Autor: Cristián Rojas M. cristian.rojas@mercuriovalpo.cl
Inmobiliaria busca anular declaratoria del Humedal Urbano Kan Kan en Viña
Inmobiliaria busca anular declaratoria del Humedal Urbano Kan Kan en Viña 1 Segundo Tribunal Ambiental admitió a tramitación la reclamación preE sentada por la Inmobiliaria Monte Aconcagua en contra del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) y el Fisco de Chile, a raíz dela resolución exenta Nº8.469, de fecha 26 de noviembre de 2025, que "reconoce, por solicitud municipal, Humedal Urbano Kan Kan". La acción judicial busca que se "declare la nulidad de la resolución reclamada en función de los vicios esenciales del cualadolece el acto administrativo y el procedimiento administrativo respectivo". El citado humedal urbano se ubica en una quebrada en el sector de Viña del Mar Alto, y parte del terreno es propiedad de la inmobiliaria, cuyo abogado, Rodrigo Benítez, plantea en la reclamación que "el polígono original propuesto por la Municipalidad de Viña del Mar fue modificado sustancialmente por el Ministerio del Medio Ambiente sin abrir una instancia de participación antes del acto terminal, provocando la indefensión de mi representada, infringiendo el derecho de participación, el deber de información pública y el principio de contradicción". "Esta modificación nunca fue puesta en conocimiento de losafectados y sólo fue conocida públicamente por parte de la ciudadanía e interesados una vez que se publicó el acto reclamado en el Diario Oficial.
Esta falta de publicidad y transparencia del MMA vulneró flagrantemente el principio participativo, pues mi representada no contó con toda la información para poder participar de forma completa y efectiva en este procedimiento administrativo donde se dicta un acto administrativo gravoso respecto de los lotes de nuestra propiedad", agrega el escrito.
VISITAS A TERRENO En ese contexto, expone que "las visitas en terreno fueron especialmente relevantes en la definición del polígono final, lo que reafirma la necesidad de haber notificado a mi representada para que pudiera participar en tales instancias.
Por el contrario, los informes en terreno de fecha 27 de julio y 26 de octubre de 2023 dan cuenta que el MMA invitó únicamente a la municipalidad solicitante, alterando manifiestamente elequilibrio e igualdad de condiciones en que se deben encontrar los distintos interesados en un procedimiento administrativo". "Además de esto, en las otras dos visitas a terreno, realizadas con fecha 26 de octubre de 2023 y 14 de mayo de 2024, se visitaron sectores aledaños a los lotes demirepresentada, por lo cualla invitación a estas inspecciones también debió haber sido realizada considerando la cercanía con los terrenos de su propiedad", advierte también la reclamación.
Frente a ello, hace presente que "el MMA, como autoridad a cargo del proceso de declaratoria, infringió abiertamente el artículo 36 de la Ley Nº 19.880, que dispone la obligación de comunicar a los interesados, con suficiente antelación, el inicio de las actuaciones probatorias del procedimiento administrativo". Por otro lado, también alega vicios metodológicos en la declaratoria, así como aspectos técnicos que no sustentan declarar a esa parte del terreno como humedal, entre ellos el hecho de que "el tipo de suelo maicillo constatado por el MMA es especialmente relevante en este caso, pues las características de este suelo dificultan y afectan negativamente la formación de un humedal, ya que posee un drenaje excesivo, permitiendo que el agua se infiltre rápidamente hacia las capas profundas, en lugar de acumularse en la superficie". Este Diario consultó al MMA y a la Municipalidad de Viña del Mar por sus respectivas versiones, pero no entregaron declaraciones. 03 26 de noviembre de 2025 fue publicada en el Diario Oficial la declaratoria del Humedal Urbano Kan Kan. "El polígono original propuesto por la Municipalidad de Viña del Mar fue modificado sustancialmente por el Ministerio del Medio Ambiente sin abrir una instancia de participación". Reclamación de la inmobiliaria Autor: Cristián Rojas M. cristian.rojas@mercuriovalpo.cl. JUDICIAL.
Presentó reclamación ante el 2° Tribunal Ambiental argumentando vicios en el proceso, dado que el Ministerio del Medio Ambiente no le informó sobre la modificación del polígono. 26 de noviembre de 2025 fue publicada en el Diario Oficial la declaratoria del Humedal Urbano Kan Kan. "El polígono original propuesto por la Municipalidad de Viña del Mar fue modificado sustancialmente por el Ministerio del Medio Ambiente sin abrir una instancia de participación". Reclamación de la inmobiliaria EL HUMEDAL URBANO KAN KAN SE UBICA EN EL SECTOR DE VIÑA DEL MAR ALTO CERCANO A NUEVA AURORA.