Resolución exenta número 104, de 2025.- Establece montos a pagar para el financiamiento del Estudio de Valorización de las Instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional, por parte de las empresas coordinadas que operan instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.097 Miércoles 12 de Marzo de 2025 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2620156 MINISTERIO DE ENERGÍA Comisión Nacional de Energía ESTABLECE MONTOS A PAGAR PARA EL FINANCIAMIENTO DEL ESTUDIO DE VALORIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL, POR PARTE DE LAS EMPRESAS COORDINADAS QUE OPERAN INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL (Resolución) Núm. 104 exenta. - Santiago, 7 de marzo de 2025.
Vistos: a) Las facultades establecidas en la letra h) del artículo 9º del DL Nº 2.224 de 1978, y sus modificaciones, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía, en adelante, la "Comisión"; b) Lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica y sus modificaciones, en adelante e indistintamente la "Ley" o la "Ley General de Servicios Eléctricos"; c) Lo señalado en el decreto supremo Nº 10 de 1 de febrero de 2019, del Ministerio de Energía, que Aprueba Reglamento de Calificación, Valorización, Tarificación y Remuneración de las Instalaciones de Transmisión, en adelante "Reglamento"; d) Lo establecido en la resolución exenta Nº 460 de 30 de agosto de 2024, de la Comisión, que Aprueba Informe Técnico Definitivo de Calificación de Instalaciones de los Sistemas de Transmisión para el período 2024-2027, en adelante "Resolución Exenta Nº 460/2024"; e) Lo señalado en la resolución exenta Nº 463 de 30 de agosto 2024, de la Comisión, que Aprueba las Bases Técnicas y Administrativas Definitivas para la realización de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión para el período 2024-2027, en adelante "Resolución Exenta Nº 463/2024"; f) Lo señalado en la resolución exenta Nº 547 de 10 de octubre 2024, de la Comisión, que Establece proporción en que las empresas del Sistema de Transmisión Nacional y de los Sistemas de Transmisión Zonal deben concurrir al financiamiento de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, en adelante "Resolución Exenta Nº 547/2024"; g) Lo informado por el Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante "Coordinador", mediante el correo electrónico de 29 de noviembre de 2024; h) Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 657 del 10 de diciembre de 2024, de la Comisión, que Modifica la resolución exenta Nº 547 de 10 de octubre de 2024, de la Comisión Nacional de Energía, que establece proporción en que las empresas del Sistema de Transmisión Nacional y de los Sistemas de Transmisión Zonal deben concurrir al financiamiento de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión", en adelante, "Resolución Exenta Nº 657/2024"; i) Lo señalado en la resolución exenta Nº 71 de 12 de febrero de 2025, que Aprueba Acta de Evaluación de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica para la Licitación del "Estudio de valorización de las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional", emitida por el Comité de Adjudicación y Supervisión de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, en adelante, "Resolución Exenta Nº 71/2025"; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620156 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.097 Miércoles 12 de Marzo de 2025 Página 2 de 4 j) Lo establecido en el decreto supremo Nº 12A de 21 de noviembre de 2022, del Ministerio de Energía, que nombra a don Marco Antonio Mancilla Ayancán en el cargo de Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía; y, k) Lo señalado en la resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1) Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 105º y siguientes de la ley, esta Comisión dio inicio al proceso cuadrienal de valorización de los sistemas de transmisión para el período 2024-2027, emitiendo las correspondientes Bases Técnicas y Administrativas Definitivas para la realización de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, las que fueron aprobadas mediante resolución exenta Nº 463/2024; 2) Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109º de la ley, las empresas de transmisión nacional, zonal y de los sistemas para polo de desarrollo deberán concurrir al pago del o los estudios de valorización de instalaciones, conforme a lo dispuesto en el reglamento.
Además, se indica que el valor resultante del proceso de adjudicación del estudio o los estudios será incorporado en el proceso de valorización respectivo como parte del C.O.M.A. (Costos Anuales de Operación, Mantenimiento y Administración); 3) Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 110º del Reglamento, las empresas de los Sistemas de Transmisión Nacional, Zonales y para Polos de Desarrollo, deberán concurrir al pago del o los Estudios de Valorización de instalaciones, en la proporción que le corresponda a cada una en función de la suma de los V.A.T.T. de las instalaciones a ser valorizadas en cada estudio, actualizados al tercer mes anterior a la publicación de las bases preliminares de los estudios.
Agrega dicho artículo que las instalaciones que no tengan un V.A.T.T. fijado no se considerarán para efectos del pago del o los Estudios de Valorización; 4) Que, por su parte, el inciso segundo del artículo 110º del Reglamento, indica que las proporciones serán determinadas e informadas a la Comisión por el Coordinador, dentro de un plazo de quince días, contado a partir de la resolución de calificación vigente a la fecha de comunicación de las bases definitivas de los estudios.
Dentro de los quince días siguientes, la Comisión deberá establecer las proporciones mediante el acto administrativo correspondiente, el que deberá comunicarse a las empresas y publicarse en el sitio web de la Comisión, dentro del plazo de cinco días contado desde su emisión; 5) Que, la resolución de calificación vigente referida en el inciso segundo del artículo 110º del Reglamento, corresponde a la resolución exenta Nº 460/2024, emitida el 30 de agosto de 2024; 6) Que, en vista de lo anterior, la Comisión, mediante la resolución exenta Nº 547/2024, estableció la proporción en que las empresas del Sistema de Transmisión Nacional y de los Sistemas de Transmisión Zonal deben concurrir al financiamiento del o los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, modificada mediante la resolución Nº 657/2024; 7) Que, se hace presente que, la referida resolución exenta Nº 547/2024 fue modificada mediante la resolución Nº 657/2024, toda vez que el Coordinador informó a esta Comisión, mediante correo electrónico de 29 de noviembre de 2024, una actualización de la información respecto a las proporciones de pago, luego de haber realizado un nuevo análisis de estas; 8) Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 111º del Reglamento, corresponde que la Comisión proceda a fijar el monto definitivo a pagar por las empresas según los porcentajes establecidos en la resolución exenta Nº 657/2024, en relación con el valor resultante del proceso de adjudicación del Estudio de valorización de las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional; 9) Que, según consta en el acta aprobada mediante la resolución exenta Nº 71/2025, la realización del Estudio de valorización de las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional fue adjudicada al Consorcio conformado por Getrand SpA y COTA Consultoría Limitada, por un valor de $480.000.000 (cuatrocientos ochenta millones de pesos chilenos); y 10) Que, en conformidad a lo señalado en los considerandos precedentes, corresponde que esta Comisión dicte el presente acto administrativo, con el monto exacto a pagar para el financiamiento del Estudio de valorización de las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional, por parte de las empresas que operan instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620156 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.097 Miércoles 12 de Marzo de 2025 Página 3 de 4 Resuelvo: Artículo primero: Establézcanse los siguientes montos a pagar para el financiamiento del Estudio de Valorización de las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional, por parte de las empresas que se indican en la tabla siguiente: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620156 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.097 Miércoles 12 de Marzo de 2025 Página 4 de 4 Artículo segundo: En conformidad a lo establecido en el artículo 112º del Reglamento, las empresas coordinadas indicadas en la tabla contenida en el artículo primero de la presente resolución exenta deberán depositar en la cuenta corriente bancaria "Comisión Nacional de Energía", Nº 9007539, Rut: 61.707.000-6, del Banco Estado, la suma a que asciende su obligación particular de contribución determinada en el artículo precedente, dentro del plazo de diez días hábiles desde la fecha de publicación de la presente resolución exenta, con documentos de pago al día a nombre de la Comisión Nacional de Energía. Asimismo, las empresas deberán enviar el correspondiente recibo o comprobante de pago a la Comisión a oficinadepartes@cne.cl dentro del plazo señalado.
Artículo tercero: Comuníquese la presente resolución exenta a las empresas indicadas en el artículo primero de la presente resolución y al Consorcio conformado por Getrand SpA y COTA Consultoría Limitada mediante correo electrónico, y publíquese en el Diario Oficial dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de la dictación del presente acto administrativo. Artículo cuarto: Publíquese la presente resolución exenta en el sitio web de la Comisión Nacional de Energía, dentro de los cincos días contados desde su emisión. Anótese y archívese. - Marco Antonio Mancilla Ayancán, Secretario Ejecutivo Comisión Nacional de Energía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2620156 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl