ASESORÍA E INVERSIONES SHUJAE SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.094 Sábado 8 de Marzo de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2619263 EXTRACTO R.
ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública de 27 de febrero de 2025, ante mí, PABLO IGNACIO SHEHADEH SALINAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero aeronáutico, cédula de identidad 16.211.074-8, con domicilio en El Conquistador del monte 5109, Huechuraba, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones.
ARTÍCULO PRIMERO: Nombre o razón social: El nombre o razón social de la sociedad es “ASESORÍA E INVERSIONES SHUJAE SpA”. ARTÍCULO SEGUNDO: Domicilio social: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales que pudieren ser establecidas tanto en Chile como en el extranjero.
ARTÍCULO TERCERO: Objeto social: El objeto de la sociedad es principalmente: UNO) La prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios profesionales y/o técnicos, para todo tipo de personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, consistentes en asesoría, consultoría, planificación y/o ejecución, de todo tipo de proyectos, asuntos, negocios, u otros de similar naturaleza, en toda clase de materias; DOS) La realización de todo tipo de inversiones, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, e incluyendo todo tipo de valores mobiliarios, acciones, títulos, u otros de similar naturaleza, y todo tipo de sociedades o entidades similares, entre otros, así como también la explotación de todo lo adquirido en razón y con ocasión de tales inversiones, y la percepción de los frutos provenientes de aquellas. Junto con todo lo anterior, y sin perjuicio de ello, será igualmente del objeto social todo aquel otro negocio o actividad acordada por los socios y accionistas, y que no sean contrarios a la ley.
ARTÍCULO CUARTO: Capital social y acciones: El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, dividido en un total de cuatro millones de acciones, divididas estas a su vez en dos series, con una primera serie denominada Serie Ordinaria y compuesta de dos millones de acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, y de igual valor entre si, y con una segunda serie denominada Serie Preferente y compuesta de dos millones de acciones preferentes, nominativas, sin valor nominal, y de igual valor entre sí, las cuales, en virtud de su preferencia o naturaleza, y sin perjuicio de su derecho a voz, no tendrán derecho a voto alguno en las juntas de accionistas, sean ordinarias o extraordinarias, y para cualquiera y toda materia propias de cualquiera de estas. ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: Duración o vigencia de la sociedad: La sociedad tendrá una duración indefinida.
ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Las acciones en que se encuentra dividido el capital social, y el pago de este, se realiza con PABLO IGNACIO SHEHADEH SALINAS tomando para sí la totalidad de los dos millones de acciones de Serie Ordinaria y a totalidad de los dos millones de acciones de Serie Preferente, todas ellas así y conjuntamente representativas del cien por ciento de los derechos sociales, y correspondientes a la totalidad de los cuatro millones de pesos del capital social, lo cual será enterado y pagado en dinero en efectivo, dentro de un plazo máximo de tres años contados desde la fecha de otorgamiento de la constitución de la sociedad, y conforme al estado de necesidades de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 3 de marzo de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2619263 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl