empresas beneficiarias respecto a, por ejemplo, acceso a tecnologías digitales, información para la toma de decisiones, soluciones tecnológicas disponibles, trabajo asociativo, entre otros. c. Solución (Modelo de Operación). Objetivo general del proyecto, sus objetivos específicos, indicadores y productos y resultados esperados. Definición y descripción de los servicios para la adopción de tecnologías digitales y tecnológico - productivas. Los servicios se deberán enmarcar dentro de las siguientes tipologías: ¡ Diagnósticos. Servicio enfocado en conocer la situación tecnológico - digital, con foco productivo, de las Pymes a ser atendidas en el marco del proyecto.
Para este servicio se deberá considerar de forma adicional: n En el formulario de postulación, se deberá indicar un diseño preliminar de dicha herramienta, indicando número estimado de preguntas, método de aplicación, ámbitos y/o dimensiones de la medición, entre otros elementos. n La herramienta de diagnóstico que proponga el postulante para medir la situación tecnológica - digital de la Pyme, con foco productivo, debe considerar que esta entregue la información necesaria para medir, en caso de que la Pyme siga con el servicio de asistencia técnica, el impacto de esta última en el desempeño de la Pyme, a nivel comercial, de gestión y/o productivo. n Aparte de la herramienta de diagnóstico propuesta por el proyecto, se deberá considerar, en el proceso de ejecución del diagnóstico, la aplicación a los Beneficiarios Atendidos de la herramienta de diagnóstico denominada “Chequeo digital” del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (o la que la reemplace), dentro del proceso de entrega de servicios. El link a la herramienta será provisto por Corfo/CDPR. ¡ Asistencias Técnicas.
Éstas se definen como servicios especializados de apoyo dedicados a asegurar la adopción de tecnologías digitales a través del acompañamiento de las empresas de menor tamaño en la implementación de éstas, o como servicios habilitantes en términos tecnológicos productivos. En el formulario de postulación, se deberá indicar: n Las temáticas, a nivel preliminar, que abordarán las asistencias técnicas.
Éstas deben estar alineadas con las brechas identificadas en el diagnóstico propuesto por el postulante en el diseño del proyecto. n Mecanismos específicos que generarán los proyectos para asegurar la adopción de tecnologías digitales en las Pymes a ser atendidas en el marco del proyecto como, por ejemplo, acompañamiento permanente a la Pyme, servicios de post - venta, medición de la efectividad de la atención para generar cambios a nivel productivo, entre otros. ___________________ 1 Mercado objetivo se refiere a la cantidad de empresas que pertenecen al sector o sectores económico/s que abordará el proyecto, definido en la respectiva guía técnica.
La caracterización de este mercado objetivo se debe basar en información proveniente de fuentes oficiales, o bien, sobre estudios de acceso público o propios (realizados por el postulante). En caso de ser estudios propios, se deberán adjuntar a la postulación como anexos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 8 de 17 Núm. 44.101 ¡ Formación y fortalecimiento de capacidades: este tipo de servicio se define como aquel que agrupa actividades orientadas a la entrega de información, capacitación, intercambio, que sean útiles para la inmersión de las empresas de menor tamaño en la digitalización. Dentro de esta tipología se encuentran servicios tales como seminarios, charlas, talleres, webinar, capacitaciones, entre otros. En el formulario de postulación se deberá indicar: n Las temáticas, a nivel preliminar, que abordarán las actividades que se enmarquen en este servicio.
Éstas deben estar alineadas con las brechas identificadas en el diagnóstico propuesto por el postulante en el diseño del proyecto. ¡ Servicio de apoyo para la vinculación de la Pyme con el ecosistema: esta tipología busca conectar, vincular y derivar a la Pyme con el ecosistema relacionado con el objetivo del proyecto, en ámbitos complementarios a la digitalización.
Para efectos de este servicio, y a modo ejemplar, se considera, como parte de este servicio, la derivación a otras entidades públicas como Centro de Desarrollo de Negocios, agrupación de emprendedores, entre otros, e incluye, además, el apoyo al acceso a financiamiento de bancos u otras entidades con las que existan convenios u otros acuerdos, acceso a contactos y ruedas de negocios, entre otros similares. Cabe destacar que, en la descripción de los servicios, se debe precisar la relación que existe entre éstos y las brechas digitales identificadas en la postulación.
Además, se debe poner énfasis en la descripción de los servicios (cuáles son, cuál es su contenido y qué brecha aborda y cómo se vinculan con el proceso de entrega) y su relación con el proceso de entrega. Descripción del proceso de entrega de los servicios para la adopción de tecnologías digitales y tecnológico - productivas.
Dicho proceso de entrega deberá considerar: ¡ La descripción detallada del proceso y los requisitos de ingreso y salida de los Beneficiarios Atendidos, así como de la ruta crítica del desarrollo de los servicios de los Beneficiarios Atendidos, en función del diagnóstico de cada empresa. ¡ El balance entre cobertura de Beneficiarios Atendidos y profundidad de la atención a entregar, lo que deberá estar alineado con el diagnóstico presentando en la postulación, el mercado objetivo y las capacidades reales de las Pymes para incorporar y gestionar las tecnologías digitales entregadas en el marco de la asistencia técnica. ¡ Detallar, en forma clara y precisa, cómo se procura abordar el territorio (proveer acceso a Pymes de todas o de la mayor parte de las comunas y/o provincias de la región), asegurando una adecuada cobertura y despliegue de las atenciones. ¡ Detallar, en forma clara y precisa, cómo será el proceso de intervención de los Beneficiarios Atendidos, considerando los distintos puntos de entrega de los servicios (comprende: asistencia propia de los Beneficiarios Atendidos, visitas de especialistas a la locación de los Beneficiarios Atendidos, derivaciones, entre otros). ¡ A cada servicio esperado se le debe asignar una cantidad estimada de empresas a atender, valor y horas a dedicar, así como una duración clara y definida. ¡ En caso de sobre demanda de servicios, detallar el proceso de evaluación y selección de Beneficiarios Atendidos. Plan de marketing y estrategia de posicionamiento del proyecto.
Se deberá: ¡ Describir un plan de marketing preliminar que considere elementos, tales como el análisis de la situación interna y externa, estrategia de posicionamiento, definición de cliente, puntos entrega de servicios y contacto, entre otros; y, ¡ Descripción de una estrategia de posicionamiento e incidencia que permita la generación de apoyo y vinculación con los actores relevantes de la región relacionados con el objetivo del proyecto, y la realización de actividades que generen una mayor tracción de nuevos clientes (Beneficiarios Atendidos). Generación y/o fortalecimiento de vínculos del proyecto con el ecosistema productivo regional, nacional y/o internacional.
El proyecto deberá considerar mecanismos para identificar entidades y/o programas relevantes a nivel local y/o nacional y/o internacional, para luego generar y gestionar vínculos orientados a potenciar el alcance del proyecto en la región de ejecución, o bien, complementar las capacidades de éste y de otros programas públicos y/o privados de la región. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 9 de 17 Núm. 44.101 Propuesta de gobernanza para la correcta ejecución del proyecto.
La gobernanza se define 2 como un consejo conformado por personas que representen a entidades públicas, privadas, de la academia y/o del tercer / cuarto sector, la que tiene como funciones mínimas el entregar los lineamientos estratégicos / tendencias tecnológicas que puedan ser abordadas en la región para la gestión y operación del proyecto, apoyar con el posicionamiento de éste en la región y aportar en la tracción de nuevos Beneficiarios Atendidos. La gobernanza deberá considerar los siguientes elementos: ¡ Que sea pertinente al territorio y sector(es) / industria(s) que aborda la propuesta (identificado en el diagnóstico). ¡ Que considere un nivel estratégico y un nivel operativo. El nivel estratégico estará representado por personas que representen a instituciones públicas y privadas del territorio (pertinentes al proyecto) y el nivel operativo estará compuesto por la dirección del Proyecto. Sus funciones y atribuciones deben estar claramente predefinidas en la propuesta. 3 ¡ La participación de profesionales de Corfo/CDPR en la gobernanza. ¡ Mecanismos de ingreso de nuevos actores y vinculación con otras entidades. Modelo de Operación.
Dicho modelo deberá considerar: ¡ La descripción detallada del equipo de trabajo, en términos de perfiles, funciones, competencias técnicas y experiencia previa en iniciativas similares o en las materias abordadas por el proyecto. ¡ Funciones y roles de las entidades que participan en la propuesta. ¡ Capacidades puestas a disposición del proyecto y potenciales procesos de desarrollo de nuevas capacidades, a través de la formación de los profesionales del proyecto. ¡ Organigrama del proyecto, que incluya su descripción funcional. ¡ Propuesta de modelo de funcionamiento del proyecto, que indique la forma en como este creará, entregará y capturará el valor que generen los servicios que se proporcionarán. Plan de trabajo del proyecto. Dicho plan de trabajo deberá entregar un detalle exhaustivo de cada una de las actividades a desarrollar en el marco del proyecto, con su respectiva descripción, hitos, responsables y duración. Presupuesto detallado del proyecto.
Deberá elaborarse según las cuentas presupuestarias “Recursos Humanos”, “Gastos de Operación”, “Gastos de Inversión” y “Gastos de Administración”, de acuerdo con lo establecido en el número 12.1 de las presentes bases, y deberá ser coherente con sus objetivos, las actividades a realizar y la dedicación horaria del equipo de trabajo. d.
Capacidades: Beneficiario o Ejecutor Directo: descripción del postulante, de su experiencia en la temática, de su capacidad de infraestructura y financiera, con la finalidad de demostrar su capacidad de gestionar e implementar el modelo operacional del proyecto y para prestar los servicios de diagnóstico y asistencia técnica. Equipo de trabajo: identificación del equipo de trabajo interno (Beneficiario), como externo (Co-ejecutor(es) y Asociado(s)), que participará en el proyecto, señalando su dedicación horaria, sus capacidades y experiencia relevante en el ámbito del proyecto.
Este equipo de trabajo deberá contar con un gerente con dedicación de, al menos, 160 horas mensuales, con experiencia en la gestión de este tipo de instrumento o similares, con vínculos en el sector, industria y/o región donde operará el Proyecto. Asimismo, este equipo deberá contar con un perfil multidisciplinario, con experiencia en la intervención de pymes, y con especialistas que permitan profundizar las temáticas a abordar, de acuerdo con los diagnósticos realizados. Beneficiarios Atendidos: identificación y caracterización (actividad productiva, comunas, brechas productivas generales, etc. ) de las potenciales Pymes que serán atendidas por los servicios a proveer por proyecto. En dicha caracterización se deben indicar los principales obstáculos a los cuales se enfrentan las Pymes para acceder a las tecnologías digitales que les permitan mejorar su desempeño productivo.
Los proyectos solo podrán contemplar ___________________ 2 Dentro del ámbito de sus competencias y facultades legales. 3 La participación de los funcionarios solo tendrá un rol orientador, en el contexto del seguimiento y control del proyecto y velar por su correcta ejecución. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 10 de 17 Núm. 44.101 actividades focalizadas en Beneficiarios Atendidos con domicilio registrado en el Servicio de Impuestos Internos, ya sea en calidad de casa matriz o de sucursal, en la región objeto de focalización. e. Antecedentes para la bonificación establecida en la ley Nº 21.561, a las empresas de menor tamaño que hayan implementado de forma anticipada la reducción de jornada laboral.
Informar si al Beneficiario se le otorgó o no por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifica que, de conformidad con los requisitos establecidos por la Subsecretaría del Trabajo, implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley Nº 21.561, señalando su fecha de vencimiento.
En caso afirmativo, deberá adjuntar la respectiva resolución y, además, los antecedentes que permitan acreditar que es una empresa de menor tamaño, de acuerdo con el artículo segundo de la ley Nº 20.416 (que, para efectos del presente instrumento, se entenderá como aquella que ha tenido ingresos por ventas que no exceden las 100.000 U.F. en el último año calendario). Corfo/CDPR, en todo momento, podrá solicitar, de ser necesario, los antecedentes pertinentes para verificar que el referido sello se encuentra vigente al momento de la adjudicación. f. Respecto del Beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile: Transcripción literal del objeto social o finalidad que consta en los estatutos del Beneficiario. Explicar fundadamente la pertinencia del objeto social o finalidad transcrita, en relación con las actividades a desarrollar para la consecución del objetivo del proyecto. 9. Evaluación del Proyecto. De forma previa a la evaluación, Corfo/CDPR realizará un análisis de admisibilidad de los proyectos. Aquellos proyectos que cumplan con todos los requisitos de dicho análisis, detallados en el número 11.2 de las presentes bases avanzarán a la etapa de evaluación. El proceso de evaluación de los proyectos se realizará con personal interno y/o externo, de acuerdo con los criterios establecidos más adelante. Durante la misma, Corfo/CDPR podrá solicitar al postulante la información que estime necesaria para una adecuada comprensión del proyecto, no pudiendo modificarse el mismo ni afectarse el principio de igualdad de los postulantes. Además, durante esta etapa se podrá solicitar a los postulantes que realicen una o más presentaciones sobre su proyecto, las que podrán ser presenciadas por los demás postulantes, si así lo dispone Corfo/ CDPR. Los lugares, medios, fechas y horas de dichas presentaciones serán oportunamente informados, con una anticipación no inferior a 7 (siete) días hábiles anteriores a la fecha de su realización. Asimismo, en dicha oportunidad se indicarán los requisitos, contenidos y formato de la presentación misma. En caso de que el postulante no realice su presentación, o la misma no cumpla con las indicaciones dadas, el proyecto se entenderá desistido y, por lo tanto, no continuará en el proceso de evaluación.
Como resultado de la evaluación, se elaborará un ranking preliminar, el cuál será presentado al Órgano Asignador, el que determinará el ranking definitivo y, en mérito de lo mismo, decidirá sobre la aprobación y rechazo de los proyectos.
Los proyectos serán evaluados con un puntaje de 1,00 a 5,00 considerando hasta la centésima (siendo 1,00 la nota más baja y 5,00 la más alta). No podrán ser recomendados para aprobación los proyectos que no alcancen un puntaje mínimo de 3,00 en cada uno de los criterios de evaluación y deberán ser rechazados.
En caso de producirse un empate, entre dos o más proyectos, en la nota final, quedará mejor posicionado en el ranking aquel proyecto presentado por el Beneficiario que cumpla con los requisitos señalados para la aplicación de la ley Nº 21.561 y, luego, en caso de persistir el empate aquel proyecto que haya obtenido una nota final más alta en los siguientes subcriterios, de acuerdo con el siguiente orden de prelación: 1º. Mercado Objetivo. 2º. Beneficiario o Ejecutor Directo. 3º. Servicios para la adopción de tecnologías. 4º. Proceso de entrega de los servicios. 5º. Diagnóstico. 6º. Coherencia y presupuesto. 7º. Equipo de trabajo. 8º. Beneficiarios atendidos. 9º. Propuesta de gobernanza. 10º. Plan de posicionamiento y vinculación. 11º. Modelo de operación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 11 de 17 Núm. 44.101 En caso de que persista el empate, luego de aplicado lo anterior, quedará mejor posicionado aquel proyecto que haya enviado antes su postulación.
Sin perjuicio de lo anterior, agotada la disponibilidad presupuestaria, y siguiendo el mismo orden descendente del ranking definitivo, el Órgano Asignador podrá establecer una lista de espera, sujeta a que en el plazo que se defina por dicho órgano, se verifique, una o más veces, que alguno(s) de los proyectos adjudicados no se formalice, o se termine anticipadamente, con anterioridad a la entrega de la única o primera cuota del cofinanciamiento de Corfo/CDPR.
Cumplido el plazo definido por el Órgano Asignador, aquellos proyectos que, debido a su posición en el ranking definitivo no hayan avanzado lo suficiente en la lista de espera para entenderse adjudicados, se tendrán por definitivamente rechazados. 9.1. Criterios de evaluación. Los criterios y ponderadores de evaluación serán los siguientes: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 12 de 17 Núm. 44.101 6HHYDOXDUiTXHHOSUHVXSXHVWRVHDFRKHUHQWH\ SHUWLQHQWH FRQ ORV FRPSRQHQWHV SULQFLSDOHV GHO &RKHUHQFLD\ SUR\HFWR HVWR HV FRQ ORV VHUYLFLRV SURSXHVWRV SUHVXSXHVWR REMHWLYRVPHWRGRORJtDHOSODQGHWUDEDMRPRGHORGH RSHUDFLyQ FREHUWXUD SUHYLVWD GH %HQHILFLDULRV $WHQGLGRV\UHVXOWDGRVFRPSURPHWLGRVSURSXHVWRV 6HHYDOXDUiTXHHO%HQHILFLDULRGHPXHVWUHSRVHHU H[SHULHQFLDHQHOSURFHVRGHGLJLWDOL]DFLyQGH3\PHV %HQHILFLDULRR TXHFXHQWHFRQLQIUDHVWUXFWXUD\TXHWHQJDFDSDFLGDG (MHFXWRU'LUHFWRILQDQFLHUD\GHHMHFXFLyQSDUDHOGHVDUUROORGHOSUR\HFWR \ SDUD UHDOL]DU ORV DSRUWHV GH ORV UHFXUVRV FRPSURPHWLGRV 6HHYDOXDUiORVLJXLHQWH x (OFRPSURPLVRGHFREHUWXUDSURSXHVWRHQHO SUR\HFWRGHDFXHUGRFRQHOPHUFDGRSRWHQFLDO %HQHILFLDULRV LGHQWLILFDGR $WHQGLGRV x /DFREHUWXUDWHUULWRULDOGHORVVHUYLFLRVDSURYHHU GHVSOLHJXHGHDWHQFLRQHVHQFRPXQDVSURYLQFLDV &DSDFLGDGHV GHODUHJLyQ 6HHYDOXDUiODFDSDFLGDGGHGLFDFLyQ\H[SHULHQFLDGHO HTXLSRGHWUDEDMRSURSXHVWRHQHOiPELWRWpFQLFRGH DFFLyQGHOSUR\HFWR3DUDHVWRVHIHFWRVVHFRQVLGHUDUi TXH x (OJHUHQWHRGLUHFWRUGHOSUR\HFWRFXHQWHFRQ (TXLSRGH GHGLFDFLyQH[FOXVLYDFRQH[SHULHQFLDHQODJHVWLyQ 7UDEDMR GHSUR\HFWRVVLPLODUHV\FRQ3\PHVWHQJDYtQFXORV HQHOWHUULWRULRRFRQODFDSDFLGDGGHGHVDUUROODUORV GXUDQWHODHMHFXFLyQGHOSUR\HFWR x (OHTXLSRGHWUDEDMRSRVHDFDSDFLGDGHVWpFQLFDV DILQHVTXHWHQJDH[SHULHQFLDHQHOWHUULWRULR\ H[SHULHQFLDGHWUDEDMRFRQ3\PHV De conformidad con lo señalado en el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 21.561, se otorgará un puntaje adicional, consistente en una bonificación de un 5% sobre la nota final obtenida, a aquellos 'HFRQIRUPLGDGFRQORVHxDODGRHQHODUWtFXORVpSWLPRWUDQVLWRULRGHOD/H\1VHRWRUJDUiXQ proyectos cuyo Beneficiario, cumpla con los siguientes requisitos copulativos: SXQWDMHDGLFLRQDOFRQVLVWHQWHHQXQDERQLILFDFLyQGHXQVREUHODQRWDILQDOREWHQLGDDDTXHOORV SUR\HFWRVFX\R%HQHILFLDULRFXPSODFRQORVVLJXLHQWHVUHTXLVLWRVFRSXODWLYRV a) Corresponda a una empresa de menor tamaño. b) Se le haya otorgado, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifique D&RUUHVSRQGDDXQDHPSUHVDGHPHQRUWDPDxR que implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley Nº 21.561 E6HOHKD\DRWRUJDGRSRUHO0LQLVWHULRGHO7UDEDMR\3UHYLVLyQ6RFLDOHOVHOORTXHFHUWLILTXHTXH y éste se encuentre vigente al momento de la decisión de adjudicación. LPSOHPHQWyGHIRUPDDQWLFLSDGDODUHGXFFLyQGHMRUQDGDODERUDOHVWDEOHFLGDHQOD/H\1\pVWHVH HQFXHQWUHYLJHQWHDOPRPHQWRGHODGHFLVLyQGHDGMXGLFDFLyQ 10. Decisión y Asignación de Recursos.
El órgano competente para conocer y decidir acerca de los proyectos postulados será: 'HFLVLyQ\$VLJQDFLyQGH5HFXUVRV a) El Comité de Asignación de Fondos - CAF, tratándose de recursos contemplados en la Partida (OyUJDQRFRPSHWHQWHSDUDFRQRFHU\GHFLGLUDFHUFDGHORVSUR\HFWRVSRVWXODGRVVHUi 07, Capítulo 06, Programa 01 “Corporación de Fomento de la Producción” y en la Partida 07, Capítulo 06, Programa 07 “Desarrollo Productivo Sostenible”, ambos del presupuesto de D(O&RPLWpGH$VLJQDFLyQGH)RQGRV&$)WUDWiQGRVHGHUHFXUVRVFRQWHPSODGRVHQOD3DUWLGD la Corporación de Fomento de la Producción para el año presupuestario que corresponda, en &DStWXOR3URJUDPD³&RUSRUDFLyQGH)RPHQWRGHOD3URGXFFLyQ´\HQOD3DUWLGD&DStWXOR cuyo caso, las convocatorias serán dispuestas por el Gerente de Desarrollo Territorial. 3URJUDPD³'HVDUUROOR3URGXFWLYR6RVWHQLEOH´DPERVGHOSUHVXSXHVWRGHOD&RUSRUDFLyQGH)RPHQWR b) El Consejo Directivo de los Comités de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, GHOD3URGXFFLyQSDUDHODxRSUHVXSXHVWDULRTXHFRUUHVSRQGDHQFX\RFDVRODVFRQYRFDWRULDVVHUiQ Biobío o Los Ríos, en el caso de convocatorias realizadas por sus Directores/as Ejecutivos/as GLVSXHVWDVSRUHO*HUHQWHGH'HVDUUROOR7HUULWRULDO y que el financiamiento provenga de fondos regionales administrados por esos Comités, E(O&RQVHMR'LUHFWLYRGHORV&RPLWpVGH'HVDUUROOR3URGXFWLYR5HJLRQDOGH$QWRIDJDVWD%LREtRR/RV 5tRVHQHOFDVRGHFRQYRFDWRULDVUHDOL]DGDVSRUVXV'LUHFWRUHVDV(MHFXWLYRVDV\TXHHOILQDQFLDPLHQWR Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl SURYHQJDGHIRQGRVUHJLRQDOHVDGPLQLVWUDGRVSRUHVRV&RPLWpVHQFDOLGDGGHUHFHSWRU\RHMHFXWRURVH CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. WUDWHGHUHFXUVRVFRQWHPSODGRVHQODDVLJQDFLyQSDUDFDGDXQRGHHOORVHQHOSUHVXSXHVWRGHO3URJUDPD ³&RUSRUDFLyQGH)RPHQWRGHOD3URGXFFLyQ´GH&RUIR Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 13 de 17 Núm. 44.101 en calidad de receptor y/o ejecutor, o se trate de recursos contemplados en la asignación para cada uno de ellos en el presupuesto del Programa 01 “Corporación de Fomento de la Producción” de Corfo. c) Los Comités de Desarrollo Productivo Regional, creados por el Acuerdo de Consejo Nº 3.130, de 2022, en el caso de convocatorias realizadas por sus Directores/as Ejecutivos/as y que el financiamiento provenga de fondos regionales administrados por Corfo en la región respectiva, en calidad de receptora y/o ejecutora, o se trate de recursos contemplados en la asignación para cada uno de ellos en el presupuesto del Programa 01 “Corporación de Fomento de la Producción” de Corfo.
En todos los casos, el órgano colegiado competente podrá aprobar los proyectos y asignar su cofinanciamiento, aprobarlos con condiciones de adjudicación y/o de formalización, sin que éstas alteren la naturaleza y el objetivo general de éstos, o rechazarlos. 11. Procesos y Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción.
En cuanto a los procesos y trámites que deberán cumplirse desde la postulación hasta el término del proyecto y del convenio de subsidio celebrado entre Corfo/CDPR y el Beneficiario, se aplicará lo establecido en las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por resolución afecta Nº 28, de 2020, modificadas por resolución afecta Nº 136, de 2023 y la resolución afecta Nº 51, de 2024, todas de Corfo, sin perjuicio de las normas que se establecen a continuación: 11.1. Modalidad de Postulación. La modalidad de postulación será la de concurso, que permite postular durante un plazo determinado, pudiendo ser un llamado único o llamados recurrentes. Cada concurso se iniciará con una Resolución que disponga la apertura del proceso de postulación y establezca la focalización territorial y/o temática.
Los concursos serán dispuestos de acuerdo con lo siguiente: a) Aquellos cuyos recursos disponibles provengan de la Partida 07, Capítulo 06, Programa 01 “Corporación de Fomento de la Producción” y de la Partida 07, Capítulo 06, Programa 07 “Desarrollo Productivo Sostenible”, ambos del presupuesto de la Corporación de Fomento de la Producción para el año presupuestario que corresponda, será el/la Gerente/a de Desarrollo Territorial. b) Los concursos cuyos recursos disponibles provengan de fondos regionales administrados por Corfo en la región respectiva, o por los CDPR de Antofagasta, Biobío o Los Ríos en calidad de receptores y/o ejecutores, o se trate de recursos contemplados en la asignación para cada uno de ellos en el presupuesto del Programa 01 “Corporación de Fomento de la Producción” de Corfo, será el/la Director/a Ejecutivo/a del Comité de Desarrollo Productivo Regional respectivo.
La resolución deberá regular, al menos, las siguientes materias: a) La focalización territorial y/o temática y los requisitos que deben cumplirse para esos efectos, si procediere. b) Los recursos disponibles y/o los cupos disponibles al momento de la apertura del proceso, sin perjuicio de que este monto/cupos podrá ser incrementado si existieren recursos disponibles, sin necesidad de modificar la resolución, hasta la fecha del primer acto adjudicatorio (acuerdo del órgano colegiado asignador). c) Porcentaje y montos de cofinanciamiento y plazos definidos para la convocatoria en particular. La focalización podrá ser territorial o temática, de acuerdo con las siguientes definiciones: Temática: Área(s) o sector(es) productivo(s)/económico(s) y/o desafío(s) específicos. En estos casos se deberá disponer de una guía técnica, la cual dará los lineamientos específicos que será puesta a disposición de los postulantes. Territorial: Territorio geográfico, en conformidad a la división político-administrativa del país. En cada concurso solo se podrá focalizar en una región.
La apertura de las postulaciones para los proyectos será informada mediante un aviso en un diario digital o diario impreso y, adicionalmente, en la página web de Corfo/CDPR, según corresponda, el que deberá contener un extracto de los antecedentes relacionados con el proceso de postulación de los proyectos contenidos en la Resolución que dio inicio al proceso, además de la fecha en que se encontrarán disponibles los antecedentes, día y hora de inicio de apertura a las postulaciones, correo electrónico para las consultas, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 14 de 17 Núm. 44.101 el medio de postulación, la focalización (si corresponde), el número de proyectos y/o monto total de los recursos disponibles, y la información que se estime importante para el correcto entendimiento del proceso. Corfo/CDPR podrá, adicionalmente, informar de la apertura de las postulaciones por cualquier otro medio de comunicación que asegure su adecuada difusión.
Si el aviso que comunica la apertura de la convocatoria no indica la fecha en que los antecedentes se encontrarán disponibles y/o el día y hora de inicio del plazo de postulación, se entenderá que ésta será aquella en que se publicó el aviso en un diario digital. 11.2. Admisibilidad. Corfo/CDPR realizará tres análisis de admisibilidad: “admisibilidad de los participantes”, “admisibilidad del proyecto” y “pertinencia del objeto del postulante”, considerando lo establecido en el numeral 5.
Admisibilidad de las Postulaciones, de las Bases Administrativas Generales. 11.2.1 Admisibilidad de los participantes: Se verificará que los participantes del proyecto, desde el momento de la postulación, cumplan con los siguientes requisitos: N REQUISITO Que el Beneficiario Directo corresponda a una persona jurídica constituida en Chile, que al 1 momento de la postulación tenga al menos dos años de antigüedad contados desde su constitución. En caso de participar uno o más Coejecutores, que cada uno corresponda a una persona jurídica 2 constituida en Chile. En caso de participar uno o más Asociados, que cada uno corresponda a una persona natural o a 3 una persona jurídica nacional o extranjera. Que cada participante cumpla los requisitos que se exigen para cada uno de ellos, y participe en 4 una sola categoría de las indicadas en el numeral 4. de estas Bases.
Si como resultado del análisis de admisibilidad de los participantes, se concluye que la postulación no cumple con todos los requisitos verificables en este examen, el proyecto no avanzará a la etapa de evaluación. 11.2.2 Admisibilidad del proyecto.
Se verificará que el proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos: N REQUISITO Que el proyecto sea presentado utilizando el formulario de postulación y las planillas y documentos anexos al mismo, disponibles en el sistema de postulación de proyectos. Adicionalmente, el formulario 1 de postulación y los documentos no deberán ser modificados ni alterados en su formato.
Además, en caso de que las planillas y/o anexos no contengan la información, se entenderá que no se cumple con este requisito. 2 La coherencia entre los objetivos del proyecto y los objetivos generales y específicos del instrumento. 3 Cumplimiento de los requisitos de cofinanciamiento, en cuanto a los montos y porcentajes exigidos. Cumplimiento de los porcentajes máximos que es posible destinar a algunas cuentas presupuestarias 4 conforme a estas bases. 5 Cumplimiento de los plazos de ejecución del proyecto, de acuerdo con el máximo establecido.
En el caso que participe uno o más Asociados: Que cada uno realice aportes pecuniarios y/o no pecuniarios, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6.2 de estas bases. 6 Que se acompañe con la postulación, respecto de cada uno, la respectiva carta de manifestación de compromiso de aportes, de acuerdo con el formato puesto a disposición en el sistema de postulación. 8 Que en la postulación se identifique la región de ejecución del proyecto (solo una). Para el caso de que el instrumento se focalice temáticamente, que el proyecto esté enmarcado en las 9 temáticas o desafíos establecidos en la convocatoria respectiva.
Que el proyecto tenga ámbito de aplicación o ejecución en el territorio focalizado y se contemplen 10 actividades focalizadas en Beneficiarios Atendidos que tengan domicilio registrado ante el Servicio de Impuestos Internos, en esa región, ya sea de la casa matriz o de una sucursal. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 15 de 17 Núm. 44.101 Si como resultado del análisis de admisibilidad de los participantes, se concluye que la postulación no cumple con todos los requisitos verificables en este examen, el proyecto no avanzará a la etapa de evaluación. Para la verificación de cumplimiento de porcentajes (máximos y mínimos), se considerará hasta las centésimas. 11.2.3 Admisibilidad sobre la pertinencia del objeto social o fines.
En el caso de las postulaciones admisibles conforme los numerales precedentes, y cuyo Beneficiario Directo sea una institución privada, se verificará que el objeto social o fines contemplado en sus estatutos, según la transcripción efectuada en la postulación, sea pertinente en relación con las actividades a desarrollar. Lo anterior es sin perjuicio de la verificación de este requisito para confeccionar el convenio de subsidio, de conformidad con el numeral 11.3 siguiente.
Durante los análisis de admisibilidad, Corfo/CDPR podrá solicitar aclaraciones y/o antecedentes adicionales o complementarios, no pudiendo modificarse el mismo ni afectarse el principio de igualdad de los postulantes, los que deberán ser remitidos dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles desde su requerimiento. En caso de que no se acompañen los antecedentes mínimos requeridos, o los acompañados no permitan acreditar el cumplimiento de los requisitos, la propuesta será declarada no admisible. En ningún caso las aclaraciones y/o antecedentes adicionales o complementarios podrán significar la modificación del proyecto postulado, rectificar sus errores y/o subsanar el incumplimiento de requisitos. 11.3. Celebración del Convenio de Subsidio. Se celebrará un convenio de subsidio entre Corfo/CDPR y el Beneficiario. Dicho convenio deberá cumplir, al menos, con lo establecido en las normas de la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente y con lo establecido en el numeral 8.2 de las Bases Administrativas Generales.
Previo a la redacción del convenio de subsidio, se cotejará que el objeto social o finalidad del Beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile, transcrito en el formulario de postulación, no presente diferencias sustanciales con aquel que consta en sus estatutos. En caso de que se verifiquen diferencias sustanciales, se revisará nuevamente la pertinencia del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos, en relación con las actividades a desarrollar para la administración del proyecto. En caso de verificarse que no existe pertinencia entre los referidos elementos, el convenio no será formalizado y la postulación del Beneficiario se tendrá por desistida.
Asimismo, para la formalización del convenio, Corfo/CDPR verificará que el Beneficiario se encuentre al día en el cumplimiento de la obligación de rendir cuenta respecto de cualquiera de los proyectos cofinanciados por la Corporación y/o sus Comités y certificará dicha circunstancia. Además, previo a la celebración del convenio, deberá presentar los antecedentes legales establecidos en el numeral 8.1.1 de las BAG. 11.4.
Seguimiento e informes del proyecto. 11.4.1 Actividades Obligatorias de Seguimiento: Desde la fecha en que se le comunique la aprobación del proyecto y hasta el término del plazo de ejecución, el Beneficiario deberá participar obligatoriamente en ciertas actividades de acompañamiento que Corfo fijará, con la finalidad de entregarle información, medios y/o herramientas que puedan resultarle útiles para el cumplimiento de los objetivos y/o resultados de su proyecto. Los lugares, medios, fechas y horas de dichas actividades obligatorias serán oportunamente informados por Corfo, con una anticipación no inferior a 7 (siete) días hábiles anteriores a la fecha de su realización. Asimismo, en dicha oportunidad, se indicarán los requisitos, contenidos y formato de la actividad, así como la o las personas del equipo de trabajo (incluye directores de proyecto) que deban asistir.
En casos fundados, y excepcionalmente, Corfo podrá autorizar que el Beneficiario o ciertas personas de su equipo no participen en alguna de estas actividades, y determinará las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los fines de la actividad, como, por ejemplo, autorizar la asistencia de otra(s) persona(s) distinta(s) a las originalmente convocadas. Para adoptar esta decisión, Corfo tomará en consideración, entre otros, el nivel de participación del Beneficiario, en otras de las actividades del proyecto.
Si el Beneficiario no participare en las actividades, sin contar con autorización previa para aquello, Corfo podrá ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del convenio que se encuentre en su poder y, en caso de reiteración, y según corresponda, podrá tener por desistido el proyecto o darle término anticipado, aplicándose a la devolución del cofinanciamiento las reglas establecidas en el numeral 14.1.3.2, de las Bases Administrativas Generales. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 16 de 17 Núm. 44.101 11.4.2 Contenido de los informes de avance y del informe final. Los informes de avance que sean requeridos deberán dar cuenta de: a. Resultados obtenidos y no obtenidos, asociados a los indicadores aprobados en la adjudicación y otros indicadores señalados por Corfo/CDPR durante la adjudicación y/o seguimiento del proyecto. b.
La aplicación y resultados de los servicios destinados a la incorporación de tecnologías digitales con impacto productivo en los Beneficiarios Atendidos, en particular: ¡ Diagnósticos. ¡ Servicios de Asistencia Técnica. ¡ Servicio de formación y fortalecimiento de capacidades. ¡ Servicio de apoyo para la vinculación de la Pyme con el ecosistema. ¡ Valor agregado de los servicios prestados en los Beneficiarios Atendidos. c. Cobertura a Pymes atendidas, señalando el número de empresas atendidas durante el período a informar, por tipo de servicio. d. Modelo de operación del proyecto, incorporando un análisis profundo del proceso de atención de los Beneficiarios Atendidos. e. Plan de marketing, posicionamiento y vinculación del proyecto. f.
Conformación y puesta en marcha de la gobernanza, para el primer informe y, en los siguientes, se deberá informar de las respectivas modificaciones (en caso de que las hubiese). En cada informe, se deberá entregar un detalle de los elementos discutidos en cada sesión de la gobernanza, así como los acuerdos adoptados. g.
Resultados obtenidos a partir de la implementación de un sistema de medición de resultados y gestión del proyecto “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme”. Para estos efectos, se deberá utilizar el sistema diseñado por Corfo/CDPR y que proporcionará durante la ejecución del proyecto, por cuanto se busca identificar la existencia de cambios y, además, los efectos en el desempeño y comportamiento de los Beneficiarios Atendidos por el proyecto. h. Resultados asociados a la participación del Beneficiario en la comunidad de prácticas, respecto de las buenas prácticas visualizadas, compartidas y/o implementadas en el marco de la ejecución del proyecto. i.
Aprendizajes y experiencias obtenidas en cada uno de los aspectos señalados en las letras precedentes, que permitan proponer ajustes y mejoras al funcionamiento y estrategia general del proyecto “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme”. En el caso que el órgano competente para conocer y decidir acerca de los proyectos establezca como condición la entrega de informe/s de hito de continuidad del proyecto, solo se podrán reconocer los gastos básicos y estrictamente necesarios para la continuidad operativa del equipo de trabajo, arrendamiento u otros de naturaleza similar, durante el período de revisión de la continuidad del proyecto y hasta la notificación de la decisión respectiva, no pudiendo realizarse contrataciones, salvo autorización previa de Corfo/CDPR. El informe final deberá dar cuenta de: a. Resultados obtenidos y no obtenidos, asociados a los indicadores aprobados en la adjudicación y otros indicadores señalados por Corfo/CDPR durante la adjudicación y/o seguimiento del proyecto. b.
La aplicación y resultados de los servicios destinados a la incorporación de tecnologías digitales con impacto productivo en los Beneficiarios Atendidos, en particular: ¡ Diagnósticos. ¡ Servicios de Asistencia Técnica. ¡ Servicio de formación y fortalecimiento de capacidades. ¡ Servicio de apoyo para la vinculación de la Pyme con el ecosistema. ¡ Valor agregado de los servicios prestados en los Beneficiarios Atendidos. c. Cobertura a Pymes atendidas, señalando el número de empresas atendidas durante la ejecución del proyecto, por tipo de servicio. d. Acciones del plan de cierre. e.
Resultados obtenidos a partir de la implementación de un sistema de medición de resultados y gestión del proyecto “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme”. Para estos efectos, se Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 17 de 17 Núm. 44.101 deberá utilizar el sistema diseñado por Corfo y que proporcionará durante la ejecución de los proyectos, por cuanto se busca identificar la existencia de cambios y, además, los efectos en el desempeño y comportamiento de los Beneficiarios Atendidos por el proyecto. f. Acciones de vinculación y trabajo colaborativo realizadas. g. Resultados asociados a la participación del Beneficiario o Ejecutor Directo en la comunidad de prácticas, respecto de las buenas prácticas visualizadas, compartidas y/o implementadas en el marco de la ejecución del proyecto. h.
Aprendizajes y experiencias obtenidas en cada uno de los aspectos señalados en las letras precedentes, que permitan proponer ajustes y mejoras al funcionamiento y estrategia general del proyecto “Red de Asistencia Digital Fortalece Pyme”, considerando todos los años de ejecución. 11.5. Modificación del Proyecto. Las modificaciones a los proyectos se regirán por lo dispuesto en el numeral 11.6 de las BAG. No se podrá modificar el objetivo general del proyecto. Las modificaciones deberán ser fundadas y solicitadas a través del sistema informático disponible para estos efectos, antes del vencimiento del plazo de ejecución del proyecto.
La modificación del proyecto que implique el cambio de los objetivos específicos, el cambio de Beneficiario y el aumento del subsidio Corfo/CDPR asignado para la ejecución del proyecto, será competencia del órgano colegiado que lo haya aprobado. Las modificaciones de otro tipo deberán ser resueltas por la unidad administrativa que corresponda conforme a la normativa y delegaciones vigentes. 12. Normas Transitorias. Los proyectos postulados o actualmente en ejecución continuarán rigiéndose por la normativa vigente a la fecha de publicación de esta resolución.
Lo anterior, actuando dentro de los límites establecidos por el artículo 52 de la ley Nº 19.880.4º Publíquese la presente resolución en el banner de “Gobierno Transparente”, del sitio web www.corfo.cl, en conformidad a lo dispuesto en el literal g) del artículo 7, de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y en la resolución exenta Nº 500, de 2022, que Aprueba nuevo texto de la Instrucción General del Consejo para la Transparencia, sobre Transparencia Activa. Anótese, tómese razón, publíquese y archívese. - María Angélica Vega Maldonado, Gerente de Desarrollo Territorial (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2621219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl