Decreto exento número 34, de 2025.- Modifica decreto Nº 61 exento, de 2024, que determina especialidades de la medicina con derecho a asignación mensual de estímulo por competencias profesionales en atención primaria de salud en el año 2025
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 1 de 9 Normas Generales CVE 2746772 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Redes Asistenciales MODIFICA DECRETO Nº 61 EXENTO, DE 2024, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA ESPECIALIDADES DE LA MEDICINA CON DERECHO A ASIGNACIÓN MENSUAL DE ESTÍMULO POR COMPETENCIAS PROFESIONALES EN ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD EN EL AÑO 2025 Núm. 34 exento. - Santiago, 24 de septiembre de 2025.
Vistos: Lo solicitado mediante memorándum C73 N 87, de 2 de julio de 2025, de la Jefa de División de Presupuesto; memorándum C52 N 174, de 30 de junio de 2025, de la Jefa de División de Atención Primaria; lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley N 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N 2.763, de 1979, y de las leyes N 18.933 y N 18.469 ; en la ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en la ley N 20.836, que perfecciona la normativa sobre profesionales y trabajadores del sector público de salud; en el decreto supremo N 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento general de la ley N 19.378 ; en el decreto supremo N 1.889, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de la carrera funcionaria del personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el decreto supremo N 149, de 2015, del Ministerio de Salud, que reglamenta la asignación mensual de estímulo por competencias profesionales del artículo 8 de la ley N 20.816 ; las resoluciones N 30, de 2015, y N36, de 2024, ambas de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1.
Que, el artículo 8º de la ley N 20.816, concede a los médicos cirujanos que se desempeñan en establecimientos municipales de atención primaria de salud, regidos por la ley N 19.378, una asignación mensual de estímulo por competencias profesionales, cuyo monto será equivalente al 100% de la suma del sueldo base más la asignación de atención primaria de salud, correspondiente al nivel y categoría que ocupa en su establecimiento, en una carrera referencial lineal diseñada a partir del sueldo base mínimo nacional, en relación con una jornada de cuarenta y cuatro horas semanales, donde la asignación de aquellos profesionales que desempeñan jornadas de once, veintidós y treinta y tres horas semanales, será equivalente al 25%, 50% y 75% de la correspondiente a una jornada de cuarenta y cuatro horas semanales, respectivamente. 2.
Que, el inciso tercero del citado texto legal añade, que a más tardar el 31 de diciembre de cada año, el Ministerio de Salud, mediante decreto expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, debe determinar las especialidades que tendrán derecho a la asignación mensual de estímulo por competencias profesionales para el siguiente ejercicio, las entidades administradoras de salud municipal que contarán con los recursos necesarios para pagarla y el monto de los recursos asignados a cada una de ellas, comenzando a regir el decreto en comento el 1 de enero del año siguiente al de su dictación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, atendido lo anterior, mediante decreto exento N 61, de 31 de diciembre de 2024, se determinaronlas especialidades de la medicina con derecho a asignación mensual de estímulo por competencias profesionales en atención primaria de salud en el año 2025.4.
Que, el presupuesto disponible para el pago de la asignación de estímulo por competencias profesionales para médicos cirujanos regidos por la ley N 19.378, durante el año 2025, asciende a la suma de $18.886.792.526. - (dieciocho mil ochocientos ochenta y seis millones setecientos noventa y dos mil quinientos veintiséis pesos). 5.
Que, el artículo 1º de la ley 21.724 establece que a contar del 1 de junio de 2025 se otorgará un reajuste de un 0,64%, a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero imponibles para salud y pensiones, o no imponible de las y los trabajadores del Sector Público. 6.
Que, mediante memorándum C52 N174, de 30 de junio de 2025, la jefa de División de Atención Primaria del Ministerio de Salud, solicita modificar el referido decreto exento N 61 de 2024, debido a que los Servicios de Salud de Los Ríos, Osorno, Metropolitanos Oriente, Central y Occidente, han advertido diferencias en la información proporcionada para la definición de la asignación mensual de estímulo por competencias profesionales, lo que afecta la remuneración de aquellos profesionales de la salud que efectivamente cumplen con el requisito de la ley 20.816 y que actualmente no reciben la asignación.
Lo indicado significa aumentar recursos a las comunas de La Unión, Osorno, Lo Barnechea, Santiago y Pudahuel, que serán financiados con el presupuesto vigente de la Atención Primaria, de acuerdo a lo siguiente: DECRETO EXENTO Nº 61 ESPECIALIDAD DE MEDICINA FAMILIAR N de Horas Monto Anual Recursos Servicio de Salud Comuna Profesionales Profesionales Asignados $ Los Ríos La Unión 1 44 20.754.420 Osorno Osorno 23 924 610.004.016 Metropolitano Oriente Lo Barnechea 5 220 139.029.828 Metropolitano Central Santiago 9 352 216.328.362 MODIFICACIÓN ESPECIALIDAD DE MEDICINA FAMILIAR N de Horas Monto Anual Recursos Servicio de Salud Comuna Profesionales Profesionales Asignados $ Los Ríos La Unión 2 88 50.484.520 Osorno Osorno 25 1.012 664.457.987 Metropolitano Oriente Lo Barnechea 6 264 173.017.852 Metropolitano Central Santiago 10 396 238.055.157 DECRETO EXENTO Nº 61 ESPECIALIDAD DISTINTA A LA DE MEDICINA FAMILIAR Monto Anual Nde Horas Servicio de Salud Comuna Recursos Profesionales Profesionales Asignados $ Metropolitano Occidente Pudahuel 10 352 75.561.830 MODIFICACIÓN ESPECIALIDAD DISTINTA A LA DE MEDICINA FAMILIAR Monto Anual N de Horas Servicio de Salud Comuna Recursos Profesionales Profesionales Asignados $ Metropolitano Occidente Pudahuel 11 374 91.744.320 7.
Que, a través de la Ley de Presupuesto N21.722 de la partida 16, Capítulo 02, Programa 02, glosa 17, se ha determinado incluir el pago de la asignación para médicos especialistas de Atención Primaria adicionales a los de Medicina Familiar, a las especialidades de Medicina Interna, Obstetricia y Ginecología, Pediatría, Psiquiatría Adulto, Psiquiatría Pediátrica y de la Adolescencia y Salud Pública por un monto de $1.600.000.000, guarismo modificado a través del decreto Nº608, de fecha 27 de mayo de 2025, del Ministerio de Hacienda. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, el artículo 78 de la Ley de Reajuste del Sector Público N21.724, autoriza durante el año 2025, en forma excepcional, a las entidades administradoras de salud municipal, para pagar a partir del mes de julio del año 2025, la asignación de estímulo por competencias profesionales establecida en el artículo 8º de la ley Nº20.816 a los médicos cirujanos de especialidades distintas a las de medicina familiar. 9. Que, en mérito de lo expuesto, dicto el siguiente Decreto: Artículo 1. Modifíquese el decreto exento N61, de 31 de diciembre de 2024, del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo expuesto precedentemente, sustituyendo íntegramente los artículos 2,3 y 8, por el siguiente texto: Artículo 2.
Las entidades administradoras de salud municipal que se indican a continuación concederán dicha asignación a los médicos cirujanos que cuenten con la especialidad de Medicina Familiar, para lo cual contarán con los siguientes recursos en atención al número de profesionales y de horas semanales contratadas, conforme a continuación se indica: Nº de Horas Monto Anual Recursos Servicio de Salud Comuna Profesionales Profesionales Asignados $ Arica y Parinacota 3 132 75.124.012 Arica 3 132 75.124.012 Tarapacá 1 44 25.242.254 Iquique 1 44 25.242.254 Antofagasta 1 44 23.774.684 Antofagasta 1 44 23.774.684 Atacama 1 36 24.254.982 Copiapó 1 36 24.254.982 Coquimbo 16 671 389.815.570 Coquimbo 4 176 99.501.458 La Serena 10 418 238.802.293 Ovalle 2 77 51.511.818 Valparaíso San Antonio 16 704 429.104.680 Algarrobo 1 44 20.839.543 Casablanca 1 44 29.644.978 San Antonio 1 44 36.298.640 Valparaíso 13 572 342.321.520 Viña del Mar Quillota 48 1.947 1.235.422.793 La Calera 1 44 29.644.978 Con Con 3 132 72.791.633 Hijuelas 1 33 22.233.733 Olmué 1 33 18.931.691 Petorca 1 44 31.977.357 Quillota 2 77 41.972.589 Quilpué 5 220 141.724.698 Villa Alemana 2 88 54.887.232 Viña del Mar 32 1.276 821.258.882 Aconcagua 8 299 199.176.800 Los Andes 2 77 50.998.663 Rinconada 3 121 80.920.927 San Esteban 1 32 21.559.984 San Felipe 1 44 26.709.837 Santa María 1 25 18.987.389 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Los médicos cirujanos con especialidad distinta a la de Medicina Familiar y que a continuación se detallan, tendrán derecho a la asignación del artículo 8º de la Ley 20.816 a contar del 1 de julio del año 2025, en los términos establecidos en la ley 21.724, según lo siguiente: ESPECIALIDAD N PROFESIONALES MONTO Medicina Interna 42 349.283.216 Obstetricia y Ginecología 35 249.779.774 Pediatría 70 587.344.798 Psiquiatría Adulto 27 253.925.760 Psiquiatría Pediátrica y de la Adolescencia 5 41.742.095 Salud Pública 30 362.620.587 TOTAL 209 1.844.696.230 Monto Anual Nº de Horas Servicio de Salud Comuna Recursos Profesionales Profesionales Asignados $ Tarapacá 2 88 23.837.340 Iquique 2 88 23.837.340 Antofagasta 10 352 100.716.174 Antofagasta 9 308 89.533.224 Calama 1 44 11.182.950 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 7 de 9 Monto Anual Nº de Horas Servicio de Salud Comuna Recursos Profesionales Profesionales Asignados $ Atacama 1 44 8.975.790 Chañaral 1 44 8.975.790 Coquimbo 3 88 21.998.034 Illapel 1 44 9.711.504 La Serena 1 22 7.798.635 Ovalle 1 22 4.487.895 Valparaíso San Antonio 4 121 32.776.334 Algarrobo 1 11 2.611.808 Cartagena 1 44 15.597.270 Valparaíso 2 66 14.567.256 Viña del Mar Quillota 16 605 181.456.856 Con Con 1 44 16.752.936 Puchuncaví 1 44 8.975.790 Quilpué 1 44 15.597.270 Villa Alemana 1 22 5.591.475 Viña del Mar 11 440 130.640.067 Zapallar 1 11 3.899.318 O'Higgins 16 401 104.839.496 Machalí 4 115 27.000.286 Mostazal 3 88 23.837.340 Rancagua 1 22 6.327.195 Rengo 3 88 23.469.474 San Fernando 3 66 17.878.005 Santa Cruz 2 22 6.327.196 Maule 10 374 109.749.756 Cauquenes 1 44 13.390.116 Colbún 1 44 14.125.830 Constitución 1 44 8.240.070 Linares 1 22 5.223.615 Parral 2 88 21.630.180 San Javier 3 110 40.077.030 Teno 1 22 7.062.915 Ñuble 1 22 5.591.475 Chillán 1 22 5.591.475 Concepción 11 390 94.038.426 Concepción 2 66 16.038.702 Coronel 1 13 2.434.566 San Pedro de la Paz 8 311 75.565.158 Talcahuano 6 165 45.798.588 Hualpén 3 110 30.348.460 Penco 3 55 15.450.128 Biobío 1 22 7.062.915 Los Ángeles 1 22 7.062.915 Araucanía Sur 3 88 23.101.626 Lautaro 1 22 4.487.895 Temuco 1 22 5.223.615 Villarrica 1 44 13.390.116 Los Ríos 6 220 61.800.507 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 8 de 9 Monto Anual Nº de Horas Servicio de Salud Comuna Recursos Profesionales Profesionales Asignados $ Río Bueno 2 88 23.837.340 Valdivia 4 132 37.963.167 Reloncaví 4 132 37.900.060 Los Muermos 1 44 10.447.230 Puerto Montt 1 33 13.106.282 Puerto Varas 2 55 14.346.548 Magallanes 2 66 19.717.305 Punta Arenas 2 66 19.717.305 Metropolitano Oriente 20 644 157.524.400 Las Condes 5 151 35.167.431 Macul 4 154 39.876.036 Peñalolén 10 295 72.769.429 Providencia 1 44 9.711.504 Metropolitano Central 6 220 66.253.309 Maipú 4 176 51.759.618 Santiago 2 44 14.493.691 Metropolitano Sur 19 605 159.099.527 El Bosque 1 22 5.223.615 La Cisterna 1 22 5.959.335 Lo Espejo 3 88 28.987.383 Paine 2 66 16.774.425 Pedro Aguirre Cerda 1 44 9.711.504 San Bernardo 8 275 71.916.668 San Joaquín 3 88 20.526.597 Metropolitano Norte 14 429 111.976.635 Colina 4 121 30.017.388 Huechuraba 2 66 16.774.422 Independencia 2 44 10.447.230 Quilicura 4 154 43.186.785 Recoleta 1 22 5.223.615 Tiltil 1 22 6.327.195 Metropolitano Occidente 36 1.283 327.424.207 Cerro Navia 5 132 35.388.147 Isla de Maipo 2 77 17.546.927 Lo Prado 6 198 47.380.383 Melipilla 3 128 33.267.938 Padre Hurtado 2 88 30.878.766 Peñaflor 1 44 10447230 Pudahuel 11 374 91.744.320 Quinta Normal 1 22 4.855.752 Renca 4 176 41.788.914 Talagante 1 44 14.125.830 Metropolitano Sur Oriente 17 504 132.610.240 La Florida 5 130 41.233.780 La Granja 5 132 30.605.961 La Pintana 1 44 9.711.504 Puente Alto 4 132 34.284.570 San Ramón 2 66 16.774.425 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 9 de 9 Monto Anual Nº de Horas Servicio de Salud Comuna Recursos Profesionales Profesionales Asignados $ Chiloé 1 44 10.447.230 Ancud 1 44 10.447.230 Total 209 6.907 1.844.696.230 Artículo 8.
Déjese establecido que el monto total del presente decreto, asciende a la suma de $19.329.983.344. -, que se desglosa en $17.475.105.727, por el pago de la asignación de estímulo por competencias profesionales para médicos con especialidad en Medicina Familiar señalados en el artículo 2; $1.844.696.230, médicos con especialidad de Medicina Interna, Obstetricia y Ginecología, Pediatría, Psiquiatría Adulto, Psiquiatría Pediátrica y de la Adolescencia y Salud Pública señalados en el artículo 3º; y $10.181.387, correspondiente al pago dispuesto por dictamen de la Contraloría señalado en artículo 7º del decreto exento Nº61, de 31 de diciembre de 2024, del Ministerio de Salud. Artículo 2. En lo no modificado, mantiene plena vigencia lo establecido en el decreto exento Nº 61, del 31 de diciembre de2024, del Ministerio de Salud. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud. - Nicolás Grau Veloso, Ministro de Hacienda.
Transcribo para su conocimiento decreto exento N 34, de 24 de septiembre de 2025. - Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública. - Saluda atentamente a Ud., Marcelo Olivares Pacheco, Jefe de la División Jurídica (S), Ministerio de Salud. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl