Decreto número 24, de 2024.- Determina características del mensaje que promueve hábitos de vida saludable contenido en la publicidad de los alimentos que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.970 Jueves 10 de Octubre de 2024 Página 1 de 8 Normas Generales CVE 2554134 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública DETERMINA CARACTERÍSTICAS DEL MENSAJEQUE PROMUEVE HÁBITOS DE VIDA SALUDABLE CONTENIDO EN LA PUBLICIDAD DE LOS ALIMENTOS QUE INDICA Núm. 24. - Santiago, 14 de junio de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en la ley N 20.606 ,sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad: en los artículos 4 y 7 del DFLN 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N 2.763/79 y de las leyes N 18.933 y N 18.469 : en el DFL N 725, de 1967, Código Sanitario;en el decreto supremo N 977, de 1996, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos;la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1.
Que, es función del Ministerio de Saluddictar normas generales sobre materias técnicas a las que deberán ceñirse los organismos y entidades del Sistema Nacional de Salud en la ejecución de las políticas, planes y programas que les asigna la ley, relacionadas con la prevención, promoción, fomento, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación. 2.
Que, en las disposiciones contenidas en la ley N 20.606, de 2012, sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad, se establece que toda publicidad de alimentos efectuada por medios de comunicación masivos deberá llevar un Mensaje, cuyas características determinará el Ministerio de Salud, que promueva hábitos de vida saludables. 3.
Que, el artículo 110 bis del Reglamento Sanitario de los Alimentos, decreto supremo N 977, de 1996, del Ministerio de Salud, dispone que la publicidad de cualquier alimento o producto alimenticio que, en su composición nutricional, contenga energía, sodio, azúcares o grasa saturada en cantidades superiores a las establecidas en la Tabla N 1 del artículo 120 bis del mismo Reglamento, que se efectúe por medios de comunicación masivos, deberá llevar un Mensaje que promueva hábitos de vida saludable, cuyas características serán determinadas por decreto supremo del Ministerio de Salud dictado "Por orden del Presidente de la República". 4. Que, se ha constatado la necesidad de realizar mejoras al Mensaje establecido en el decreto N 1, de 3 de enero de 2017, del Ministerio de Salud, para una mejor comprensión del público.
Para tal efecto, se han considerado diversos antecedentes que permitirán mejorar el Mensaje que promueve hábitos de vida saludables vigente actualmente. 5 Que, el Ministerio de Salud, difunde contenidos sobre alimentación saludable en sus diversas políticas públicas vinculadas a la promoción de esta, a través de los Mensajes de las Guías Alimentarias, las que fueron actualizadas mediante la resolución exenta N 1.810, de 26 de diciembre de 2022, que aprueba la Norma General Técnica N 230, sobre las Guías Alimentarias para Chile. 6. Que, las Guías Alimentarias son un componente clave en las políticas sobre esta materia, ofreciendo un lineamiento científico, claro y sencillosobre cómo se debe alimentar la población. 7. Que, en razón de lo anterior, se hace necesario establecer las nuevas características del Mensaje que promueve hábitos de vida saludable. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2554134 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.970 Jueves 10 de Octubre de 2024 Página 2 de 8 Teniendo presente: Las facultades que me confieren los artículos 32 N 6 y N 35 de la Constitución Política de la República, dicto el siguiente: Decreto: Artículo 1. - Establécense las disposiciones de aplicación y normas gráficas del Mensaje que promueve hábitos de vida saludable, en adelante el "Mensaje", en la forma que a continuación se indica: 1) El Mensaje que deberá incluir la publicidad efectuada en medios de comunicación masivos de los alimentos o productos alimenticios, de acuerdo a lo indicado en el artículo 110 bis del decreto supremo N 977, de 1996, del Ministerio de Salud, deberá cumplir con las características determinadas en las siguientes disposiciones de este decreto. 2) Se entenderá por medios de comunicación masivos o social "aquellos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagartextos, sonidos o imágenes destinados al público, cualquiera sea el soporte o instrumento utilizado". Para efectos del alcance de este decreto, se considerará a los siguientes medios de comunicación masiva: televisión, radio, prensa, aquellos medios dispuestos en la vía pública e internet. 3) Se entenderá por publicidad a toda forma de promoción, comunicación, recomendación, propaganda, información o acción destinada a promover el consumo de un determinado producto. 4) El Mensaje estará compuesto por los siguientes elementos: un texto, el complemento de gobierno, la frase "Ministerio de Salud", una franja negra y, cuando corresponda, el símbolo "ALTO EN". 5) La ubicación del Mensaje y sus dimensiones deberán ser las indicadas en los diagramas señalados en este decreto, según corresponda para cada medio de comunicación. 6) La base para la construcción proporcional de todos los elementos que componen el Mensaje y su disposición gráfica estará constituida según la unidad de medida "a", utilizada en cada uno de los diagramas contenidos en este decreto.
La construcción del símbolo "ALTO EN", el complemento de gobierno y la tipografía deberán respetar la proporcionalidad construida a partir de la medida "a" tal como se indica en el diagrama 1.7) El texto del Mensaje irá dentro de una franja negra.
En los casos en que el Mensaje deba incorporar el símbolo "ALTO EN", la altura mínima de la franja será la que permita el tamaño mínimo de este símbolo, es decir, una altura mínima de 4,1 cm, y, en todo caso, cumpliendo las menciones indicadas en el diagrama 2, letra (A). En los casos en que, por las dimensiones del anuncio, no sea posible incorporar el símbolo "ALTO EN", sólo se utilizará el texto del Mensaje y el complemento de gobierno, tal como se indica en el diagrama 2, letra (B). 8) Las dimensiones mínimas del símbolo "ALTO EN" deberán ser de 3,5 cm de ancho y 3,5 cm de alto. El símbolo "ALTO EN" será una figura octagonal de fondo color negro y doble borde blanco, y en su interior el texto "ALTO EN" en letras mayúsculas y de color blanco.
Además, en el mismo símbolodeberá inscribirse la frase "Ministerio de Salud", tal como se indica en el diagrama 3.9) El complemento de gobierno es el isologo del gobierno, cuya función es ser una referencia que remarque el carácter gubernamental de la pieza gráfica en que se aplica, el que siempre irá dispuesto en el inferior de la franja negra del anuncio, y estará constituido por franjas en colores azul y rojo, excepto en el caso de anuncios impresos en blanco y negro, en el cual irá en versión pluma negativo (blanco) tal como indica el diagrama 4.
El complemento de gobierno irá acompañado de la firma "Ministerio de Salud" en tipografía gobCL, específicamente en su versión Bold, según indica el diagrama 5.10) El texto del Mensaje deberá ser el siguiente: "ALIMENTO CON SELLO'ALTO EN', EVITA SU CONSUMO". Este texto se presentará dentro de una franja negra y la tipografía deberá ser Arial, específicamente en su variante Bold, tal como indica el diagrama 5. El color de las letras deberá ser blanco.
El uso mínimo de tamaño de la tipografía será de 7 puntos (pt). El texto del Mensaje se encontrará dispuesto en una o más líneas según el ancho del anuncio, centrado tanto vertical como horizontalmente en relación con la franja negra, tal como se describe en cada uno de los diagramas de este decreto. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2554134 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.970 Jueves 10 de Octubre de 2024 Página 3 de 8 11) La ubicación del Mensaje, sus dimensiones y tiempos de presentacióndeberán ser los indicados en los diagramas de este decreto, según corresponda para cada medio de comunicación: a) En el caso de la radio u otro formato de publicidad auditiva, el Mensaje utilizará 4 segundos del aviso y corresponderá a la frase: "ALIMENTO CON SELLO 'ALTO EN', EVITA SU CONSUMO" seguida por "Ministerio de Salud, Gobierno de Chile". Esta frase deberá ser reproducida finalizando el spot publicitario, tal como se indica en el diagrama 6. b) En los anuncios verticales en prensa, en que sus proporciones permitan utilizar el símbolo "ALTO EN", es decir, en que el alto (h)sea igual o mayor que el ancho (w) del anuncio, la altura del Mensaje, denominada con la letra "x"deberá ser un 12% de la altura total (h) del anuncio.
A la izquierda del texto del Mensaje, visto desde el observador, se ubicará el símbolo "ALTO EN". Todo este conjunto, es decir, el texto del Mensaje, el símbolo "ALTO EN" y el complemento de gobierno, deberá ir centrado respecto a la franja negra, tal como indica el diagrama 7.
Cuando este tipo de anuncio tenga dimensiones menores a 4 cm de alto y 4,5 cm de ancho, podrá no incluir el Mensaje. c) Los anuncios verticales en prensa podrán no incluir el símbolo "ALTO EN" cuando sus dimensiones no lo permitan.
En este caso, el texto del Mensaje y el complementodeberán estar centrados en relación con la franja negra, y su alto (x)será de un 12% del alto total del anuncio (h), tal como indica el diagrama 8. d) En los anuncios horizontales en prensa, en que sus proporciones permitan utilizar el símbolo "ALTO EN", es decir, en que el alto (h) sea menor que el ancho (w) del anuncio, el Mensaje irá ubicado en la parte inferior del anuncio. La altura del Mensaje, denominada con la letra "x" utilizará el 12% del alto (h) del mismo.
A la izquierda del texto del Mensaje, visto desde el observador, se ubicará el símbolo "ALTO EN". Todo este conjunto, es decir, el texto del Mensaje, el símbolo "ALTO EN"y el complemento de gobierno, deberá ir centrado en relación a la franja, tal como indica el diagrama 9. e) Los anuncios horizontales en prensa podrán no incluir el símbolo "ALTO EN" cuando sus dimensiones no lo permitan.
En este caso, el Mensaje irá ubicado a la derecha del anuncio publicitario, visto desde el observador, y su ancho (x)será de un 12% del ancho total del anuncio (w). El texto del Mensaje y el complemento deberán ir centrados en relación a la franja negra, tal como señala el diagrama 10. f) Para el caso de los anuncios publicitarios audiovisuales en medios como la televisión, pantallas o monitores en medios de transporte con un sistema de avisaje, cine, monitores en vía pública y otros semejantes, será obligatoria la aplicación del Mensaje en los spots (tanto en tandas comerciales como dentro de los programas), cápsulas, mención comercial, cortina, y otros similares, y deberá estar siempre presente durante toda la exhibición de dicha publicidad. Para asegurar la legibilidad del Mensaje, se considera un margen de seguridad de 5% para la disposición del Mensaje.
El margen de seguridad es el área mínima de la composición del Mensaje, ubicada en sus extremos u orillas, que debe permanecer libre de información y elementos de diseño, con el objetivo de resaltar la información central y que ésta sea visible en cualquier dispositivo o soporte en el cual se presente. g) En los anuncios publicitarios verticales que se presenten en los medios audiovisuales descritos en el párrafo anterior, en que el alto (h), sea igual o mayor que el ancho (w) del anuncio, la altura del Mensaje, denominada con la letra "x" deberá ser un 12% de la altura total del anuncio.
Cuando la extensión del texto del Mensaje, dado el tamaño mínimo y proporcional de sus letras, sobrepase el ancho de la franja negra, éste deberá disponerse en dos o más líneas, con el fin de que el texto se ajuste a las dimensiones de la franja correspondiente.
A la izquierda del texto del Mensaje, visto desde el observador, se ubicará el símbolo "ALTO EN". Todo este conjunto, es decir, el texto del Mensaje, el símbolo "ALTO EN" y el complemento de gobiernodeberá ir centrado respecto a la franja negra, tal como indica el diagrama 11.
El Mensaje deberá estar presente durante todo el tiempo de exposición del aviso en la pantalla. h) En los anuncios publicitarios horizontales que se presenten en los medios audiovisuales, en que el alto (h) sea menor que el ancho (w) del anuncio, la altura del Mensaje, denominada con la letra "x" deberá ser un 12% de la altura total (h) del anuncio.
El símbolo "ALTO EN" se ubicará a la izquierda del Mensaje, visto desde el observador, y todo este conjunto, es decir, el texto del Mensaje, el símbolo "ALTO EN" y el complemento de gobierno, deberá ir centrado en Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2554134 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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El Mensaje deberá estar presente durante todo el tiempo de exposición del aviso en la pantalla. i) En los anuncios verticales en la vía pública, es decir, en que el alto (h)sea igual o mayor que el ancho (w) del anuncio, la altura del Mensaje, denominada con la letra "x" deberá ser un 12% de la altura total (h) del anuncio.
Cuando la extensión del texto del Mensaje, dado el tamaño mínimo y proporcional de sus letras, sobrepase el ancho de la franja negra, éste deberá disponerse en dos o más líneas, con el fin de que el texto se ajuste a las dimensiones de la franja correspondiente.
A la izquierda del texto del Mensaje, visto desde el observador, se ubicará el símbolo "ALTO EN". El texto del Mensaje y el símbolo "ALTO EN" deberán ir centrados respecto a la franja negra y el complemento de gobierno deberá ir alineado a la derecha del Mensaje, tal como indica el diagrama 13. j) En los anuncios horizontales en la vía pública, es decir, en que el alto (h) sea menor que el ancho (w) del anuncio, el Mensaje irá ubicado a la derecha del anuncio publicitario, visto desde el observador, y su ancho (x)será de un 12% del ancho (w) total del anuncio. El texto del Mensaje irá dispuesto en la parte superior de la franja negra, en la parte central de la franja irá el símbolo "ALTO EN", y en la parte inferior el complemento de gobierno.
Todo este conjunto, es decir, el texto del Mensaje, el símbolo "ALTO EN" y el complemento de gobierno, deberá ir centrado en relación a la franja negra, tal como señala el diagrama 14. k) Los anuncios realizados en los diversos sitios web, incluido YouTube, ya sean pagados o no pagados, deberán respetar los parámetros estipulados para anuncios de prensa, televisión u otro que más se ajuste al formato del anuncio, tanto en su orientación horizontal o vertical, como en sus proporciones, medidas y presencia del símbolo "ALTO EN" y el complemento del gobierno, según corresponda.
En este tipo de anuncios, el Mensajedeberá estar siempre presente durante toda la exhibición de la publicidad, tal como señala el diagrama 15. l) En el caso de los anuncios pagados y no pagados de redes sociales, la aplicación del Mensaje deberá ser dentro de los márgenes autorizados por la plataforma. Se utilizará un quinto de la malla estipulada para uso de texto y el Mensaje se dispondrá en la parte superior derecha, visto desde el observador. El texto Mensaje irá dispuesto en tres líneas, centrado tanto vertical como horizontalmente en relación a la franja negra. Bajo el texto Mensaje se dispondrá el complemento de gobierno, tal como indica el diagrama 16. Artículo 2. - La infracción de cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente decreto será sancionada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva en conformidad al Libro X del Código Sanitario. Artículo 3. - El presente decreto entrará en vigencia 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial. Se exceptúa de la aplicación de este decreto toda publicidad impresaque haya sido publicada antes de la entrada en vigencia de este decreto.
Artículo 4. - Déjese sin efecto el decreto N 1, de 3 de enero de 2017, del Ministerio de Salud, que "Determina características del Mensaje que promueve hábitos de vida saludable contenido en la publicidad de los alimentos que indica", a partir de la entrada en vigencia del presente decreto. Diagrama 1:Construcción del símbolo "ALTO EN" y el complemento de gobierno Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2554134 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Transcribo para su conocimiento decreto afecto N 24,14 de junio de 2024. - Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública. -Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2554134 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl