Decreto exento número 1, de 2024.- Excluye de la obligación de uso de disco fiscal en los vehículos que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.924 Martes 13 de Agosto de 2024 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2530161 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS EXCLUYE DE LA OBLIGACIÓN DE USO DE DISCO FISCAL EN LOS VEHÍCULOS QUE INDICA Num. 1exento. - Santiago, 17 de enero de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley N 799, de 1974 que deroga ley N 17.054 y dicta en su reemplazo disposiciones que regulan uso y circulación de vehículos estatales, del Ministerio del Interior; el decreto fuerza de ley N 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 15.840, de 1964, y del DFL N 206, de 1960, del Ministerio de Obras Públicas; el decreto supremo N 189, de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto N 134, de 2023 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y la Subsecretaría del Interior; el decreto supremo N 19, de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la circular N 35.593, de 1995 de Contraloría General de la República; el oficio circular N 26, de 2003 del Ministerio de Hacienda; las resoluciones N 7 de 2019 y N 14 de 2023, ambas de la Contraloría General de la República; Of. Ord. N A0779 de 2001 del Ministerio del Interior; y las necesidades del Servicio. Considerando: 1.
Que, son de público conocimiento las situaciones de inseguridad que se viven en la Región de La Araucanía durante los últimos años, observándose un preocupante aumento y concentración de hechos de violencia ocurridos especialmente en la Región de la Araucanía y las provincias de Arauco y Biobío, provocando que se declare la zona bajo Estado de Excepción Constitucional de Emergencia a través de decreto supremo N 189, de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. 2.
Que, dichas problemáticas se han agudizado durante el año 2023, manteniéndose a la fecha el Estado de Excepción en la macrozona sur, siendo prorrogado por última vez mediante el decreto N 354, de 2023 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y la Subsecretaría del Interior, con fecha 29 de noviembre de 2023.3.
Que, en relación al punto anterior, parte de los ataques ocurridos en el sector rural han sido dirigidos a vehículos institucionales del Ministerio de Obras Públicas, en este caso de la Dirección de Obras Hidráulicas, lo que conlleva una pérdida material importante y aumenta la creciente inquietud en el equipo de funcionarlos de la IX Región que debe realizar trabajos en terreno. 4.
Que, el decreto ley N 799, de 1974 que deroga la ley N 17.054 y Dicta en su Reemplazo Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales, en su artículo 3 establece la obligación de llevar un disco distintivo para todo vehículo de las entidades u organismos públicos, conforme a las condiciones que en esa indica. 5.
Que, en el mismo artículo del cuerpo legal mencionado, en su inciso final, señala que no regirá la exigencia establecida respecto de aquellos vehículos expresamente exceptuados mediante decreto supremo fundado del Ministerio que corresponda a la entidad u organismo al cual estén asignados dichos vehículos, el que deberá ser firmado, además, por el Ministro del Interior. 6.
Que, en Circular N 35.593 de la Contraloría General de la República, que Imparte Instrucciones sobre Uso y Circulación de Vehículos Estatales, en su punto III denominado del Distintivo de los Vehículos, letra B) sobre excepciones, numeral 2, indica que de conformidad Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2530161 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.924 Martes 13 de Agosto de 2024 Página 2 de 3 con lo prevenido en el inciso cuarto del artículo 3 del DL N 799, de 1974 -sustituido por el decreto con fuerza de ley N 12.2345, de 1979 de Interior-, y en el artículo 4 letra g), de la ley N 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el decreto con fuerza de ley N 291, de 1993 de Interiorno rige la exigencia en cuestión respecto de los vehículos expresamente exceptuados por la autoridad. 7. Que, en Of. Ord.
N A0779, de 2001, del Ministerio del Interior, que Imparte Instrucciones sobre autorización de circulación en días y horas inhábiles y sobre exención de uso del disco distintivo fiscal, señala en su punto N 9, letra f), que el Ministerio del Interior, teniendo presentes los antecedentes y circunstancias en que se funden las solicitudes correspondientes, calificará la necesidad de eximir del uso del disco distintivo fiscal. 8.
Que, en conformidad a lo indicado en el numeral 5 del oficio circular N 26, de 2003, del Ministerio de Hacienda, por motivos de seguridad de los vehículos y de sus ocupantes y especialmente por las labores de fiscalización que deben realizar funcionarios de la Dirección Regional, se hace del todo prudente y necesario, eximir del uso de identificación con el disco fiscal de dichos vehículos, ya que el anonimato puede ayudar al resguardo de la autoridad y de los funcionarios en zonas de conflicto de las obras y asimismocontribuir en el resultado positivo de una fiscalización. 9.
Que, el decreto supremo N 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delega en los Ministros de Estado la facultad de suscribir, bajo la fórmula "Por Orden del Presidente de la República", los decretos supremos relativos a las materias que en él se indican. 10.
Que, en el artículo 1, Punto I, sobre delegaciones de carácter general, numeral 7, del decreto supremo N 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se establece como materia de delegación la relativa a la exención del uso del disco distintivo y autorización para la circulación en días sábado, domingo y festivos de vehículos sujetos a las disposiciones del DL N 799, de 1974. Decreto: 1.
Autorízase, la circulación, sin la obligación de llevar el disco estatal distintivo, a los vehículos Estatales de la Dirección de Obras Hidráulicas de la Región de la Araucanía, que a continuación se individualizan: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2530161 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Comuníquese, la presente resolución a la Sección Servicios Generales de la Dirección de Obras Hidráulicas, al Sub-Departamento de Gestión Contable de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, Dirección Regional de Obras Hidráulicas de la Región de la Araucanía y demás oficinas que corresponda. Anótese, comuníquese y publíquese, por orden del Presidente de la República, Jessica López Saffie, Ministra de Obras Públicas. - Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda atte. a Ud., José Andrés Herrera Chavarría, Subsecretario de Obras Públicas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2530161 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl