Justicia civil indagará fatídica marcha militar
Justicia civil indagará fatídica marcha militar Justicia civil indagará fatídica marcha militar La Corte Suprema determinó que el Juzgado de Garantía de Arica debe seguir realizando la investigación por la muerte del conscripto Franco Vargas en medio de una marcha por el altiplano de Putre, en la que otros reclutas terminaron con graves secuelas, como partes de sus cuerpos amputadas. la Segunda Sala del máximo tribunal descartó la competencia de la justicia militar, argumentando que "no resulta posible entonces sólo acudir a las normas técnicas de rango legal que regulan la jurisdicción militar, pues este cuerpo normativo, por la época en que fue dictado (año 1944) y la especificidad de la materia que regula, invierte el razonamiento, asumiendo que la jurisdicción militar es la regla general y la jurisdicción ordinaria la excepción" Aello agregó: "El hecho de que los delitos investigados se hayan cometido, no en actos del servicio militar sino que, "con ocasión' de ellos, como lo refiere el artículo 5 numeral 3? del Código de Justicia Militar, no puede estimarse un argumento constitucionalmente suficiente que justifique, por sí mismo, la necesidad ineTudible de sacrificar las garantías jurisdiccionales que configuran un Estado de Derecho en beneficio de pretensiones de eficiencia técnica que evidentemente no resultan aplicables en la especie". O Sin Asignar.